Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON
Memoria anual de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Aragón correspondiente al año 2022.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:10 (XI Legislatura)
PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
La Mesa de las Cortes de Aragón, en sesión celebrada el día 20 de septiembre de 2023, ha conocido la Memoria anual de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón correspondiente al año 2022, enviada por la Fiscalía Superior de Aragón en cumplimiento del artículo 66.3 del Estatuto de Autonomía de Aragón, y, a la vista de lo dispuesto en el artículo 245 del Reglamento de las Cortes de Aragón, ha acordado su tramitación ante la Comisión Institucional y de Desarrollo Estatutario.
Se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón.
Zaragoza, 20 de septiembre de 2023.
La Presidenta de las Cortes
MARTA FERNÁNDEZ MARTÍN
FISCALÍA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
Memoria 2023 (Ejercicio 2022)
CAPÍTULO I. INCIDENCIAS PERSONALES Y ASPECTOS ORGANIZATIVOS
1. Recursos humanos. Fiscales y personal de secretaría
2. Incidencia de vacantes, sustituciones y refuerzos
3. Organización general de la Fiscalía
4. Sedes e instalaciones
5. Medios tecnológicos para la gestión de la Fiscalía
6. Instrucciones generales y consultas
7. Actividad de la Fiscal Superior
CAPÍTULO II. ACTIVIDAD DE LAS FISCALÍAS TERRITORIALES
I. Actividad procesal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma
II. Actividad procesal de las fiscalías provinciales
1. Penal
1.1. Evolución de los procedimientos penales
1.2. Evolución de la criminalidad
2. Civil
3. Contencioso-administrativo
4. Social
5. Otras áreas especializadas
5.1. Violencia doméstica y de género
5.2. Seguridad y salud en el trabajo
5.3. Medio ambiente y urbanismo
5.4. Extranjería
5.5. Seguridad vial
5.6. Menores
5.7. Cooperación internacional
5.8. Delitos informáticos
5.9. Discapacidad y atención a mayores
5.10. Protección y tutela de las víctimas en el proceso penal
5.11. Vigilancia penitenciaria
5.12. Delitos económicos
5.13. Delitos de odio y contra la discriminación
CAPÍTULO III. LA VULNERABILIDAD DE LAS PERSONAS EXTRANJERAS Y LAS DIVERSAS RESPUESTAS JURÍDICAS ANTE EL FENÓMENO DE LA MIGRACIÓN
CAPÍTULO IV. PROPUESTAS DE REFORMAS LEGISLATIVAS
CAPÍTULO I. INCIDENCIAS PERSONALES
Y ASPECTOS ORGANIZATIVOS
1. RECURSOS HUMANOS. FISCALES Y PERSONAL DE SECRETARÍA
1.1. Fiscales
No hay variación respecto a la memoria del año anterior de la plantilla de Fiscales de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón, integrada por la Fiscal Superior, el Teniente Fiscal y un Fiscal.
1.2. Personal de Secretaria
En anteriores Memorias se señalaba la falta de personal específico de secretaría en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma, labor que desempeñaban los funcionarios de la Fiscalía Provincial de Zaragoza compaginando tales funciones con las suyas propias, durante el año 2022 esta labor ha venido realizándose por la única funcionaria destinada durante este año en dicha secretaria.
Es necesario recordar el proceso de implantación de la Nueva Oficina Fiscal de Aragón iniciado en 2019 y finalizado al inicio del año 2023.
La estructura y organización de la Nueva Oficina Fiscal de Aragón aprobada por Decreto 1/2019, de 15 de enero, del Gobierno de Aragón, configura cada Oficina Fiscal como centro de destino único y bajo la superior dirección del Fiscal Superior o del Fiscal Jefe Provincial correspondiente. Dicha resolución destaca en su exposición de motivos que el incremento del número de Fiscales en la Comunidad Autónoma de Aragón en los últimos diez años no se vio reflejado en la oficina fiscal, “permaneció estable, sin alcanzarse la proporción de personal funcionario por Fiscal que el Ministerio Fiscal considera necesaria, de un funcionario por Fiscal, y a la que se deberá tender en la medida en que las posibilidades presupuestarias lo permitan”.
La proporción de un funcionario por Fiscal no se alcanza con la puesta en marcha de la Oficina Fiscal. La Oficina Fiscal no ha supuesto incremento del total de funcionarios de las plantillas de las secretarias; sí ha dado lugar a la creación de la hasta ahora inexistente oficina fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón con dos puestos de tramitador/a, y la subsiguiente no renovación de dos funcionarios de refuerzo de la Fiscalía Provincial de Zaragoza.
La Oficina Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón, con sede en Zaragoza, se configura como centro de destino único y bajo la superior dirección del Fiscal Superior, correspondiendo a la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior las funciones previstas en el artículo 18.3 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 1/2019, de 15 de enero de 2019, del Gobierno de Aragón,
Por Orden PRI/602/2021, de 20 de mayo, se dispuso la publicación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Oficina Fiscal en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobada por el Ministerio de Justicia y se inició́ el proceso de acoplamiento de los funcionarios con destino definitivo en las Fiscalías del citado ámbito territorial, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional primera del Decreto 1/2019, de 15 de enero, continuando los funcionarios implicados en este proceso en sus destinos hasta la toma de posesión de los nuevos puestos de trabajo previstos en la indicada relación.
La Oficina Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón queda conformada como una oficina propia formada integrada por un funcionario/a de Apoyo al Fiscal Superior de Aragón y un segundo funcionario/a, ambos del cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa,
Mediante Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Justicia, se resolvió la convocatoria de provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación convocado para los puestos de trabajo de Apoyo al Fiscal Superior y Fiscales Jefes Provinciales. En enero de 2022, una funcionaria del Cuerpo de Tramitación, procedente de la secretaria de la Fiscalía Provincial de Zaragoza tomó posesión del puesto de trabajo correspondiente a tramitador/a de Apoyo al Fiscal Superior de Aragón, quedando pendiente, a la espera de la definitiva implantación, la cobertura del puesto de tramitador asignado a la Oficina Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma en la aprobada relación de puestos de trabajos.
Por Resolución de 21 de junio de 2022, de la Dirección General de Justicia, se resolvió el concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados de las distintas Oficinas Fiscales de las Fiscalías de la Comunidad Autónoma de Aragón.
En Resolución de fecha 18 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Justicia, se confirmó́ como titulares definitivos en los puestos de trabajo de la Oficina Fiscal de la Comunidad Autónoma de Aragón al personal funcionario de carrera señalado en su anexo I, y se inició la fase de reordenación de efectivos en aquellos centros de destino en la Oficina Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón, la Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial de Zaragoza y la Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial de Teruel.
Durante el año 2022, a la espera de la definitiva implantación de la oficina fiscal que ha tenido lugar en enero de 2023, la secretaría de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma ha estado asistida por una única funcionaria, la tramitadora de Apoyo al Fiscal Superior, que ha llevado a cabo con encomiable disposición no sólo sus funciones, sino también las correspondiente al puesto creado de tramitador vacante; esta única funcionaria asumió, así, la totalidad del trabajo de la secretaria. Ello ha ocasionado un incremento de su ratio de trabajo e importantes disfunciones por quedar la secretaría sin cobertura durante los periodos vacacionales. Esta situación, debidamente comunicada a la Dirección General de Justicia, se ha venido subsanando con la puntual y voluntaria colaboración de funcionarios destinados en la Fiscalía Provincial de Zaragoza y, especialmente, de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior, asumiendo los primeros funciones de tramitación en distinto centro al que se encuentran destinados, y la segunda funciones distintas a las asignadas conforme al art. 18.3 del EOMF.
1.3. Unidad de Apoyo al Fiscal Superior
La Unidad de Apoyo al Fiscal Superior está integrada por una funcionaria del grupo A, perteneciente al cuerpo de Administradores Superiores de la Comunidad Autónoma de Aragón y una funcionaria del Cuerpo Administrativo de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Su configuración no ha variado respecto a la memoria del año anterior; no obstante, es preciso señalar que conforme al artículo seis del Decreto 1/2019, de 15 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura y la organización de la Oficina Fiscal en la Comunidad Autónoma de Aragón “corresponden a la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior las funciones previstas en el artículo 18.3 del EOMF”.
Estas funciones son las de apoyo y asistencia al Fiscal Superior en materias de estadística, informática, traducción de lenguas extranjeras, gestión de personal u otras que no sean de las que con arreglo a este Estatuto tengan encomendadas los Fiscales, funciones que la Unidad de Apoyo lleva a cabo con eficacia y en coordinación con las propias de la Fiscal Superior, como corresponde al contenido del precepto legal que la sustenta.
2. INCIDENCIA DE VACANTES, SUSTITUCIONES Y REFUERZOS
No han tenido lugar incidencias en vacantes, sustituciones o refuerzos en la Fiscalía de la Comunidad, no habiendo variación respecto a la memoria del anterior año.
3. ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA FISCALÍA
Las relaciones con las autoridades de la Comunidad Autónoma, que tiene competencias transferidas en materia de Administración de Justicia, así como con las autoridades del Estado existentes en la Comunidad, las lleva a cabo la Fiscal Superior, quien además forma parte de la Comisión de Garantías de Videovigilancia.
El Teniente Fiscal asiste a las reuniones convocadas por el Fiscal de Sala de lo Contencioso Administrativo, mientras que el Fiscal asiste a las convocadas por el Fiscal de Sala de lo Civil y por la Fiscal de Sala de lo Social.
Los asuntos cuyo despacho corresponde a la Fiscalía de la Comunidad Autónoma son comentados entre la Fiscal Superior, el Teniente Fiscal y el Fiscal, especialmente aquellos que revisten una mayor importancia.
La Unidad de Apoyo al Fiscal Superior presta asistencia en materia logística, informática y estadística.
4. SEDES E INSTALACIONES
4.1 Actual ubicación de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón
No se ha producido ninguna novedad en las instalaciones de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón, que tiene su sede en el Palacio de Justicia de Zaragoza conocido como Palacio de los Luna. El despacho de la Fiscal Superior se encuentra ubicado en la misma planta, la segunda y principal del edificio, en la que se ubica la Presidencia del TSJA; en el mismo espacio se ubica el despacho del Fiscal Jefe Provincial de Zaragoza y secretaria de ambas jefaturas.
Los despachos del Teniente Fiscal y del Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma se encuentran ubicados en la tercera planta, y la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior se ubica en la cuarta planta. En esta planta y en la cuarta, también se ubican dependencias de secretaria de la Fiscalía Provincial de Zaragoza y los despachos del Teniente Fiscal y seis de Fiscales de la Fiscalía Provincial.
La ubicación en distintas plantas se debe a las características singulares del edificio, al tratarse de un palacio del siglo XVI, no siendo ello obstáculo para una continua comunicación entre los integrantes de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma.
4.2. Futura ubicación
Ante la futura rehabilitación del edificio del Palacio de Justicia, Palacio de los Luna, es deseable una adecuada planificación de las instalaciones de la Fiscalía de la Comunidad de Aragón, provisionalmente durante la ejecución de la reforma y, especialmente, una vez ejecutada la reforma del edificio; adecuada planificación que debe hacerse extensiva a las instalaciones que la Fiscalía Provincial de Zaragoza tiene en el mismo edificio.
La futura ubicación de la Fiscala de la Comunidad Autónoma de Aragón y, en concreto, del despacho del Fiscal Superior, debe estar en consonancia con su función de representación y jefatura del Ministerio Fiscal en toda la Comunidad Autónoma, función ésta que el Estatuto de Autonomía de Aragón recoge junto con la representación que ostenta el Presidente del Tribunal de Justicia de Aragón en relación al Poder Judicial. Ello conlleva ubicar ambas instituciones en la planta principal, como son las actuales instalaciones, con plena accesibilidad y espacios respetuosos con su función y representación.
Es necesario, pues, una adecuada coordinación institucional para que no se obvie la consideración que corresponde al cargo de Fiscal Superior y a la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón en la reforma y reordenación de los espacios del edificio del Palacio de Justicia.
5. MEDIOS TECNOLÓGICOS PARA LA GESTIÓN DE LA FISCALÍA
Desde el año 2018, Avantius-Aragón es el sistema information de gestión procesal implantado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Este sistema de gestión ha supuesto la implantación del expediente judicial electrónico que, adaptado a la actuación del Ministerio Fiscal, ha sustituido el formato papel por el electrónico e instaurado la firma digital.
La Fiscalía de la Comunidad colabora en la implementación de las mejoras necesarias para su adaptación a la actuación del Ministerio Fiscal en los procedimientos y la obtención de las estadísticas propias de las Fiscalías del territorio.
Esta adaptación del sistema de gestión procesal Avantius a las necesidades de la Fiscalía sigue en progresión y ha sido objeto, entre otras cuestiones, de las reuniones de la Comisión Mixta Ministerio Fiscal-Gobierno de Aragón
Durante el año 2022, se culminó la integración del sistema de grabaciones Efidelius en el sistema procesal de gestión Avantius-Aragón que permite, desde el propio expediente digital, acceder directamente a las declaraciones grabadas como un elemento más del expediente judicial electrónico, facilitando así el trabajo diario de los Fiscales en el estudio de cada procedimiento.
Desde la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón, siguiendo las indicaciones de la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General del Estado, se solicitó habilitar el uso de Efidelius para la grabación de las declaraciones llevadas a cabo en las Fiscalías.
