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Respuesta escrita a la pregunta núm. 114/00, relativa a la retribución de los cargos directivos de la Junta de Saneamiento.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:54 (V Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón de la respuesta escrita del Sr. Consejero de Medio Ambiente a la Pregunta núm. 114/00, formulada por el Diputado del Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista Sr. Yuste Cabello, relativa a la retribución de los cargos directivos de la Junta de Saneamiento, publicada en el BOCA núm. 45, de 19 de abril de 2000.

Zaragoza, 12 de mayo de 2000.


El Presidente de las Cortes

JOSÉ MARÍA MUR BERNAD


Al respecto, cúmpleme dar contestación a la cuestión planteada, en los siguientes términos.

- La Ley 11/1996, de 30 de Diciembre, de la Administración la Comunidad Autónoma de Aragón, en su art. 8, Órganos Superiores y Órganos Directivos, establece en su punto 2 que «los Secretarios Generales Técnicos, en los Departamentos en que existan, y los Directores Generales se configuran como órganos directivos, dependiendo directamente de los Consejeros».

- La Ley 9/1997, de 7 de Noviembre, de Saneamiento y Depuración de Aguas residuales de la Comunidad Autónoma de Aragón, en su Título Segundo «De la Junta de Saneamiento», art. 22, crea la misma, definiéndola «como una entidad de derecho público con personalidad jurídica propia y dependiente de la Administración de la Comunidad Autónoma, en los términos regulados en la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, adscrito al Departamento que venga atribuidas las competencias en materia de Medio Ambiente».

En su artículo 28, establece los Órganos de Gobierno de dicha Junta y, en el 29, la composición del Consejo de Dirección, recogiendo en el art. 30 las funciones, entre las cuales determina, letra c), «Aprobar inicialmente su plantilla de personal, sus modificaciones, así como los criterios generales para la selección, admisión y retribución del mismo con sujeción al ordenamiento jurídico aplicable, sometiéndola a la aprobación definitiva del Gobierno».

El Consejo de Dirección de la Junta de Saneamiento en su última reunión de 18/04/2000 aprobó inicialmente la plantilla de personal de dicha entidad. Su aprobación definitiva como ya se ha indicado corresponderá al Gobierno de Aragón, previos los trámites oportunos que en este momento se están realizando.

En dicha plantilla inicialmente aprobada y actualmente en tramitación no se contempla la existencia de ningún cargo directivo, estando previsto únicamente un organigrama de personal «Técnico».

El motivo fundamental es la existencia previsiblemente transitoria de la Junta de Saneamiento que posteriormente será absorbida por el Instituto Aragonés del Agua, con aprobación de la Ley de Ordenación y participación en la gestión del agua en Aragón. No se ha creído conveniente dotar a la Junta de Saneamiento de una estructura de cargos directivos, que posteriormente haya de desaparecer o ser asimilada en el correspondiente organigrama del Instituto Aragonés del Agua.

Por lo tanto, podemos dar respuesta la pregunta formulada por la Chunta Aragonesista, significando que: en el momento actual no hay cargos directivos previstos en la Junta de Saneamiento.

Cosa distinta son los órganos de gobierno de la Junta de Saneamiento, es decir del Consejo de Dirección de la Junta. Este Consejo se compone, en virtud del artículo 29 de la Ley 9/1997, del Presidente, el Vicepresidente y doce vocales.

Los miembros del Consejo de Dirección no perciben retribución alguna por formar parte del mismo. Así pues el Presidente de la Junta es, por Ley, el Consejero cuyo Departamento tenga atribuidas las competencias en materia de medio ambiente, percibe sus retribuciones como Consejero del Departamento de Medio Ambiente, pero no como Presidente de la Junta. Lo mismo sucede con el Vicepresidente de la Junta, que por Ley es el Director General del Agua y que tiene retribuciones como Director General del Agua pero no como Vicepresidente, y así lógicamente con los restantes vocales del Consejo de Dirección.

Asimismo es cosa distinta, como se ha indicado, la plantilla de personal, aprobada inicialmente por el Consejo de Dirección, si bien en la misma no existen cargos Directivos en el sentido de su definición por la Ley 11/1996, sitio del personal técnico necesario para el cumplimiento de sus funciones, en cuya pirámide los puestos de mayor responsabilidad así como sus retribuciones, se pretende homologar con los del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma, Jefes de Departamento con Jefes de Servicio y Jefe de Unidad con Jefe de Sección.

Se adjunta al presente informe la composición del actual Consejo de Dirección.

Zaragoza, 5 de mayo de 2000.


El Consejero de Medio Ambiente

VÍCTOR LONGÁS VILELLAS



COMPOSICIÓN DE LA JUNTA DE SANEAMIENTO

Presidente:

EXCMO. SR. D. VICTOR LONGÁS VILELLAS

Consejero de Medio Ambiente

Vicepresidente:

ILMO. SR. D. JAVIER SÁNCHEZ MUÑOZ

Director General del Agua

Vocales del Consejo de Dirección:

ILMO. SR. D. ARTURO ALIAGA LOPEZ

Secretario Gral. Técnico Dpt.º Economía, Hacienda y Función Pública

D. MARIANO BURRIEL MARTÍNEZ

Jefe del Servicio de Protección de la Salud

ILMO. SR. D. ALFREDO BONÉ PUEYO

Director Gral. de Administración Local y Política Territorial

ILMO. SR. D. CARLOS GUIA MARQUES

Director Gral. de Urbanismo

ILMO. SR. D. JOSÉ M.ª MORERA ARGERICH

ILMO. SR.D. SEBASTIÁN ESPOT CORTINAT (SUPLENTE)

Diputado Provincial de Huesca

ILMO. SR. D. ANGEL TOMÁS TOMÁS

Diputado Provincial de Teruel

ILMO. SR. D. MIGUEL ANGEL GARGALLO LOZANO

Diputado Provincial de Zaragoza

D.ª ELISA GABARRE SUSIN

Concejal del Ayuntamiento de Huesca

D.ª DEMETRIA MATEO ESTEBAN

Ayuntamiento de Teruel

D. FEDERICO RODRÍGUEZ DE RIVERA

Concejal del Ayuntamiento de Zaragoza

D. LUIS PINILLA LÓPEZ OLIVA

Confederación Hidrográfica del Ebro

D. JOSÉ FRANCISCO MARTÍNEZ MAS

Confederación Hidrográfica del Júcar

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