PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
Al amparo de lo establecido en el artículo 201.4 del Reglamento de la Cámara, he admitido a trámite las enmiendas presentada por el G.P. del Partido Aragonés a la Proposición no de ley núm. 115/13, relativa a la aprobación del Plan de saneamiento y depuración de aguas residuales, presentada por el G.P. de Izquierda Unida de Aragón, publicada en el BOCA núm. 135, de 3 de abril de 2013, cuyos textos se insertan a continuación.
Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara.
Zaragoza, 3 de marzo de 2013.
El Presidente de las Cortes
JOSÉ ÁNGEL BIEL RIVERA
ENMIENDA NÚM. 1
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
Joaquín Peribáñez Peiró, Diputado del Grupo Parlamentario del Partido Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 115/13, relativa a la aprobación del Plan de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales.
ENMIENDA DE MODIFICACIÓN
En el punto n.º 1 del texto de la Proposición no de Ley sustituir la frase «Convocar a la Comisión del Agua de Aragón, en el plazo máximo de un mes desde la aprobación de la presente proposición, al objeto de presentar ante ella...» por el siguiente texto:
«Presentar ante la Comisión del Agua de Aragón, en su próxima convocatoria y en el menor plazo posible...».
En ese mismo punto, donde dice «Plan de Saneamiento y Depuración de Aragón», debe decir «Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración».
MOTIVACIÓN
Por considerarlo más conveniente.
Zaragoza, 3 de abril de 2013.
El Diputado
JOAQUÍN PERIBÁÑEZ PEIRÓ
V.º B.º
El Portavoz
ALFREDO BONÉ PUEYO
ENMIENDA NÚM. 2
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
Joaquín Peribáñez Peiró, Diputado del Grupo Parlamentario del Partido Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 115/13, relativa a la aprobación del Plan de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales.
ENMIENDA DE MODIFICACIÓN
En el punto 2, sustituir la frase «en el plazo máximo de dos meses» por «dentro del plazo legalmente previsto».
En ese mismo punto, donde dice «Plan de Saneamiento y Depuración de Aragón» debe decir «Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración».
Añadir al final del punto 2 el siguiente texto: «Garantizando en todo caso, en dicha revisión el cumplimiento de los requerimientos de depuración previstos en las directivas europeas y la legislación vigente».
MOTIVACIÓN
Por considerarlo más conveniente.
Zaragoza, 3 de abril de 2013.
El Diputado
JOAQUÍN PERIBÁÑEZ PEIRÓ
V.º B.º
El Portavoz
ALFREDO BONÉ PUEYO