Esta implantación permite, mediante la parametrización de las Fiscalías como usuarios de Efidelius, la grabación en las Fiscalías de las declaraciones acordadas en la tramitación de diligencias de investigación. El sistema posibilita a los fiscales de menores acceder como usuarios al sistema de grabaciones Efidelius y habilita la grabación de las declaraciones de los menores a través de las salas polivalentes y de las salas Gesell. En este sentido, queda pendiente finalizar las modificaciones técnicas que permitan la directa incorporación de estas grabaciones desde Efidelius al expediente de menores tramitado en Avantius.
Se finalizó en 2022 la instalación del “directorio activo” que proporciona, entre otros, los servicios de gestión de usuarios, de directorios de red compartidos, del servicio de impresión y de seguridad informática, facultando a los fiscales, a través del equipo portátil suministrado por la Dirección General de Justicia del Gobierno de Aragón, la conexión a través de sistema wifi al expediente judicial electrónico en las distintas sedes judiciales y fiscales Con este sistema se da cumplimiento a las recomendaciones aprobadas por el CTEAJE en relación a la seguridad de las cuentas particulares de usuarios.
Quedan pendientes para su desarrollo en el año 2023 la implantación del proyecto de textualización de las declaraciones objeto de grabación audiovisual en el sistema Efidelius, estando prevista su ejecución en el año 2023; y la obtención de los estadillos de productividad de las Fiscalías desde el sistema Avantius, proyecto inicialmente programado para el año 2022 que presenta dificultades técnicas para su desarrollo, sin que se prevea su implantación a corto plazo.
Es necesario hacer referencia al Comité de Seguimiento de Avantius creado en 2018 y que, entre otras funciones, tiene atribuido el seguimiento del funcionamiento del sistema Avantius-Aragón, el conocimiento de los indicadores de funcionamiento e informe técnicos así como el plan anual del desarrollo evolutivo del sistema y del que forman parte los operadores que intervienen en la aplicación del sistema; así, entre otros, la Fiscal Superior de Aragón y la Jefa de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior por la Fiscalía de la Comunidad Autónoma, representantes del Poder Judicial, de los Letrados de la Administración de Justica, de la Dirección General de Justicia y de la empresa a cargo del sistema informático y técnico.
Con fecha 14 de marzo de 2022 tuvo lugar la reunión anual del Comité de Seguimiento Avantius siendo objeto del orden del día, entre otras cuestiones, las propuestas de mejoras funcionales incluidas en el desarrollo evolutivo del año 2022 y los proyectos Next Generation, tratándose aquellas cuestiones de interés para las Fiscalías como estadillos de productividad, envío de datos al SICC y elaboración de estadísticas.
Hay que hacer una especial mención al trabajo realizado y que sigue realizando la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior. La constante y fluida comunicación entre la misma y la empresa Tracasa y la administración autonómica resulta esencial para los avances tecnológicos de las Fiscalías de la comunidad.
6. INSTRUCCIONES GENERALES Y CONSULTAS
Al igual que en años anteriores, las Circulares, Instrucciones y Consultas que se reciben de la Fiscalía General del Estado se remiten a todos los Fiscales por correo electrónico para su conocimiento y posteriormente se comprueba el cumplimiento de las mismas.
7. ACTIVIDAD DE LA FISCAL SUPERIOR
7.1. Juntas de Fiscales Jefes Provinciales
A través de las juntas de Fiscales Jefes Provinciales, presididas por el Fiscal Superior, se pretende unificar criterios de actuación e intercambiar problemas y soluciones relativos al funcionamiento de las Fiscalías.
Se ha celebrado las siguiente Juntas de Fiscales Jefes Provinciales:
— En fecha 27 de enero de 2022, siendo los temas objeto de la junta: Elaboración de la Memoria anual: normas de estilo, protección de datos, estadísticas, plazos y otras cuestiones. Informe de la Fiscal Superior sobre el Plan de inspección ordinaria de las Fiscalías Provinciales para el año 2022. Referencia a las Inspecciones efectuadas por la Fiscal Superior en las Fiscalías Provinciales en el año 2021. Felicitación al Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Huesca, don Juan Baratech Ibáñez, con motivo de la concesión de la Cruz Distinguida de 1.ª Categoría de la Orden de San Raimundo de Peñafort.
— En fecha 17 de junio de 2022, siendo los asuntos tratados: Competencia de la Fiscalía Europea. Grupo criminal. Jurisprudencia. Aplicación del artículo 89 del Código Penal. Circular 7/2015, de 17 de noviembre, sobre la expulsión de ciudadanos extranjeros como medida sustitutiva de la pena de prisión tras la reforma operada por L.O. 1/2015. Conformidades. Medidas adoptadas en las Fiscalías Provinciales tras la Junta de Fiscales Jefes provinciales de 2 de diciembre de 2021. Indicaciones sobre la citación de peritos.
— En fecha 21 de diciembre de 2022, siendo las cuestiones objeto de la junta: Elaboración de la Memoria anual de las Fiscalías. Decreto del Fiscal General del Estado de 28 de noviembre de 2022. Estadísticas y otras cuestiones. Medios informáticos nuevas tecnologías y otros medios materiales. Coordinación con la Fiscalía de la Comunidad y la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior. Guía Básica de actuaciones a desarrollar por las Fiscalías, Órganos y Unidades del Ministerio Fiscal en materia de protección de datos. Versión: junio de 2022. Visado de alegaciones en materia de derechos fundamentales en la jurisdicción contencioso administrativa.
7.2. Inspección de las Fiscalías Provinciales
El artículo 13.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, modificado por Ley 24/2007, de 9 de octubre, atribuye a los Fiscales Superiores de las Comunidades Autónomas la inspección ordinaria de las Fiscalías de su ámbito territorial, junto a la función inspectora que con carácter permanente tiene encomendada la Inspección Fiscal por delegación del Fiscal General del Estado.
Previas comunicaciones a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado se programaron para el año 2022 la inspección de las Fiscalías Provinciales de Huesca y Teruel, y de la Sección Territorial de Alcañiz (Teruel) centrándose en las calificaciones (examen de carpetillas, extractos, plazos de despacho), diligencias de investigación y conformidades en los procedimientos penales.
Las inspecciones se realizaron presencialmente, examinando las carpetillas en las instalaciones de las respectivas Fiscalías Provinciales y por medios telemáticos; en los días previos a las inspecciones se obtuvieron a través de la aplicación Avantius-Aragón los listados de calificaciones realizados por los Fiscales de cada una de las Fiscalías durante los meses de 2022 previos a la fecha de inspección y listados de diligencias de investigación tramitadas durante ese periodo.
Conforme al calendario establecido, el día 11 de mayo se procedió presencialmente a la inspección de la Sección Territorial de Alcañiz (Teruel); el día 18 de mayo a la inspección de la Fiscalía Provincial de Teruel; y el día el 10 de noviembre se llevó a cabo la inspección de la Fiscalía Provincial de Huesca.
Del resultado y contenido de las inspecciones, se levantó acta remitida a la Inspección de la Fiscalía General del Estado y a los Fiscales Jefes Provinciales de Huesca y Teruel.
7.3. Determinación de las necesidades materiales de las Fiscalías
A través de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior se han seguido atendiendo a las necesidades materiales solicitadas por las tres Fiscalías Provinciales, transmitiendo las peticiones a la Comunidad Autónoma, competente en proporcionar dichos medios.
7.4. Comisión Mixta de coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal
En ejecución del Convenio entra la Comunidad Autónoma de Aragón y la Fiscalía General del Estado para la Creación de la “Comisión Mixta de Coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal en dicha comunidad autónoma” publicado en el BOE de 28 de abril de 2020, órgano de información, comunicación, coordinación, colaboración y cooperación entre ambas instituciones en cuestiones de competencia común, han tenido lugar las siguientes reuniones de la Comisión Mixta:
El día 8 de junio de 2022, con el siguiente orden del día: Lectura y aprobación, si procede, del acta de la reunión celebrada por la Comisión Mixta el día, 16 de diciembre de 2021. El uso del papel en los Juzgados y Fiscalías. Las pruebas periciales, propuestas de oficio con nombrando sin adecuarse al procedimiento establecido. Singularización del presupuesto de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón. Relación de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón con los medios de comunicación. La Oficina Fiscal en la Comunidad Autónoma de Aragón: finalización de la implantación. Medios materiales y personales de las Fiscalías. Desarrollo del convenio marco con el CEJ. Formación de Fiscales: acreditación del conocimiento del Derecho Foral Aragonés.
El día 12 de diciembre de 2022, con el siguiente orden del día: Lectura y aprobación, si procede, del acta de la reunión celebrada por la Comisión Mixta el día, 8 de junio de 2022. Fase final de la implantación de la Oficina Fiscal en las Fiscalías de Aragón. Proyectos evolutivos de Avantius pendientes de desarrollo (estadillos de productividad). Plan Justicia 2030-PRT en la Comunidad Autónoma de Aragón. Situación actual y perspectivas de futuro. Plan de Igualdad de Justicia. Plan de eficiencia energética justicia.
7.5. Participación en la Comisión de Garantías de Videovigilancia en Aragón
Esta comisión, presidida por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Aragón y de la que forma parte el Fiscal Superior de Aragón, vela por la protección de los derechos fundamentales en los casos de instalación de cámaras de videovigilancia por los Ayuntamientos que tienen como objetivo evitar daños vandálicos y acciones delictivas.
Durante el año 2022 tuvieron lugar las siguientes reuniones, en las que se examinaron las peticiones que se relacionan:
— Día 10 de febrero de 2022: Solicitud de renovación de videocámaras en Barbastro (Huesca). Solicitud de instalación de videocámaras en Clarés de Ribota (Zaragoza). Solicitud de instalación de videocámaras en Monterde (Zaragoza). Solicitud de autorización para la instalación de videocámaras en Cubel (Zaragoza). Solicitud de autorización y renovación de videocámaras en Tarazona (Zaragoza).
— Día 10 de marzo de 2022: Solicitud de autorización de videocámaras en Mequinenza (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Paracuellos de Jiloca (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Balconchán (Zaragoza). Solicitud de autorización para instalación de videocámaras en Badules (Zaragoza). Solicitud de autorización y renovación de videocámaras en Las Pedrosas (Zaragoza).
— Día 7 de abril de 2022: Solicitud de autorización de videocámaras en Cabolafuente (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Utebo (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Moyuela (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Zuera (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Valjunquera (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Albarracín (Teruel).
—Día 5 de julio de 2022: Solicitud de modificación de videocámara en Moyuela (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Aguatón (Teruel). Solicitud de autorización de videocámaras en Épila (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Zuera (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Caspe (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Sallent de Gállego (Huesca).
— Día 20 de julio de 2022: Análisis del procedimiento de autorización de bodycams vinculadas a pistolas táser tras la aprobación del Decreto 92/2022, de 15 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la dotación de medios técnicos y de defensa y la uniformidad de los Cuerpos de Policía Local de Aragón. Solicitud de autorización de videocámaras en Tauste (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Calomarde (Teruel). Solicitud de autorización de videocámaras en Binéfar (Huesca). Solicitud de autorización de videocámaras en Zaragoza.
— Día 14 de septiembre de 2022: Solicitud de autorización de videocámaras en Graus (Huesca). Solicitud de autorización de videocámaras en Zaragoza. Solicitud de renovación de videocámaras en Cadrete (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Alcubierre (Huesca). Solicitud de autorización de videocámaras en Torres de Barbués (Huesca).
— Día 18 de octubre de 2022: Solicitud de modificación de enfoque de videocámara en Moyuela (Zaragoza). Solicitud de modificación de enfoque de videocámaras en Épila (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Abanto (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Sallent de Gállego (Huesca). Solicitud de autorización de videocámaras en Graus (Huesca). Solicitud de autorización de videocámaras en Longares (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Alcubierre (Huesca).
— Día 24 de noviembre de 2022: Estudio de documentación aportada por el Ayuntamiento de Balconchán (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Chimillas (Huesca). Solicitud de autorización de videocámaras en Maella (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Albalate del Arzobispo (Teruel). Solicitud de autorización de videocámaras en Huesa del Común (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Mallén (Zaragoza).
— Día 20 de diciembre de 2022: Estudio de la documentación aportada por el Ayuntamiento de Paracuellos del Jiloca (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Ricla (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Fraga (Zaragoza). Solicitud de autorización de videocámaras en Zaragoza. Solicitud de autorización de videocámaras en Zaragoza.
7.6. Relación con autoridades estatales y locales
Conforme ya se señalaba en Memorias anteriores, la relación con las autoridades, tanto estatales como autonómicas y locales, es totalmente fluida desde el punto de vista institucional.
En el año 2022, entre otras actividades llevadas a cabo por la Fiscal Superior, cabe señalar las siguientes:
— Participación los días 10 de marzo, 13 de marzo y 29 de abril de 2022. de la Fiscal Superior en representación de la Fiscalía de la Comunidad de Aragón en las reuniones convocadas por la Delegación de Gobierno de Aragón para la coordinación de la llegada de refugiados ucranianos con motivo del inicio de la guerra en Ucrania. Por la Fiscal Superior se dio puntual traslado a los Fiscales Delegados de Menores de las Fiscalías Provinciales a través de sus respectivos Fiscales Jefes para una efectiva coordinación y seguimiento de actuaciones ante la llegada de menores ucranianos no acompañados a la comunidad autónoma de Aragón.
