Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Preguntas formuladas

Respuesta escrita del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad a la Pregunta núm. 504/18, relativa al Dictamen sobre el incumplimiento de la Directiva Aves por parte de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOCA 253, de 5 de junio de 2018).

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:265 (IX Legislatura) PDF

— El 13 de junio de 2007 se suscribió el «Convenio entre el Gobierno de Aragón y las Asociaciones Ornitológicas AOGPC, ASOA, PAS, SFS y SPSA para la ejecución del proyecto Estudio de algunas especies de aves fringílidas en Aragón: Análisis de la extracción controlada de ejemplares sobre poblaciones silvestres». Entre los objetivos del mismo figura la obtención de información acerca de los efectos de la extracción controlada de pequeñas cantidades de aves sobre las poblaciones naturales de cuatro especies de aves fringílidas (jilguero, verderón, pardillo y verdecillo), así como acerca de la viabilidad de la definición de un stock cautivo de ejemplares destinados a la cría en cautividad que permita minimizar esos posibles efectos. Para la ejecución de esta acción se han expedido anualmente por la Dirección General competente en materia de conservación de la fauna silvestre autorizaciones de captura y retención de ejemplares de las especies de aves en cuestión a colaboradores pertenecientes a las asociaciones ornitológicas. Este convenio contemplaba un calendario de reducción de cupos de capturas hasta la finalización de las mismas en 2020.

— El dictamen motivado, si bien menciona a Aragón en algunos apartados, se refiere y dirige al incumplimiento del Reino de España de la Directiva de Aves en base a la concesión de autorizaciones para la captura de aves fringílidas por parte de nueve comunidades y las dos ciudades autónomas.

— Los incumplimientos de la norma se refieren expresamente a los siguientes aspectos:

- No considerar la existencia de una solución satisfactoria a dicha práctica, en concreto la cría a partir de los ejemplares mantenidos en cautividad.

- No adaptarse al requisito de «explotación prudente» en cuanto a motivos que justifican la captura, no considerar la tendencia demográfica de las especies y sin respetar el periodo de reproducción de las mismas, calificado como de especial vulnerabilidad.

- La utilización de redes como medio de captura, considerado genéricamente como un método no selectivo.

- No aplicar elementos rigurosos de control de la actividad.

Es preciso significar que el cupo de capturas en el marco del convenio citado se iba reduciendo paulatinamente, estando prevista la finalización de la actividad en el año 2020. No obstante, considerando las justificaciones y conclusiones del dictamen motivado emitido por la Comisión Europea, se ha considerado la conveniencia de adelantar el proceso y en consecuencia se ha suspendiendo la concesión de autorizaciones de captura y procedido a la denuncia del mencionado convenio.

Zaragoza, 9 de julio de 2018.


El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad

JOAQUÍN OLONA BLASCO

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