PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
La Mesa de las Cortes de Aragón, en sesión celebrada el día 4 de mayo de 2016, ha admitido a trámite la Proposición no de Ley núm. 218/16, sobre el ejercicio de acciones judiciales ante casos que supongan un perjuicio para los intereses económicos del Gobierno de Aragón y susceptibles de calificación como delito, presentada por el G.P. Popular, y ha acordado su tramitación ante el Pleno, en virtud de la voluntad manifestada por el Grupo Parlamentario proponente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de la Cámara, las señoras y señores Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas a esta Proposición no de Ley hasta veinticuatro horas antes de la hora fijada para el comienzo de la sesión en que haya de debatirse.
Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 201.1 del Reglamento de la Cámara.
Zaragoza, 4 de mayo de 2016.
El Presidente de las Cortes
ANTONIO JOSÉ COSCULLUELA BERGUA
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
M.ª Ángeles Oros Lorente, Portavoz Adjunta del Grupo Parlamentario Popular, de conformidad con lo establecido en el artículo 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el ejercicio de acciones judiciales ante casos que supongan un perjuicio para los intereses económicos del Gobierno de Aragón y susceptibles de calificación como delito, solicitando su tramitación ante el Pleno de la Cámara.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El 28 de abril de 2016, el Consejo de Administración de la Sociedad Plataforma Logística de Zaragoza, Plaza, S.A., adoptó por mayoría el acuerdo de no ejercer acciones judiciales respecto a los sobrecostes detectados en la construcción de una serie de naves construidas por la empresa Codesport, S.A., para Plaza, S.A.
El acuerdo se adoptó tras analizar un informe emitido por los Servicios Jurídicos del Gobierno de Aragón sobre la viabilidad de ejercicio de acciones judiciales respecto a dichos sobrecostes.
El citado informe analiza las posibilidades de las acciones jurídico-procesales (penales o civiles) que pudieran ejercerse en defensa de los intereses de la Comunidad Autónoma, advirtiendo de su alcance y de las dificultades e inconvenientes en cada caso. Asimismo, el informe confirma que el precio abonado a Codesport, S.A., es superior al que debería haberse abonado y señala la posibilidad de conocimiento y voluntad de distraer fondos públicos al pagarse un precio superior al debido.
Las administraciones públicas, en este caso el Gobierno de Aragón, deben garantizar y supervisar en todo momento el cumplimiento de lo establecido en las normativas generales y particulares de cuantas actuaciones formalicen relacionadas con la contratación pública. En este sentido, entendemos que cualquier circunstancia que se produzca y que suponga un perjuicio económico para las arcas públicas debe ser reclamada por la administración, utilizando para ello cuantas medidas sean necesarias. La obligación de defensa de los intereses generales debe prevalecer ante unas garantías no absolutas de prosperar las acciones que se ejerzan.
Por otro lado, cuando, además del perjuicio económico, se observan hechos que pudieran ser constitutivos de delito, la actuación de la Administración pública debe canalizarse inexorablemente hacia el ejercicio de acciones judiciales para esclarecer dichos hechos.
Por lo expuesto, este Grupo Parlamentario presenta la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a que ejerza cuantas acciones judiciales estén a su alcance ante casos en los que se produzca el abono de sobreprecios indebidos que sean susceptibles de calificación como delito de malversación de caudales públicos.
Zaragoza, 29 de abril de 2016.
La Portavoz Adjunta
M.ª ÁNGELES OROS LORENTE