— Asistencia el 23 de abril al acto institucional del Gobierno de Aragón en celebración del día de Aragón.
— Participación el 25 de mayo de 2022 de la Fiscalía de la Comunidad de Aragón, representada por la Fiscal Superior, en la reunión de la Comisión de Coordinación de los XXXI Encuentros del Foro de Derecho Aragonés en la que se acodo la celebración de sesiones del Foro los días 8,15 y 22 de noviembre de 2022 con el contenido “Vecindad civil: Presente y perspectivas de futuro”, “Aplicación del Derecho civil en Aragón a ciudadanos extranjeros” y “La representación política en Aragón: Reforma estatutaria sobre distribución de escaños entre las provincias Aragonesa, otras cuestiones electoral y recursos contenciosos-administrativos en materia de censos electorales”. En fecha 8 de noviembre de 2022, se procedió a la firma del convenio de colaboración entre las diversas instituciones para la celebración del Trigésimo Primer Encuentro del Foro de Derecho Aragonés, firmando la Fiscal Superior en el ejercicio de la representación del Ministerio Fiscal facultada para ello por Decreto de la Fiscalía General del Estado de fecha 1 de septiembre de 2022.
— Asistencia el 2 de junio al acto institucional celebrado por la Policía Local de Zaragoza en honor de su patrona Ntra. Sra. del Portillo.
— Acto de entrega en la ciudad de Huesca de la Cruz Distinguida de 1.ª Clase de la Orden de San Raimundo de Peñafort al Ilmo. Sr. Fiscal Jefe Provincial de Huesca en fecha 22 de junio.
— Asistencia 4 de octubre a los actos institucionales en celebración del día de la Policía Nacional con ocasión de la festividad de los Santos Ángeles Custodios en cuyo transcurso fue impuesta a la Fiscal Superior de Aragón la Cruz de la Orden al Mérito Policial con Distintivo Blanco.
— Asistencia 6 de octubre al acto institucional con motivo del Día de la Guardia Civil, en cuyo transcurso fue impuesta a la Fiscal Superior de Aragón la Cruz al Mérito de la Guardia Civil con Distintivo Blanco.
— Asistencia a las XIV Jornadas del Bidasoa celebradas los días 3 y 4 de noviembre en Pamplona, en las que participan los Tribunales Superiores de Justicia de Aragón, Navarra, País Vasco y Rioja y las Cours d’Appel de Pau, Agen, Bordeaux y Toulouse. El tema objeto de las jornadas se centró en los procesos de digitalización de la Justicia. La celebración y asistencia a estas jornadas fue previamente puesta en conocimiento de la Fiscalía General del Estado y de la Fiscal de Sala de Cooperación Internacional.
7.7. Relación con los Fiscales de Sala Delegados de Especialidades
Al igual que en años anteriores desde la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón se ha procurado la colaboración con los mismos, tanto en el trabajo diario como en asuntos puntuales a través de los delegados y, especialmente, del Fiscal Delegado de la Especialidad Civil y Protección de Personas con Discapacidad en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón y del Fiscal Delegado de la Especialidad de Seguridad y Salud en el Trabajo en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón.
La entrada en vigor de la nueva Ley 8/2021, de 2 de junio, reformó la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica que modifica numerosas normas, tanto civiles, en especial el Código Civil, como procesales sin que se haya modificado el Código de Derecho Foral Aragonés, manteniéndose vigente su regulación sustantiva. Las diferentes respuestas dadas por los diversos órganos judiciales de la comunidad autónoma a la aplicación de la reforma ante la subsistencia de la normativa civil aragonesa requirieron una unificación de criterios en la actuación del Ministerio Fiscal a fin de integrar, en la medida de lo posible, ambas legislaciones, estatal y autonómica, en tanto se adapta esta última.
El Fiscal Delegado de la Especialidad Civil y Protección de Personas con Discapacidad en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón en cumplimiento de sus funciones de dirección y coordinación de los Fiscales Delegados Provinciales de estas especialidad elaboró un informe relativo a las cuestiones técnicas precisas para la aplicación de ambas normativas, previamente aprobado por la Fiscal Superior y la Fiscal de Sala Coordinadora; así mismo, elaboro nota de información básica a los familiares y allegados de personas con discapacidad relativa a la Ley 8/21, de 2 de junio, para el ejercicio de su capacidad jurídica.
Asimismo, hay que señalar que por parte de los Fiscales de Sala Delegados de especialidades se nos informa de las actuaciones, cursos y comunicaciones relativas a su materia específica.
CAPÍTULO II. ACTIVIDAD DE LAS FISCALÍAS TERRITORIALES
I. ACTIVIDAD PROCESAL DE LA FISCALÍA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
La actividad procesal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma se desarrolla ante las diferentes Salas del Tribunal Superior de Justicia de Aragón y en las jurisdicciones penal, civil, contencioso administrativa y social.
En el orden penal mediante la intervención en los procedimientos penales seguidos contra aforados en la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia; la asistencia ante dicha Sala a las vistas de los recursos de apelación interpuestos contra las sentencias y determinados autos dictados por el Magistrado Presidente del Tribunal de Jurado; la intervención en el recurso de apelación contra sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales, introducido por la Ley Orgánica 41/2015 y emitiendo informe en las diligencias indeterminadas de Sala y en las cuestiones de competencia.
En el ámbito interno de la Fiscalía se tramitan las diligencias de investigación previstas en el artículo 5.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
En el orden civil con la intervención en aquellos recursos de revisión, casación y extraordinarios de infracción procesal de los que conozca la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, como Sala de lo Civil, y en los que sea parte el Ministerio Fiscal, así como informar las cuestiones de competencia que han de ser resueltas en dicha Sala y dictaminar en el reconocimiento de laudos arbitrales emitidos en el extranjero.
En el orden contencioso administrativo, la intervención en los procesos de los que conozca la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia en los que sea parte el Ministerio Fiscal e informar las cuestiones de competencia atribuidas a la Sala referida, los recursos de apelación en que es parte este Ministerio y los recursos de casación y de revisión de su competencia.
En el orden social, el estudio de las sentencias de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia dictadas al resolver los recursos de suplicación interpuestos contra sentencias de los Juzgados de lo Social, por si fuera procedente la interposición del recurso para la unificación de doctrina, intervenir en los procedimientos laborales de única instancia competencia de la Sala de lo Social en los que es preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal e informar las cuestiones de competencia que ha de resolver la misma Sala.
En el año 2022 las cifras de la actividad procesal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón, a tenor de los datos estadísticos fueron las siguientes:
En el orden penal, la Fiscalía de la Comunidad Autónoma tramitó ocho diligencias de investigación penal, de conformidad con el artículo 5 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. En el año 2018 se incoaron catorce diligencias de investigación, en 2019 diecinueve, en 2020 siete, en 2021 seis.
De ellas, una se inició por testimonio recibido de un órgano judicial y las otras siete por denuncias de particulares. Se sigue produciendo la recepción de denuncias y escritos por hechos y supuestos delitos que no son competencia de esta Fiscalía de la Comunidad Autónoma. Por ello seis fueron remitidas a la Fiscalía que era competente, generalmente una de las Fiscalías Provinciales del territorio. Las otras dos diligencias fueron archivadas.
Los delitos citados en las denuncias fueron: omisión de deber de socorro, delito contra el medio ambiente, prevaricación administrativa (2), desobediencia de autoridad o funcionario, prevaricación judicial (2) y tenencia de armas prohibidas.
La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón no ha incoado diligencias previas por delitos de su competencia en 2022 ni tampoco procedimientos abreviados, procedimientos de la Ley Orgánica del Tribunal de Jurado o sumarios ordinarios.
Tramitó cuatro Diligencias Indeterminadas de Sala como consecuencia de denuncias o querellas presentadas por particulares contra aforados, ante la propia Sala, para resolver sobre su admisión a trámite. El pasado año 2021 se incoaron siete, en 2020 fueron dos, en 2019 fueron tres, y en 2018 seis. La Sala acordó en todas ellas su inadmisión y archivo.
En el año 2022, al igual que en 2020 y en 2021 no se han celebrado juicios orales por delito ante la Sala de lo Penal por delitos cometidos por aforados.
Ante la Sala se celebraron las vistas de dos recursos de apelación interpuestos contra otras tantas sentencias dictadas por el Tribunal del Jurado en el ámbito de Aragón y se dictaron, por tanto, dos sentencias, una de ellas conforme y la otra parcialmente disconforme con la postura procesal del Ministerio Fiscal (fueron cuatro en 2021, tres en 2020, una en 2019 y cuatro en 2018)
Además, esta Sala ha resuelto ochenta y un recursos de apelación interpuestos contra sentencias penales dictadas en Procedimiento Abreviado o Sumario por las Audiencias Provinciales de Huesca, Teruel y Zaragoza, dictando otras tantas sentencias. En tres ocasiones se celebró vista pública.
El anterior año 2021 fueron setenta y cuatro, al igual que en 2020, en 2019 fueron ochenta y tres, y en 2018 cuarenta y seis. Se trata del recurso introducido por la Ley Orgánica 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
El Ministerio Fiscal interpuso dos recursos de casación ante la Sala II del Tribunal Supremo, frente a dos de esas sentencias.
La Fiscalía dictaminó también dos cuestiones de competencia penal.
En el orden civil, la actividad procesal de la Sala Civil y Penal, durante el año 2022, disminuyó de forma notable frente al año anterior. Se tramitaron 36 recursos de casación, relativos al derecho foral o propio de Aragón.
La Sala tramitó en 2021, en total, cincuenta y un recursos de casación (fueron 50 en 2020, 69 en 2019 y 59 en 2018). La Fiscalía de la Comunidad Autónoma emitió 24 dictámenes en aquellos recursos de casación en los que tuvo intervención (48 en 2018, 58 en 2019, 23 en 2020 y 34 en 2021) en los recursos en que tuvo intervención. Se informó, además, una cuestión de competencia.
La mayoría de los dictámenes y alegaciones del Ministerio Fiscal se emiten en recursos relacionados con la custodia de los hijos menores en caso de ruptura de la pareja, las prestaciones por alimentos de los menores o con el derecho al uso de la vivienda común. El resto se han referido a procedimientos de discapacidad o a actuaciones relativas a la custodia de menores, con resoluciones dictadas por el IASS.
En el orden contencioso administrativo, la Fiscalía de la Comunidad Autónoma emitió, en 2022, 35 informes en cuestiones de competencia suscitadas ante las dos Secciones de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. En el en año 2018 fueron 58, 53 en 2019, 31 en 2020 y también 35 en 2021
Entre las cuestiones de competencia la mayoría siguen refiriéndose, de forma mayoritaria, a resoluciones dictadas por órganos centrales y periféricos de la Administración autonómica y del Salud en materia de personal (oposiciones y concursos), actos de organismos de la Administración Institucional Aragonesa y, respecto de la Administración Local, actos urbanísticos, sobre funcionarios, sanciones y reclamaciones de responsabilidad patrimonial.
En cuanto a los procedimientos especiales de derechos fundamentales, el Ministerio Fiscal intervino en el año 2022 en diecisiete procedimientos.
En 2021 fueron veinticuatro los procedimientos de derechos fundamentales, en 2020 fueron veinte, en 2019 diecisiete y en 2018 fueron tres.
Los derechos fundamentales cuya vulneración se alegó fueron los de tutela judicial efectiva (artículo 24 CE), integridad física y moral, igualdad en el acceso a funciones y cargos públicos, igualdad ante la ley, intimidad, libertad sindical en su vertiente de participación sindical en negociación y de derecho de huelga.
Los procedimientos relacionados con medidas adoptadas por la Administración autonómica con motivo del COVID-19, se dieron en menor número durante los primeros meses del año 2022.
No hubo intervención en procedimientos en materia electoral y se emitieron siete dictámenes en otros procedimientos contenciosos diferentes, en el apartado de varios.
En el orden social, la intervención de la Fiscalía se centra en la notificación y estudio de las sentencias dictadas por la Sala de lo Social al resolver los recursos de suplicación interpuestos contra sentencias dictadas por los Juzgados de lo Social de las tres provincias aragonesas, con la finalidad de examinar la procedencia de interponer recurso de casación para la unificación de doctrina.
También se interviene en las cuestiones de competencia y en la admisibilidad de determinados recursos de suplicación, así como la asistencia a vistas en procedimientos en única instancia competencia de la Sala de lo Social. En determinados supuestos corresponde informar en estos casos los recursos de casación interpuestos. En el año 2022 se dictaminó en cinco de esos procedimientos de única instancia, en tres recursos de suplicación y en cuatro recursos de unificación de doctrina.
Respecto de los expedientes gubernativos consta la intervención en nueve expedientes en el apartado de otros.
II. ACTIVIDAD PROCESAL DE LAS FISCALIAS PROVINCIALES
1. PENAL
1.1. Evolución de los procedimientos penales
La actividad procesal de las Fiscalías Provinciales de Aragón se resume en los siguientes datos. Los porcentajes de aumento o disminución se refieren siempre a la cifra del año indicado en comparación con la cifra del año anterior.
1.1.1. Diligencias previas
En el conjunto de Aragón el número de diligencias previas incoadas durante el año 2022 fue de 55.619 (aumento del 4,83%) frente a 53.058 en 2021 (aumento del 13,29% respecto al año 2020); 46.835 en 2020 (disminución del 15,7%); 55.558 en 2019 (aumento del 7,08%) y 51.880 en 2018 (aumento del 4,85%).
En 2022: aumento del 4,83%.
En 2021: aumento del 13,29%.
En 2020: disminución del 15,7%.
En 2019: aumento del 7,08%.
En 2018: aumento del 4,85%.
En la Provincia de Zaragoza, el número de diligencias previas incoadas durante el año 2022 fue de 42.571 (aumento del 4,21%) frente a 40.850 en 2021 (aumento del 13,92% en relación a 2020), 35.859 en 2020 (disminución del 15,4%), 42.382 en 2019 (aumento del 10,59%) y 38.322 en 2018.
En la Provincia de Huesca el número de diligencias previas incoadas durante el año 2022 fue de 8.351 (aumento del 6,14%) frente a 7.868 en 2021 (aumento del 10,66% en relación a 2020), 7.110 en 2020 (disminución del 18,2%), 8.696, en 2019 (disminución del 3,25%) y 8.989 en 2018.
En la Fiscalía Provincial de Teruel, el número de diligencias previas incoadas durante el año 2022 fue de 4.697 (aumento del 8,23%) en relación al año 2021 en el que se tramitaron 4.340 (aumento del 12,26%), 3.866 en 2020 (disminución del 13,3%), 4.480 en 2019 (disminución del 1,94%) y 4.569 en 2018.
1.1.2. Procedimientos abreviados
En el conjunto de Aragón el número de procedimientos abreviados incoados durante el año 2022 fue de 6.173 (aumento del 26,47%) en relación a 2021 que fue de 4.880 (aumento del 40,03%), 3.485 en 2020 (disminución del 10,43%), 3.891 en 2019 (disminución del 3,56%) y 4.035 en 2018 (disminución del 10,59%).
En 2022: aumento del 26,47%.
En 2021: aumento del 40,03%.
En 2020: disminución del 10,43%.
En 2019: disminución del 3,56%.
En 2018: disminución del 10,59%.
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se incoaron 4.935 en el año 2022 (aumento del 29,45%) frente a un total de 3.812 en el año 2021 (aumento del 51,87%), 2.510 en 2020 (disminución del 6.3%), 2.680 en 2019 (disminución del 16,89%) y 3.225 en 2018 (disminución del 11,4%).
En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoaron en el año 2022 un total de 986 (aumento del 14,1%) frente 864 a los incoados en el año 2021 (aumento del 9,37% en relación a 2020), 790 en 2020(disminución del 21,08%), 1.001 en 2019 (aumento del 57,9%) y 634 en 2018 (disminución del 5,1%).
En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoaron 252 en el año 2022 (aumento del 23,5%) frente a 204 incoados en al año 2021 (aumento del 10,27%), 185 en 2020 (disminución del 11,9%), 210 en 2019 (aumento del 19,31%) y 176 en 2018 (disminución del 14,6%).
1.1.3. Diligencias urgentes
En el conjunto de Aragón se incoaron en el año 2022 un total de 4.418 diligencias urgentes (aumento del 23,06%) frente a un total de 3.590 incoadas en 2021 (aumento del 24,78% respecto al año 2020), en 2020 se incoaron 2.877 (disminución del 28,36), 4.016 en 2019 (aumento del 10,69)% y 3.628 en 2018 (aumento del 3,4%).
En 2022: aumento del 23,06%.
En 2021: aumento del 24,78%.
En 2020: disminución del 28,36%.
En 2019: aumento del 10,69%.
En 2018: aumento del 3,4%.
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se incoaron en el año 2022 un total de 3.056 (aumento del 22,98%) frente a un total de 2.485 diligencias urgentes incoadas en 2021 (aumento del 27,5%), se incoaron 1.949 en 2020 (disminución del 25,5%), 2.616 en 2019 (disminución del 2,6%) y 2.685 en 2018 (aumento del 5,4%).
En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoaron en el año 2022 un total de 875 (aumento del 25,54%) frente a un 697 incoadas en 2021 (aumento del 18,94% respecto al año 2020), 586 en 2020 (disminución del 40,2%), 980 en 2019 (aumento del 82,5%) y 537 en 2018 (aumento del 0,6% respecto al año anterior)
En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoaron en el año 2022 un total de 487 diligencias urgentes (aumento del 19,36%) frene a 408 incoadas en 2021 (aumento del 19,3% respecto al 2020), 342 en 2020 (disminución del 18,6%), 420 en 2019 (aumento del 3,44%) y 406 en 2018 (disminución del 4,5% en relación al 2017).
1.1.4. Delitos leves
En el conjunto de Aragón se incoaron en el año 2022 un total de 14.146 delitos leves (aumento del 13,92%) frente de 12.418 delitos leves incoados en el año 2021 (aumento del 6,25% en relación al 2020), 11.688 en 2020 (aumento del 0,47%), 11.633 en 2019 (aumento del 31,17%) y 8.868 en 2018 (disminución del 14,69% en relación al año 2017).
En 2020: aumento del 13,92%.
En 2021: aumento del 6,25%.
En 2020: aumento del 0,47%.
En 2019: aumento del 23,98%.
En 2018: disminución del 14,69%.
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se incoaron 11.726 delitos leves en el año 2022 (aumento del 11,85%) frente a un total 10.484 delitos leves incoados en 2021 (aumento del 6,18% en relación a 2020), 9.874 en 2020 (aumento del 5,8%), 9.331 en 2019 (aumento del 22,1%) y 7.640 en 2018 (disminución del 11,4%).
En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoaron en el año 2022 un total de 1.669 delitos leves (aumento del 8,87%) frente a 1.533 incoados en 2021 (aumento del 19,77% en relación al año 2020), 1280 incoados en 2020 (disminución del 23,35%), 1.670 en 2019 (aumento del 70,41%) y 980 en 2018 (disminución del 16,8%).
En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoaron en el año 2022 se incoaron 751 delitos leves (aumento del 87,3%) frente a un total de 401 incoados en 2021 (disminución del 24,91%), 534 incoados en 2020 (disminución del 15,5%), 632 en 2019 (aumento del 154%) y 248 en 2018 (disminución del 59,7%).
1.1.5. Sumarios
En el conjunto de Aragón se incoaron en el año 2022 un total de 68 sumarios (aumento del 19,3%) frente a un total de 57 incoados en el año 2021 (aumento del 62,86 en relación al 2020), 35 en el año 2020 (disminución del 55,7%), 79 en 2019 (aumento del 154%) y 31 en 2018 (disminución del 18,42%).
En 2022: aumento del 19,3%.
En 2021: aumento del 62,86%.
En 2020: disminución del 55,7%.
En 2019: aumento del 154%.
En 2018: disminución del 18,42%.
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se incoaron 40 sumarios en el año 2022 (aumento del 29,03%) frente a un total de 31 sumarios incoados en 2021(aumento del 40,91%, en relación a 2020), 22 en 2020 (disminución del 55,1%), 49 en 2019 (aumento del 133%) y 21 en 2018 (disminución del 32,3%).
En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoaron un total de 21 procedimientos sumarios en el año 2022 (aumento de 5%) frente a un total de 20 sumarios incoados en el año 2021 (aumento del 150%, en relación a 2020), 8 en 2020 (disminución del 55,6%), 18 en 2019 (aumento del 200%) y 6 en 2018 (aumento del 20%).
En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoaron en el año 2022 un total de 7 procedimientos sumarios (aumento del 16,67%) frente un total de 6 sumarios incoados en 2021 (aumento del 20% en relación al año 2020), 5 en 2020 (disminución del 58,3%), 12 en 2019 (aumento del 300%) y 4 en 2018 (aumento del 100%).
1.1.6. Tribunal del Jurado
En el conjunto de Aragón se incoaron en el año 2022 un total de 14 procedimientos del Tribunal del Jurado (disminución del 30%), frente a un total de un total de 20 procedimientos del Tribunal del Jurado incoados en 2021 (aumento del 122,22% en relación al 2020), 9 en 2020 (aumento del 12,5%), 8 en 2019 (aumento del 100%) y 4 en 2018 (disminución del 42,8%).
En 2022: disminución del 30%.
En 2021: aumento del 122,22%.
En 2020: aumento del 12,5%.
En 2019: aumento del 100%.
En 2018: disminución del 42,8%.
En la Provincia de Zaragoza se incoaron en el año 2022 un total de 7 procedimientos del Tribunal del Jurado, frente a 11 incoados en 2021, 2 en 2020, 2 en 2019 y 2 en 2018.
En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoaron en el año 2022 un total de 4 procedimientos del Tribunal del Jurado, frente a 6 incoados en el año 2021, 5 en 2020, 5 en 2019 y 1 en 2018.
En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoaron en 2022 un total de 3 procedimientos del Tribunal del Jurado igual número que en 2021, 2 en 2020, 1 en 2019 y 1 en 2018.
1.1.7. Escritos de calificación
En el conjunto de Aragón, los Fiscales formularon en 2022 un total de 6.779 (incremento del 16,22%) frente a 5.833 en 2021 (aumento del 17,98%, respecto al año 2020), 4.944 en 2020 (disminución del 9,85%), 5.484 en 2019 (disminución del 12,67%) y 6.280 en 2018 (aumento del 0,7%).
En 2022: aumento del 16,22%.
En 2021: aumento del 17,98%.
En 2020: disminución del 12,67%.
En 2019: disminución del 12,67%.
En 2018: aumento del 0,7%.
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, los Fiscales formularon en 2022 un total de 5.064 (incremento del 13,57%), frente a 4.459 escritos de calificación formulados en 2021 (aumento del 24,21%), 3590 en 2020 (disminución del 11,97%), 4.078 en 2019 (disminución del 14,91%) y 4.793 en 2018 (aumento del 0,7%).
En la Fiscalía Provincial de Huesca, los Fiscales formularon en 2022 un total de 1.146 de escritos de calificación (16,46%) frente a un total de 984 escritos formulados en 2021 (aumento del 3,47%), 951 en 2020 (aumento del 1,93%), 933 en 2019 (disminución del 5,66%) y 989 en 2018 (disminución del 1,59%).
En la Fiscalía Provincial de Teruel los Fiscales formularon en 2022 un total de 569 escritos de calificación (incremento del 45,9%), frente a 390 escritos de calificación formulados en 2021 (disminución del 3,23% en relación a 2020), 403 en 2020 (disminución del 11,48%), 473 en 2019 (disminución del ¬5,02%) y 498 en 2018 (aumento del 4,1%).
1.1.8. Medidas cautelares
En el conjunto de Aragón, durante el año 2022 por el Ministerio Fiscal se formularon un total de 344 solicitudes de prisión provisional sin fianza (disminución de 11,79%), frente a un total de 390 solicitudes formuladas en 2021 (aumento del 37,81%), 283 en 2020 (disminución del 14,5%), 331 en 2019 (disminución del 1,19%) y 335 en 2018 (disminución del 1,47%).
En 2022: disminución del 11,79%.
En 2021: aumento del 37,81%.
En 2020: disminución del 14,5%.
En 2019: disminución del 1,19%.
En 2018: disminución del 1,47%.
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza durante el año 2022 se formularon un total de 221 solicitudes de prisión provisional (disminución del 9,8%), frente a 245 instadas en 2021 (aumento del 47,59% en relación a 2020), 166 en 2.200 (disminución del 14,87%), 195 en 2019 (disminución del 14,87%) y 218 en 2018 (disminución del 8,75%).
En la Fiscalía Provincial de Huesca durante el año 2022 se formularon por el Ministerio Fiscal un total de 70 peticiones de prisión provisional, (incremento del 22,81%), frente a 57 solicitudes en 2021(aumento del 42,5% en relación a 2020), 40 en 2020 (disminución del 29,82%), 57 en 2019 (disminución del 8,06%) y 62 en 2018 (aumento del 31,9%).
En la Fiscalía Provincial de Teruel, durante el año 2022 se formularon un total de 53 solicitudes de prisión provisional (disminución del 39,77%), frente a 88 formuladas en 2021 (incremento del 14,29% en relación al 2020), 77 en 2020 (aumento del 2,67%), 75 en 2019 (aumento del 36,36%) y 55 en 2018 (aumento del 34,14%).
1.1.9. Juicios
En el conjunto de Aragón durante el año 2022 los Fiscales asistieron a un total de 4.487 juicios por delito grave o menos grave (aumento del 5,73%), frente a 4.244 juicios en 2021 (aumento del 28,92% en relación a 2020), 3.292 en 2020 (disminución del 5,62%), 3.488 en 2019 (disminución del 6,26%) y 3.721 en 2018 (disminución del 13,56%).
En 2022: aumento del 5,73%.
En 2021: aumento del 28,92%.
En 2020: disminución del 5,62%.
En 2019: disminución del 6,26%.
En 2018: disminución del 13,56%.
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, durante el año 2022 los Fiscales asistieron a 3.516 juicios (aumento del 6,58%), frente a 3.299 juicios en 2021 (aumento del 27,13% en relación a 2020), 2595 en 2020 (disminución del 0,42%), 2.606 en 2019 (disminución del 13,82%) y 3.024 en 2018 (disminución del 11,91%).
De dichos juicios, se celebraron en los Juzgados de lo Penal 3.288 juicios, frente a 3.087 juicios en 2021, 2.459 en 2020, 2.366 en 2019 y 2.854 en 2018.
Y se celebraron en la Audiencia Provincial 228, frente a 212 juicios 2021,136 en 2020, 240 en 2019 y 170 en 2018.
En la Fiscalía Provincial de Huesca, durante el año 2022, los Fiscales asistieron a 748 juicios, (disminución del 1,32%), frente a 758 en 2021 (aumento del 45,24%, en relación a 2020), 515 en 2020 (disminución del 21,97%), 660 en 2019 (aumento del 9,09%) 605 en 2018.
De dichos juicios, se celebraron en los Juzgados de lo Penal 679, frente a 686 en 2021, 485 en 2020, 623 en 2019 y 568 en 2018.
Y se celebraron en la Audiencia Provincial 69 frente a 72 en 2021, 30 en 2020, 37 en 2019 y 37 en 2018.
En la Fiscalía Provincial de Teruel, durante el año 2022 los Fiscales asistieron a 223 juicios (aumento del 19,25%), frente a 187 en 2021(aumento del 2,75%), 182 en 2020 (disminución del 18,02%), 222 en 2019 (aumento del 141%) y 92 en 2018
De dichos juicios, se celebraron en los Juzgados de lo Penal 198 frente a 164 en 2.201, 159 en 2020, 212 en 2019 y 86 en 2018.
Y se celebraron en la Audiencia Provincial 25 frente a 23 en 2021, 23 en 2020, 11 en 2019 y 6 en 2018.
1.1.10. Sentencias de los Juzgados de lo Penal y las Audiencias
En el conjunto de Aragón el número de sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal durante el año 2022 ascendió a 3.399 (disminución del 26,56%), frente a 4.628 en 2021 (aumento del 52,34%, en relación a 2020), 3.038 en 2020 (disminución del 17,18%), 3.668 en 2019 aumento del 0,74%) y 3.641 en 2018 (disminución del 9,58%).
En 2022: disminución del 26,56%.
En 2021: aumento del 52,34%.
En 2020: disminución del 17,18%.
En 2019: disminución del 0,74%.
En 2018: disminución del 9,58%.
En el conjunto de Aragón el número de sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales durante el año 2022 ascendió a un total de 261 (disminución del 15,53%), frente a 309 en 2021 (aumento del 19,77% en relación a 2020), 258 del 2020 (disminución del 34,68%), 395 en 2019 (aumento del 69,52%) y 233 en 2018 (disminución del 22,33%).
En 2022: disminución del 15,53%.
En 2021: aumento del 19,77%.
En 2020: disminución del 34,68%.
En 2019: aumento del 69,52%.
En 2018: disminución del 22,33%.
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, el número de sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal durante el año 2022 fue de 2.618 (disminución de 30,19%) frente a 3.750 en 2021 (aumento del 58,63% en relación a 2020), 2.364 en 2020 (disminución del 19,48%), 2.936 en 2019 (disminución del 0,2) y 2.943 en 2018 (disminución del 8,65%).
Y las sentencias dictadas en 2022 por la Audiencia Provincial ascendieron a 170 (diminución del 20,56%), frente a 214 en 2021 (aumento del 9,74%), 195 en 2020 (disminución del 41,27%), 332 en 2019 (aumento del 25,75%) y 178 en 2018 (disminución del 23,93%).
En la Fiscalía Provincial de Huesca, el número de sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal durante el año 2020 ascendió a un total de 582 (disminución de 18,94%), frente a 718 en 2021 (aumento del 49,58% en relación a 2020), 480 en 2020 (disminución del 3,37%), 505 en 2019 (disminución del 7,89%) y 548 en 2018 (disminución del 9,42%).
Y las sentencias dictadas en 2022 por la Audiencia Provincial ascendieron a 66 (disminución de 2,94%) frente a 68 en 2021 (aumento del 74,36% en relación a 2020), 39 en 2020 (disminución del 18,37%), 49 en 2019 (aumento del 22,54%) y 40 en 2018 (disminución del 2,5%).
En la Fiscalía Provincial de Teruel, el número de sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal durante el año 2022 ascendió a un total de 199 (aumento de 24,38%), frente a 160 en 2021 (disminución del 12,57% en relación a 2020), 183 en 2020 (disminución del 18,06%), 227 en 2019 (aumento del 50,66%) y 150 en 2018 (disminución del 25%).
Y las sentencias dictadas en 2022 por la Audiencia Provincial ascendieron a 25 (disminución de 7,4%), frente a 27 en 2021 (aumento del 17,39%), 23 en 2020 (disminución del 4,17%), 24 en 2019 (aumento del 60%) y 15 en 2018 (disminución del 37,5%).
1.1.11. Diligencias de investigación
En el conjunto de Aragón, se incoaron en 2022 un total de 137 (aumento del 9,6%), frente a las 125 diligencias de investigación incoadas en 2021 (disminución del 32,8%), 186 en 2020 (disminución del 4,62%), 195 en 2019 (aumento del 3,72%) y 188 en 2018 (disminución del 38,06%).
En 2022: aumento del 9,6%.
En 2021: disminución del 32,8%.
En 2020: disminución del 4,62%.
En 2019: aumento del 3,72%.
En 2018: disminución del 38,06%.
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, se incoaron en 2022 un total de 80 diligencias de investigación (aumento del 3,9%) frente a 77 de 2021(disminución del 26,67%), 105 en 2020 (disminución del 11,76%), 119 en 2019 (aumento del 3,47%) y 115 en 2018 (disminución del 11,5%).
En la Fiscalía Provincial de Huesca, se incoaron en 2022 un total de 30 diligencias de investigación (aumento del 25%) frente a 24 de 2021 (disminución del 31,43%), 35 en 2020 (disminución del 27,08%), 48 en 2019 (aumento del 23,07%) y 39 en 2018 (disminución del 4,9%).
En la Fiscalía Provincial de Teruel, se incoaron en 2022 un total de 27 diligencias de investigación (aumento del 12,5%), frente a 24 en 2021 (disminución del 47,83%), 46 en 2020 (aumento del 58,62%), 29 en 2019 (disminución del 17,64%) y 34 en 2018 (aumento del 6,3%).
1.1.12. Ejecutorias: organización del servicio y efectivo control de la ejecución
En el conjunto de Aragón, se despacharon en 2022 un total de 530 ejecutorias ante la Audiencia Provincial (aumento del 3,72%), frente a 511 en 2021 (aumento del 9,19% en relación a 2020), 468 en 2020 (disminución del 15,52%), 554 en 2019 (disminución del 26,52) y 754 en 2018 (aumento del 9,27%).
En 2022: aumento del 3,72%.
En 2021: aumento del 9,19%.
En 2020: disminución del 15,52%.
En 2019: disminución del 26,52%.
En 2018: aumento del 9,27%.
En el conjunto de Aragón, se despacharon en 2022 un total de 6.476 ejecutorias ante los Juzgados de lo Penal (aumento del 6,65%), frente a 6.072 en 2021 (aumento del 14,54% en relación a 2020), 5.301 en 2020 (disminución del 17,55%), 6.429 en 2019 (disminución del 28,40%) y 8.980 en 2018 (disminución del 4,92%).
En 2022: aumento del 6,65%.
En 2021: aumento del 14,54%.
En 2020: disminución del 17,55%.
En 2019: disminución del 28,40%.
En 2018: disminución del 4,92%.
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se despacharon en 2022 un total de 350 ejecutorias ante la Audiencia Provincial (aumento del 0,57%), frente a 348 en 2021 (aumento del 21,68% en relación a 2020), 286 en 2020, 353 en 2019 y 573 en 2018. Y un total de 4768 ejecutorias ante los Juzgados de lo Penal, frente a 4.282 en 2021, 3.432 en 2020 4.096 en 2019 y 7.010 en 2018.
En la Fiscalía Provincial de Huesca se despacharon en 2022 un total de 139 ejecutorias ante la Audiencia Provincial (aumento del 20,87%), frente a 115 en 2021, 115 en 2020 (igual que en 2021), 137 en 2,019 y 135 en 2018. Y un total de 1.219 ejecutorias ante los Juzgados de lo Penal, frente a 1.281 en 2021, 1.325 en 2020, 1.557 en 2019 y 1.732 en 2018.
En la Fiscalía Provincial de Teruel se despacharon en 2022 un total de 41 ejecutorias ante la Audiencia Provincial (disminución del 14,6%), frente a 48 en 2021 (disminución del 28,36%), 67 en 2020, 64 en 2019 y 46 en 2018. Y un total de 489 ejecutorias ante los Juzgados de lo Penal, frente a 509 en 2021, 544 en 2020, 776 en 2019 y 238 en 2018.
1.2. Evolución de la criminalidad
1.2.1. Vida e integridad
1.2.1.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos del año 2022:
Homicidios y asesinatos: 3 sumarios, (5 en 2021), (11 en 2020), (8 en 2019), (4 en 2018); 7 procedimientos de jurado (8 en 2021), (3 en 2020), (3 en 2019) y (1 en 2018).
En 2022: disminución del 40%.
En 2021: disminución del 54,55%.
En 2020: aumento del 37,54%.
En 2019: aumento del 220%.
En 2018: disminución del 61,54%.
Homicidios por imprudencia: 32 diligencias previas (30 en 2021), (34 en 2020), (35 en 2019) y (31 en 2018).
En 2022: aumento del 6,67%.
En 2021: disminución del 11,76%.
En 2020: disminución del 2,86%.
En 2019: aumento del 12,9%.
En 2018: disminución del 24,39%.
Lesiones dolosas: 15.998 diligencias previas, (15.463 en 2021), (13.067 en 2020), (15.235 en 2019), (14.589 en 2018); 155 diligencias urgentes (144 en 2021), (98 en 2020), (75 en 2019) y (83 en 2018); 556 procedimientos abreviados, (539 en 2021), (391 en 2020), (418 en 2019) y (322 en 2018).
En 2022: aumento 3,46%.
En 2021: aumento del 18,34%.
En 2020: disminución del 14,23%.
En 2019: aumento del 4,42%.
En 2018: disminución del 5,39%.
Lesiones por imprudencia: 6.208 diligencias previas (7.092 en 2021), (6.542 en 2020) (9.201 en 2019) y (6.451 en 2018); 55 procedimientos abreviados, (59 en 2021), (102 en 2020), (42 en 2019) y (53 en 2018). Se calcula sobre los procedimientos abreviados pues el dato de diligencias previas puede englobar supuestos que no se corresponden con el tipo delictivo examinado.
En 2022: disminución del 6,78%.
En 2021: aumento del 8,41%.
En 2020: disminución del 28,9%.
En 2019: disminución del 20,75%.
En 2018: aumento del 3,92%.
1.2.1.2. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza los datos del año 2022 son los siguientes:
Homicidios y asesinatos:3 sumarios (1 en 2021), (7 en 2020), (6 en 2019) y (1 en 2018); (6 procedimientos de jurado, (6 en 2021), (1 en 2020), (2 en 2019) y (1 en 2018).
Homicidios por imprudencia: 21 diligencias previas (28 en 2021), (18 en 2020), (22 en 2019) y (6 en 2018).
Lesiones dolosas: 12.801 diligencias previas, (12.609 en 2021), (10.467 en 2020), (12.550 en 2019) y (13.461 en 2018); 135 diligencias urgentes, (108 en 2021), (66 en 2020), (63 en 2019) y (39 en 2018); 459 procedimientos abreviados, (440 en 2021), (288 en 2020), (299 en 2019) y (308 en 2018).
Lesiones por imprudencia: 4.592 diligencias previas (5.375 en 2021), (5.108 en 2020), (7.386 en 2019) y (4.954 en 2018); 38 procedimientos abreviados, (37 en 2021) (22 en 2020), (28 en 2019) y (36 en 2018).
1.2.1.3. En la Fiscalía Provincial de Huesca los datos del año 2022 son los siguientes:
Homicidios y asesinatos: 0 sumarios, (0 en 2021), (2 en 2020), (0 en 2019) y (0 en 2018); 1 procedimiento de jurado (1 en 2021), (0 en 2020), (0 en 2019) y (0 en 2018).
Homicidios por imprudencia: 7 diligencias previas (0 en 2021), (13 en 2020), (5 en 2019) y (16 en 2018).
Lesiones dolosas: 1.516 diligencias previas, (1.857 en 2021), (1.906 en 2020), (1.759 en 2019) y (431 en 2018); 12 diligencias urgentes, (21 en 2021), (21 en 2020), (9 en 2019 y (32 en 2018); 63 procedimientos abreviados, (79 en 2021), (78 en 2020), (91 en 2019) y (60 en 2018).
Lesiones por imprudencia: 764 diligencias previas, (882 en 2021), (619 en 2020), (852 en 2019) y (232 en 2018); 8 procedimientos abreviados, (19 en 2021), (0 en 2020), (11 en 2019) y (16 en 2018).
1.2.1.4. En la Fiscalía Provincial de Teruel los datos del año 2022 son los siguientes:
Homicidios y asesinatos: 0 sumario, (4 en 2021), (2 en 2020), (2 en 2019) y (3 en 2018); 0 procedimiento de jurado, (1 en 2021), (2 en 2020), (1 en 2019) y (0 en 2018).
Homicidios por imprudencia: 4 diligencias previas, (2 en 2021), (3 en 2020), (8 en 2019) y (9 en 2018).
Lesiones dolosas: 1.681 diligencias previas, (997 en 2021), (694 en 2020), (703 en 2019) y (905 en 2018); 8 diligencias urgentes, (15 en 2021), (6 en 2019) y (12 en 2018); 34 procedimientos abreviados en 2022, (20 en 2021), (25 en 2020), (28 en 2019) y (8 en 2018).
Lesiones por imprudencia: 852 diligencias previas, (835 en 2021), (815 en 2020), (963 en 2019) y (1.309 en 2018); 9 procedimientos abreviados, (3 en 2021), (2 en 2020), (3 en 2019) y (1 en 2018).
1.2.2. Delitos de torturas y otros delitos contra la integridad moral cometidos por autoridad y funcionario público
1.2.2.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón: 1 procedimientos (11 en 2021), (0 en 2020), (2 en 2019) y (3 en 2018).
1.2.2.2. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza: 1 procedimientos (6 en 2021), (0 en 2020), (1 en 2019) y (2 en 2018).
1.2.2.3. En la Fiscalía Provincial de Huesca: 0 procedimientos (5 en 2021), (0 en 2020), (0 en 2019) y (0 en 2018).
1.2.2.4. En la Fiscalía Provincial de Teruel: 0 procedimientos, (0 en 2021), (0 en 2020) (1 en 2019) y (0 en 2018).
1.2.3. Libertad sexual
1.2.3.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos del año 2022:
Delitos contra la libertad sexual: 902 diligencias previas, (930 en 2021), (601 en 2020), (598 en 2019) y (545 en 2018); 123 procedimientos abreviados, (106 en 2021), (79 en 2020), (84 en 2019) y (67 en 2018).
En 2022: disminución del 3,01%.
En 2021: aumento del 54,74%.
En 2020: aumento del 0,5%.
En 2019: aumento del 9,72%.
En 2018: aumento del 15,8%.
De ellos, corresponden a agresiones sexuales los siguientes: 397 diligencias previas en 2021, (373 en 2021), (263 en 2020), (251 en 2019) y (195 en 2018); 26 procedimientos abreviados, (20 en 2021), (15 en 2020), (84 en 2019) y (5 en 2018).
En 2022: aumento del 5,36%.
En 2021: aumento del 41,83%.
En 2020: aumento del 4,78%.
En 2019: aumento del 28,71%.
En 2018: aumento del 19,63%.
1.2.3.2. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza los datos son los siguientes:
En 2022 se incoaron 720 diligencias previas, (769 en 2021), (472 en 2020), (488 en 2019) y (469 en 2018). De las mismas corresponden 344 a agresión sexual, (329 en 2021), (233 en 2020), (230 en 2019) y (188 en 2018).
En 2022 se incoaron 74 procedimientos abreviados, (76 en 2021), (59 en 2020), (59 en 2019) y (53 en 2018). De los cuales 19 por agresión sexual, (12 en 2021) (12 en 2020), (9 2n 2019) y (4 en 2018).
1.2.3.3. En la Fiscalía Provincial de Huesca los datos son los siguientes:
En 2022 se incoaron 122 diligencias previas (118 en 2021), (99 en 2020), (65 en 2019) y (53 en 2018). De las mismas corresponden 34 a agresión sexual, (35 en 2021), (22 en 2020), (12 en 2019) y (4 en 2018).
En 2022 se incoaron 41 procedimientos abreviados, (17 en 2020), (14 en 2020), (20 en 2019) y (9 en 2018), de los cuales 6 por agresión sexual, (4 en 2021) (1 en 2020), (3 en 2019) y (0 en 2018).
1.2.3.4. En la Fiscalía Provincial de Teruel los datos son los siguientes:
En 2022 se incoaron 60 diligencias previas (43 en 2021), (30 en 2020), (45 en 2019) y (23 en 2018). De las mismas corresponden 19 a agresión sexual, (9 en 2021), (8 en 2020), (9 en 2019) y (3 en 2018).
En 2022 se incoaron 8 procedimientos abreviados, (13 en 2021) (6 en 2020), (5 en 2019) y (5 en 2018). De ellos 1 por agresión sexual (4 en 2021) (2 en 2020), (0 en 2019) y (1 en 2018)
1.2.4. Violencia doméstica
Nos remitimos al apartado 5.1 “Violencia doméstica o de género” dentro de “5. Otras áreas especializadas”.
1.2.5. Relaciones familiares
1.2.5.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos en 2022: 448 diligencias previas (aumento del 7,43%) frente a 417 en 2021 (aumento del 1,21% respecto a 2020), 412 en 2020, (disminución del 14,35%), 481 en 2019 (disminución del 8,38%) y 525 en 2018 (disminución del 27,14%); 144 procedimientos abreviados, (180 en 2021) (103 en 2020), (145 en 2019) y (193 en 2018).
En 2022: aumento del 7,43%.
En 2021: aumento del 1,21%.
En 2020: disminución del 14,35%.
En 2019: disminución del 8,38%.
En 2018: disminución del 27,14%.
1.2.5.2. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza los datos son los siguientes: 350 diligencias previas, (308 en 2021), (330 en 2020), (384 en 2019) y (434 en 2018); 121 procedimientos abreviados, (141 en 2021), (81 en 2020), (122 en 2019) y (174 en 2018).
1.2.5.3. En la Fiscalía Provincial de Huesca los datos son los siguientes: 47 diligencias previas, (61 en 2021), (54 en 2020), (62 en 2019) y (73 en 2018); 11 procedimientos abreviados, (25 en 2021) (16 en 2020), (23 en 2019) y (12 en 2018).
1.2.5.4. En la Fiscalía Provincial de Teruel los datos son los siguientes: 51 diligencias previas, (48 en 2021), (28 en 2020), (35 en 2019) y (18 en 2018); 12 procedimientos abreviados, (14 en 2021) (6 en 2020), (0 en 2019) y (7 en 2018).
1.2.6. Patrimonio y orden socioeconómico
1.2.6.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos en 2022:
Hurto: 1.821 diligencias previas (1.620 en 2021), (1.384 en 2020), (1.747 en 2019) y (2010 en 2018); 82 diligencias urgentes, (36 en 2021), (29 en 2020), (36 en 2019) y (81 en 2018); 266 procedimientos abreviados (243 en 2021), (218 en 2020), (267 en 2019) y (256 en 2018).
En 2022: aumento del 12,41%.
En 2021: aumento del 17,05%.
En 2020: disminución del 20,78%.
En 2019: disminución del 13,08%.
En 2018: aumento del 41,44%.
Robo con fuerza en las cosas: 1.139 diligencias previas, (1.230 en 2021), (1.023 en 2020), (1.293 en 2019) y (1.458 en 2018); 22 diligencias urgentes, (15 en 2021), (9 en 2020), (12 en 2019) y (16 en 2018); 326 procedimientos abreviados (343 en 2021), (243 en 2020), (279 en 2019) y (242 en 2018).
En 2022: disminución del 7,4%.
En 2021: aumento del 20,23%.
En 2020: disminución del 20,88%.
En 2019: disminución del 11,31%
En 2018: aumento del 23,45%.
Robo con fuerza en casa habitada: 214 diligencias previas, (240 en 2021), (176 en 2020), (158 en 2019) y (146 en 2018); 2 diligencias urgentes, (1 en 2021), (0 en 2020), (0 en 2019) y (0 en 2018); 75 procedimientos abreviados, (58 en 2021) (63 en 2020), (51 en 2019) y (63 en 2018).
En 2022: disminución del 10,83%.
En 2021: aumento del 36,36%.
En 2020: aumento del 11,39%.
En 2019: aumento del 8,21%.
En 2018: disminución del 21,92%.
Robo con violencia o intimidación: 972 diligencias previas, (651 en 2021), (486 en 2020), (641 en 2019) y (542 en 2018); 19 diligencias urgentes, (2 en 2021), (3 en 2020), (7 en 2019) y (6 en 2018); 254 procedimientos abreviados, (202 en 2021), (203 en 2020) (177 en 2019) y (148 en 2018).
En 2022: aumento del 49,31%.
En 2021: aumento del 33,95%.
En 2020: disminución del 24,18%.
En 2019: aumento del 18,26%.
En 2018: disminución del 28,68%.
Estafa: 2.344 diligencias previas, (2.273 en 2021), (1.638 en 2020), (1.700 en 2019) y (2062 en 2018); 20 diligencias urgentes, (17 en 2021), (12 en 2020), (13 en 2019) y (9 en 2018); 401 procedimientos abreviados, (342 en 2021), (227 en 2020), (231 en 2019) y (330 en 2018).
En 2022: aumento del 3,12%.
En 2021: aumento del 38,77%.
En 2020: aumento del 3,65%.
En 2019: disminución del 17,55%.
En 2018: aumento del 39,13%.
Apropiación indebida: 564 diligencias previas, (553 en 2021), (492 en 2020), (487 en 2019) y (477 en 2018); 6 diligencias urgentes, (4 en 2021), (4 en 2020), (4 en 2019) y (5 en 2018); 194 procedimientos abreviados, (95 en 2021), (79 en 2020), (95 en 2019) y (90 en 2018).
En 2022: aumento del 1,99%.
En 2021: aumento del 12,4%.
En 2020: aumento del 1,03%.
En 2019: aumento del 2,09%.
En 2018 aumento del 5,29%.
1.2.6.2. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza los datos en 2022 son los siguientes:
Hurto: 1.476 diligencias previas, (1.336 en 2021), (1.193 en 2020), (1.405 en 2019) y (1.783 en 2018); 67 diligencias urgentes (29 en 2021), (24 en 2020), (30 en 2019) y (27 en 2018); 224 procedimientos abreviados (204 en 2021), (196 en 2020), (200 en 2019) y (226 en 2018).
Robo con fuerza en las cosas: 879 diligencias previas, (996 en 2021), (788 en 2020), (1.018 en 2019) y (1.319 en 2018); 10 diligencias urgentes, (7 en 2021), (2 en 2020), (8 en 2019) y (10 en 2018); 265 procedimientos abreviados, (271 en 2021), (188 en 2020), (209 en 2019) y (210 en 2018).
Robo con fuerza en casa habitada: 190 diligencias previas, (219 en 2021), (154 en 2020), (134 en 2019) y (112 en 2018); 1 diligencias urgentes, (1 en 2021), (0 en 2020), (0 en 2019) y (0 en 2018); 63 procedimientos abreviados, (48 en 2021), (55 en 2020), (39 en 2019) y (61 en 2018).
Robo con violencia o intimidación: 909 diligencias previas, (609 en 2021), (450 en 2020), (542 en 2019) y (500 en 2018); 15 diligencias urgentes, (2 en 2021), (3 en 2020), (6 en 2019) y (4 en 2018); 236 procedimientos abreviados, (190 en 2021), (189 en 2020), (166 en 2019) y (138 en 2018).
Estafa: 1.912 diligencias previas, (1.813 en 2021), (1.332 en 2020), (1.366 en 2019) y (1.686 en 2018); 18 diligencias urgentes, (14 en 2021), (3 en 2020), (10 en 2019) y (4 en 2018); 328 procedimientos abreviados, (286 en 2021), (188 en 2020), (178 en 2019) y (284 en 2018).
Apropiación indebida: 428 diligencias previas, (423 en 2021), (414 en 2020), (400 en 2019) y (349 en 2018); 3 diligencias urgentes, (3 en 2021), (1 en 2020), (4 en 2019), (2 en 2018); 66 procedimientos abreviados (80 en 2021), (62 en 2020), (86 en 2019) y (75 en 2018).
1.2.6.3. En la Fiscalía Provincial de Huesca los datos en 2022 son los siguientes:
Hurto: 243 diligencias previas, (195 en 2021), (116 en 2020), (266 en 2019) y (438 en 2018); 7 diligencias urgentes, (3 en 2021), (1 en 2020), (6 en 2019) y (45 en 2018); 35 procedimientos abreviados, (28 en 2021), (14 en 2020), (24 en 2019) y (20 en 2018).
Robo con fuerza en las cosas: 181 diligencias previas, (159 en 2021), (163 en 2020), (186 en 2019) y (213 en 2018); 5 diligencias urgentes, (4 en 2021), (5 en 2020, (2 en 2019) y (3 en 2018); 46 procedimientos abreviados, (56 en 2021), (43 en 2020), (47 en 2019) y (25 en 2018).
Robo con fuerza en casa habitada: 19 diligencias previas, (15 en 2021), (13 en 2020), (19 en 2019) y (25 en 2018); 0 diligencias urgentes, (0 en 2021), (0 en 2020), (0 en 2019) y (0 en 2018); 12 procedimientos abreviados (8 en 2021) (5 en 2020) (9 en 2019) y (1 en 2018).
Robo con violencia o intimidación: 44 diligencias previas, (24 en 2021), (25 en 2020), (42 en 2019) y (25 en 2018); 0 diligencias urgentes, (0 en 2021), (0 en 2020), (0 en 2019) y (0 en 2018); 15 procedimientos abreviados (10 en 2021), (6 en 2020), (8 en 2019) y (7 en 2018).
Estafa: 255 diligencias previas, (265 en 2021), (181 en 2020), (232 en 2019) y (335 en 2018); 1 diligencias urgentes, (1 en 2021), (7 en 2020), (1 en 2019) y (1 en 2018); 45 procedimientos abreviados, (38 en 2021), (23 en 2020), (35 en 2019) y (24 en 2018).
Apropiación indebida: 86 diligencias previas, (83 en 2021), (49 en 2020), (66 en 2019) y (83 en 2018); 2 diligencias urgentes, (1 en 2021), (0 en 2020), (0 en 2019) y (0 en 2018); 123 procedimientos abreviados, (12 en 2021), (12 en 2020), (5 en 2019) y (9 en 2018).
1.2.6.4. En la Fiscalía Provincial de Teruel los datos en 2022 son los siguientes:
Hurto: 102 diligencias previas, (89 en 2021), (75 en 2020), (76 en 2019) y (89 en 2018); 8 diligencias urgentes, (4 en 2021), (4 en 2020), (0 en 2019) y (9 en 2018); 7 procedimientos abreviados, (11 en 2021), (8 en 2020), (13 en 2019) y (10 en 2018).
Robo con fuerza en las cosas: 79 diligencias previas, (75 en 2021), (72 en 2020), (89 en 2019) y (76 en 2018); 7 diligencias urgentes, (4 en 2021), (2 en 2020), (2 en 2019) y (3 en 2018); 15 procedimientos abreviados, (16 en 2021), (12 en 2020), (23 en 2019) y (7 en 2018).
Robo con fuerza en casa habitada: 5 diligencias previas, (6 en 2021), (9 en 2020), (5 en 2019) y (9 en 2018); 1 diligencias urgentes, (0 en 2021), (0 en 2020), (0 en 2019) y (0 en 2018); 0 procedimientos abreviados, (16 en 2021), (3 en 2020), (3 en 2019) y (1 en 2018).
Robo con violencia o intimidación: 19 diligencias previas, (18 en 2021), (11 en 2020), (15 en 2019) y (17 en 2018); 4 diligencias urgentes, (0 en 2021), (0 en 2020), (1 en 2019) y (2 en 2018); 3 procedimientos abreviados, (2 en 2021), (8 en 2020), (3 en 2019) y (3 en 2018).
Estafa: 177 diligencias previas, (195 en 2021), (125 en 2020), (102 en 2019) y (141 en 2018); 1 diligencias urgentes, (2 en 2021), (2 en 2020), (2 en 2019) y (4 en 2018); 28 procedimientos abreviados, (18 en 2021), (16 en 2020), (18 en 2019) y (22 en 2018).
Apropiación indebida: 50 diligencias previas, (47 en 2021), (29 en 2020), (21 en 2019) y (45 en 2018); 1 diligencias urgentes, (0 en 2021), (3 en 2020), (0 en 2019) y (3 en 2018); 5 procedimientos abreviados, (3 en 2021), (5 en 2020), (4 en 2019) y (6 en 2018).
1.2.7. Administración Pública
1.2.7.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos de 2022: 53 diligencias previas (disminución del 17,19%), frente a 64 en 2021 (disminución del 13,51%), 74 en 2020 (disminución del 2,63%), 76 en 2019 (aumento del 20,63%) y 63 en 2018 (aumento del 16,66%); 27 procedimientos abreviados, (44 en 2021), (23 en 2020), (8 en 2019) y (13 en 2018); 26 diligencias de investigación en Fiscalía (11 en 2021), (17 en 2020), (22 en 2019) y (21 en 2018).
En 2022: disminución del 17,19%.
En 2021: disminución del 13,51%.
En 2020: disminución del 2,63%.
En 2019: aumento del 20,63%.
En 2018: aumento del 16,66%.
1.2.7.2. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza los datos de 2022 son los siguientes: 20 diligencias previas, (21 en 2021), (32 en 2020), (34 en 2019) y (36 en 2018); 20 procedimientos abreviados, (36 en 2021), (14 en 2020), (1 en 2019) y (6 en 2018); 15 diligencias de investigación en Fiscalía, (9 en 2021), (14 en 2020), (18 en 2019) y (8 en 2018).
1.2.7.3. En la Fiscalía Provincial de Huesca los datos de 2022 son los siguientes: 21 diligencias previas, (27 en 2021), (32 en 2020), (31 en 2019) y (13 en 2018); 7 procedimientos abreviados, (5 en 2021), (7 en 2020), (6 en 2019) y (6 en 2018); 0 diligencias de investigación en Fiscalía, (2 en 2021), (2 en 2020), (0 en 2019) y (0 en 2018).
1.2.7.4. En la Fiscalía Provincial de Teruel los datos de 2022 son los siguientes: 12 diligencias previas, (16 en 2021), (10 en 2020), (11 en 2019) y (14 en 2018); 0 procedimientos abreviados, (3 en 2021), (2 en 2020), (1 en 2019) y (1 en 2018); 11 diligencias de investigación en Fiscalía, (0 en 2021), (1 en 2020), (4 en 2019) y (13 en 2018).
1.2.8. Administración de Justicia
1.2.8.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón, se observa un incremento general de estos tipos delictivos, en especial de los delitos de quebrantamiento de condena o medida cautelar.
En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos del año 2022, referidos a diligencias previas incoadas:
Acusación o denuncia falsas: 62 diligencias previas (61 en 2021, 69 en 2020, 85 en 2019 y 51 en 2018).
Simulación de delito: 49 diligencias previas (44 en 2021, 45 en 2020, 124 en 2019 y 44 en 2018).235
Falso testimonio: 29 diligencias previas (33 en 2021, 34 en 2020, 27 en 2019 y 24 en 2018).
Quebrantamiento de condena o medida cautelar: 1.373 diligencias previas (1.180 en 2021, 1.104 en 2020, 1.219 en 2019 y 705 en 2018).
1.2.8.2. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza
Los delitos contra la Administración de Justicia han aumentado un 11,26%, al haberse pasado de los 1.118 de 2021, a los 1.255 del año 2022.
Los datos de 2022 a reseñar son los siguientes:
Acusación o denuncia falsas: 46 diligencias previas (52 en 2021,48 en 2020, 68 en 2019 y 38 en 2018).
Simulación de delito: 33 diligencias previas (30 en 2021, 39 en 2020, 111 en 2019 y 33 en 2018).
Falso testimonio: 20 diligencias previas (27 en 2021, 27 en 2022, 20 en 2019 y 17 en 2018).
Quebrantamiento de condena o medida cautelar: 1.135 diligencias previas (993 en 2021, 934 en 2020, 1.013 en 2019 y 655 en 2018).
1.2.8.3. En la Fiscalía Provincial de Huesca
Se constata un incremento de las diligencias previas incoadas por estos tipos delictivos, un total 200 en el año 2022 frente a las 147 del año anterior (aumento del 36,05%).
Los datos de 2022 a señalar son los siguientes:
Acusación o denuncia falsas: 14 diligencias previas (6 en 2021,14 en 2020, 13 en 2019 y 10 en 2018)
Simulación de delito: 11 diligencias previas, (10 en 2021, 4 en 2020, 9 en 2019 y 10 en 2018)
Falso testimonio: 9 diligencias previas (2 en 2021, 7 en 2020, 6 en 2019, 4 en 2018).
Quebrantamiento de condena o medida cautelar: 160 (125 en 2021, 125 en 2020, 158 en 2019 y 114 en 2018).
1.2.8.4. En la Fiscalía Provincial de Teruel
En el año 2022 se han incoado 91 diligencias previas, de las cuales:
Acusación o denuncia falsas: 2 diligencias previas, (3 en 2021, 7 en 2020, 4 en 2019 y 3 en 2018).
Simulación de delito: 5 diligencias previas, (4 en 2021, 2 en 2020, 4 en 2019 y 1 en 2018).
Falso testimonio: 0 diligencias previas, (4 en 2021, 0 en 2020, 1 en 2019 y 1 en 2018.
Quebrantamiento de condena o medida cautelar: 78 diligencias previas, (62 en 2021, 45 en 2020, 48 en 2019 y 46 en 2018).
1.2.9. Hacienda pública
1.2.9.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón:
Diligencias previas: 16 en 2022 (aumento del 77,78%), 9 en 2021,10 en 2020, 17 en 2019 y 26 en 2018.
1.2.9.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza:
Diligencias previas:16 en 2022 (aumento del 128,57%), 7 en 2021,9 en 2020 , 6 en 2019 y 6 en 2018.
1.2.9.3. Fiscalía Provincial de Huesca:
Diligencias Previas: 0 en 2022 (disminución del 100%),2 en 2021,0 en 2020 (aumento del 200%), 8 en 2019 y 19 en 2018.
1.2.9.4. Fiscalía Provincial de Teruel:
Diligencias Previas: 0 en 2022, 0 en 2021,1 en 2020, 3 en 2019 y 1 en 2018.
1.2.10. Salud pública
1.2.10.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón:
Diligencias previas con grave daño:105 en 2022 (disminución del 25,53%) frente a 141 en 2021 (aumento del 11,9% en relación a 2020), 126 en 2020 (disminución del —5,97%) 134 en 2019 (disminución del 39,63%) y 222 en 2018 (aumento del 18,29%).
Diligencias previas sin grave daño:155 (disminución del 3,23%) frente a 150 en 2021 (aumento del 32,74%), 113 en 2020 (aumento del 4,63%), 108 en 2019 (disminución del 45,17%) y 197 en 2018 (aumento del 11,56%).
1.2.10.2. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza:
Diligencias previas con grave daño:74 (disminución del 31,48%) frente a 108 en 2021 (aumento del 13,68%), 95 en 2020 (disminución del 17,39%), 115 en 2019 (disminución del 57,21%) y 201 en 2018 (disminución del 37,5%).
Diligencias previas sin grave daño: 69 (disminución del 11,78%) frente a 78 en 2021 (aumento del 6,8%), 73 en 2020 (disminución del 13,1%), 84 en 2019 (disminución del 52,5%) y 160 en 2018 (aumento del 2,56%).
1.2.10.3. En la Fiscalía Provincial de Huesca:
Diligencias previas con grave daño: 20 (disminución del 16,67%) frente a 24 en 2021 (aumento del 26,3%), 19 en 2020 (aumento del 11,76%),17 en 2019 (disminución del 15%) y 20 en 2018 (aumento del 11,11%).
Diligencias previas sin grave daño: 51 (aumento del 50%)frente a 34 en 2021, (aumento del 36%), 25 en 2020 (aumento del 25%), 20 en 2019 (disminución del 37,5%) y 32 en 2018.
1.2.10.4. En la Fiscalía Provincial de Teruel:
Diligencias previas con grave daño: 11(aumento del 22,22%) frente a 9 en 2021 (disminución del 25%), (12 en 2020) (aumento del 500%), 2 en 2019 (aumento del 100%) y 1 en 2018 (disminución del 90,91%).
Diligencias previas sin grave daño: 35 (disminución del 7,89%) frente a 38 en 2021 (aumento del 153,3%),15 en 2020 (aumento del 275%), 4 en 2019 (disminución del 20%) y 5 en 2018 (disminución del 28,57%).
1.2.11. Delitos de odio y contra la discriminación
Nos remitimos al apartado 5.13 “Delitos de odio y contra la discriminación”, dentro de “5. Otras áreas especializadas”.
2. CIVIL
2.1. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza
En 2022 se han emitido 511 dictámenes en divorcios de mutuo acuerdo (519 en 2021,602 en 2020 y 602 en 2019), 18 en separaciones de mutuo acuerdo, 22 en 2021 y 0 en 2020, (26 en 2019), 373 en divorcios contenciosos (409 en 2021, 279 en 2020 y 279 en 2019) y 6 en separaciones contenciosas (1 en 2021,0 en 2020 y 4 en 2019).
En materia de incapacidades, se han incoado en 2022 un total de 246 diligencias pre procesales para valorar la procedencia de interponer o no demandas de incapacidad, (fueron 471 en 2021 y 465 en 2020). De estas diligencias pre procesales, 159 acabaron con interposición de demandas de modificación de la capacidad.
Respecto del Registro Civil, constan emitidos en 2022 un total de 128 informes: de estos 15 en expedientes de matrimonio civil, 12 de nacionalidad, 3 de filiación, 24 de cambio de nombre, 13 de cambio de sexo, 14 de nacimiento de fuera de plazo, 2 de adopción internacional, 13 de paternidad, 22 de inscripción de nacimiento de padres menores de edad, 7 de nacimiento fuera de España, 2 de capacidad matrimonial.
2.2. En la Fiscalía Provincial de Huesca
En materia de derecho de familia, consta que este año 2022 se han incoado con intervención del Fiscal 200 divorcios de mutuo acuerdo (215 en 2021, 173 en 2020), 92 divorcios contenciosos (98 en 2021, 86 en 2020), 54 rupturas de uniones de hecho contenciosas y 45 de mutuo acuerdo. En muchos de estos procedimientos se ha atribuido la custodia de los hijos menores de manera compartida a ambos progenitores.
En materia de incapacidades, se han incoado un total de 65 diligencias preprocesales para valorar la procedencia de interponer o no demandas de incapacidad, (fueron 149 en 2021, 158 en 2020, 156 en 2019). De estas diligencias preprocesales, 29 acabaron con interposición de demandas de modificación de la capacidad (130 en 2021,150 en 2020, 147 en 2019).
Respecto del Registro Civil, en la Memoria de la Fiscalía Provincial de Huesca se reflejan 486 informes emitidos en expedientes de matrimonio civil, 307 de nacionalidad y 172 de otro tipo.
2.3. En la Fiscalía Provincial de Teruel
En materia de derecho de familia, consta que este año se han incoado con intervención del Fiscal 98 divorcios de mutuo acuerdo (82 en 2021 y 83 en 2020), 3 separaciones de mutuo acuerdo (2 en 2021 y 3 en 2020) y 43 divorcios contenciosos (45 en 2021 y38 en 2020).
En materia de incapacidades, se han incoado un total de 122 diligencias preprocesales de discapacidad, de ellas 64 (56 en 2021,63 en 2020, 78 en 2019) terminaron con interposición de demanda de modificación de la capacidad.
Respecto del Registro Civil, constan emitidos 24 informes en expedientes de matrimonio civil (282 en 2021, 338 en 2021, 297 en 2020); 78 en expedientes de nacionalidad (155 en 2021, 311 en 2020) y 17 en otros expedientes (78 en 2021,192 en 2020, 94 en 2020).
3. Contencioso-administrativo
3.1. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza
Se emitieron 101 dictámenes en cuestiones de competencia, fueron 125 dictámenes en 2021, 119 en 2020,122 en 2019 y 42 en 2018). Son fundamentalmente dos los ámbitos en los que se han planteado dichas cuestiones: el referente a los actos y disposiciones de la Administración Local dictados en el ámbito urbanístico; y el relativo a la materia de sanciones por infracciones en el ámbito de la Seguridad Social.
Se emitieron 19 dictámenes en procedimientos de entradas en domicilio solicitadas por la AEAT, fueron 35 en 2021, 26 en 2020 y 28 en 2019.
Se intervino en dos procedimientos contenciosos administrativos en los que se alegaba infracción de derechos fundamentales.
3.2. En la Fiscalía Provincial de Huesca
Se emitieron 8 dictámenes en cuestiones de competencia; fueron 5 dictámenes en 2021, 13 en 2020 y 2 en 2019.
Se emitieron 17 dictámenes en procedimientos de entradas en domicilio, fueron 22 en 2021, 12 en 2020 y 17 en 2019.
Se intervino en dos procedimientos contenciosos administrativos en los que se alegaba infracción de derechos fundamentales.
3.3. En la Fiscalía Provincial de Teruel
Se emitieron 8 dictámenes en cuestiones de competencia, 5 en 2021 ,7 en 2020 y 6 en 2019.
Se emitieron 17 dictámenes en procedimientos de entradas en domicilio,22 en 2021, 6 en 2020 y 8 en 2019.
4. SOCIAL
4.1. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza
En el año 2022 el Ministerio Fiscal asistió a 23 vistas en procesos en defensa de los derechos fundamentales (4,40% del total de señalamientos). En 2022 el Ministerio Fiscal fue citado a 523 vistas, 425 procedimientos (81,26%) fueron conciliados o desistidos de la pretensión de vulneración de derechos fundamentales o bien simplemente suspendidas las vista.
En 75 señalamientos se comunicó la inasistencia del Ministerio fiscal, de acuerdo a las directrices señaladas en la Circular 4/12 de la Fiscalía General del Estado, desistiendo de comparecer cuando la demanda no contiene una relación mínima, clara y concreta de los hechos sobre los que versa la pretensión de derechos fundamentales y la incidencia concreta de la alegada vulneración sobre el objeto de las actuaciones.
Se informó sobre 27 cuestiones de competencia frente a las 90 informadas en 2021, 35 de 2020 y 20 de 2019.
4.2. En la Fiscalía Provincial de Huesca
Durante el año 2022, el Ministerio Fiscal fue citado a 31 vistas orales en procesos en defensa de los derechos fundamentales y las libertades públicas; de estos 15 concluyeron con conciliación previa, restando 9 en tramitación estimándose 2 de las demandas.
No hubo juicios orales en los que el Ministerio Fiscal comunicase la inasistencia de acuerdo a las directrices señaladas en la Circular 4/2012 de la Fiscalía General del Estado.
En el año 2021 se intervino en 22 procedimientos, 18 en 2020 y 0 en 2019
Se informó en 3 cuestiones de competencia. En 2021 se informe en 9; 12 en 2020 y 0 en 2019).
4.3. En la Fiscalía Provincial de Teruel
En 2022 el Ministerio Fiscal intervino en un total de 7 procedimientos de derechos fundamentales. Se intervino en 3 en el año 2021; 4 en 2020; y 14 en 2019.
Se informó sobre competencia en 5 en el año 2022; en 3 procedimientos en 2021; 2 en 2020 y 16 en 2019
5. OTRAS ÁREAS ESPECIALIZADAS
5.1. Violencia doméstica y de género
5.1.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza
5.1.1.1. Violencia de género
Da cuenta la Memoria de esta Fiscalía de que, durante el año 2022, la sección de violencia de género ha incrementado su dotación con un nuevo fiscal. Son ahora cinco los fiscales que trabajan de forma exclusiva en los dos Juzgados de Violencia Sobre la Mujer, en los dos Juzgados Penales dedicados a los delitos de violencia de género, así como en los juicios seguidos por esos delitos ante el Tribunal del Jurado, asistiendo además a juicios en la Audiencia Provincial dentro de un turno general.
En el ejercicio 2020 se iniciaron los trámites para la creación de un tercer Juzgado de Violencia de Género en el partido judicial de Zaragoza. El nuevo Juzgado de Violencia número 3 comenzó a funcionar el día 1 de abril de 2022.
Ha continuado la colaboración con el Colegio de Abogados, que solicitó la presencia del Ministerio Fiscal en el curso de formación para integrar el turno específico de abogados de oficio que asisten a la mujer en violencia de género, participando en dos ponencias en el mes de mayo de 2022.
También participaron en los cursos de formación específica para Policías Locales de todo Aragón que se impartió el 7 de noviembre de 2022.
Este año 2022 se constituyó la Comisión Provincial de Coordinación contra la violencia de género, con intervención en las dos reuniones que tuvieron lugar en los meses de junio y octubre del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial y de la fiscal coordinadora de la sección.
En cuanto a los procedimientos penales con resultado de fallecimiento de la víctima, se indica que este año 2022, en la provincia de Zaragoza, dos mujeres murieron a manos de quien mantenía con ellas una relación sentimental de cualquier tipo. El anterior año 2020 no hubo ninguna y en 2019 y 2021 falleció una mujer en cada año.
Por estos dos delitos del año 2022 se tramitan sendos procedimientos conforme a la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado en el Juzgado de Violencia número 2 y en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Caspe.
Se refiere con detalle la Memoria de la Fiscalía Provincial a la sentencia dictada por el Tribunal del Jurado en la Audiencia Provincial en el procedimiento número 10/2022 por delito de asesinato en fecha 27-6-2022. Esta sentencia, conforme con las peticiones del Ministerio Fiscal, es ya firme puesto que fue confirmada por la Sala Civil y Penal del TSJA al desestimar el recurso de apelación de la defensa el pasado 18-1-2023.
La Memoria se sigue refiriendo a la importante labor de las Unidades de Valoración Integral y a su funcionamiento, formada por un médico forense que coordina las tres provincias y por el resto de médicos forenses, dos psicólogos y una trabajadora social. En el año 2022 esta Unidad realizó un total de 225 informes.
Respecto de las órdenes de protección, aumentaron en el año 2022 hasta 743 solicitudes. De ellas, se concedieron por los Juzgados competentes 467, de carácter penal, 177 de carácter penal y civil y se denegaron 99. Además, se dictaron 132 autos de medida cautelar, en aplicación del artículo 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento criminal
De los cuadros estadísticos de la Memoria de esta Fiscalía Provincial se destacan, en el año 2022, las siguientes cifras:
Fallecimientos en materia de violencia de género: Ya se señalado que en el año 2022 hubo dos casos de muerte intencional y violenta de una mujer atribuida a su pareja. En el año 2021 hubo una, en 2020 no se produjo ninguna muerte. En el año 2019 hubo una muerte dolosa y otras dos en 2018.
Otros delitos de violencia de género:
En el año 2022 se incoaron en la capital y en la provincia de Zaragoza, en materia de violencia de género, un total de 3.847 procedimientos penales con entrada en Fiscalía (comparativamente fueron 3.748 en 2021, 3.514 en 2020, 3.803 en 2019, 3.633 en 2018), de los cuales 440 fueron juicios rápidos provenientes de 1.461 diligencias urgentes, 2.854 se incoaron como diligencias previas, 550 como procedimientos abreviados, 11 sumarios ordinarios y 2 procedimientos de la Ley de Jurado.
Se incoaron 187 procedimientos por delitos leves. Fueron 125 en 2021, 191 en 2020 y 231 en 2019.
En relación a la tipología delictiva, la mayoría de las causas penales incoadas en los tres Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Zaragoza y las incoadas en los Juzgados de Instrucción de la provincia, lo han sido por delitos de maltrato ocasional del artículo 153.1 del Código Penal con una cifra de 2.888, seguidos por los de amenazas del artículo 171.4 , 1.237 y en menor número por maltrato habitual 913, quebrantamiento de medida cautelar o de condena 390 y por coacciones del artículo 172.2 una cifra de 530. Destacan también 54 delitos de lesiones.
En cuanto a las sentencias dictadas en el año 2022, consta haberse dictado 644 sentencias condenatorias por delito, de ellas 341 por conformidad. Fueron 321 en 2021, 281 en 2020, 395 en 2019 y 607 en 2018. Hubo 106 sentencias absolutorias.
La Fiscalía ha formulado 812 escritos de calificación en procedimientos penales por delito en esta materia, fueron 908 en 2021, 722 en 2020, 990 en 2019 y 855 en 2018.
Respecto de las órdenes de alejamiento y a las órdenes de protección se concedieron 776 y en 13 ocasiones, a solicitud de la Fiscalía, se acordó la medida de prisión provisional.
Se acordó el uso de dispositivos electrónicos de control en 38 penas de alejamiento (30 en 2021) y 14 en medidas cautelares (12 en 2021). En ejecución de sentencias se han tramitado 303 penas de prisión, 330 de trabajos en beneficio de la comunidad y 164 expedientes de suspensión de condena.
5.1.1.2. Violencia doméstica
La competencia en esta materia viene atribuida a los Juzgados de Instrucción de la capital y provincia. La competencia de los Juzgados de lo Penal viene atribuida a los Juzgados de lo Penal números 8 y 9, que asumen la violencia de género y la violencia doméstica, así como los quebrantamientos de medidas y penas en este ámbito.
Se reitera que los problemas de agresión de hijos frente a padres y madres y otros ascendientes son los más numerosos entre las causas de violencia doméstica. En muchos casos van unidos a la existencia de trastornos psiquiátricos y al consumo de drogas. Siguen siendo menos los casos de agresión de los ascendientes hacia hijos y descendientes.
En el año 2022 no ha habido muertes por violencia doméstica en la provincia de Zaragoza, a diferencia del año anterior, en el que hubo dos fallecimientos.
En la Fiscalía no se tramitaron diligencias de investigación.
En cuanto al número de procedimientos en el año 2022 se tramitaron en Fiscalía 64 juicios rápidos (56 en 2021), 235 diligencias previas (437 en 2021), 78 procedimientos abreviados (69 en 2021), 1 procedimiento de Tribunal de Jurado (1 en 2020) y 2 procedimientos ordinarios (sumarios).
El tipo delictivo por el que se tramitaron más procedimientos por delito fue el de maltrato ocasional 109 en 2022 (129 en 2021), seguido por el de amenazas 98 en 2022 (89 en 2021). Con cifras menores aparecen, las lesiones 25 procedimientos, los quebrantamientos de medida o de condena una cifra de 23 y las coacciones 23 procedimientos. La Fiscalía presentó 108 escritos de calificación por delitos relacionados con la violencia doméstica.
Respecto a las sentencias dictadas en esta materia por los órganos jurisdiccionales penales de Zaragoza, fueron 128 por delito, de las cuales 52 fueron de conformidad.
En cuanto a las medidas cautelares se dictaron 65 órdenes de alejamiento y 32 órdenes de protección. La prisión provisional se acordó en 3 ocasiones.
5.1.2. Fiscalía Provincial de Huesca
5.1.2.1. Violencia de género
En esta Fiscalía está nombrado un Fiscal como Delegado en materia de violencia de género y doméstica.
Sigue mereciendo juicio favorable el intento de objetivar, dentro de lo posible, la reacción de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ante las denuncias de violencia de género y el seguimiento posterior de las medidas que se puedan acordar, mediante la utilización de baremos de riesgo para adecuar en cada momento el nivel de control de la seguridad de las víctimas.
En el año 2022 no hubo homicidios o asesinatos en el ámbito de violencia de género. En el año 2021 hubo una muerte, en 2020 no se produjo ningún homicidio o asesinato de violencia de género y en 2019 también hubo un fallecimiento.
La memoria se refiere especialmente al juicio oral celebrado en el procedimiento del Tribunal del Jurado número 590/2021 por el asesinato de una mujer a manos de su marido, en la ciudad de Barbastro, en el que se dictó sentencia condenatoria por delito de asesinato con las agravantes de parentesco y género, conforme a la petición de la Fiscalía.
Procedimientos incoados en 2022: juicios rápidos: 53 (83 en 2021); diligencias previas: 351 (186 en 2021); procedimientos abreviados: 130 (89 en 2021); sumarios: 1 (0 en 2020); procedimientos de Jurado no hubo.
Delitos por los que se han tramitado procedimientos en mayor número: 350 de maltrato ocasional; 43 de maltrato habitual, 230 de amenazas; 90 de coacciones.
La Fiscalía ha formulado 234 escritos de calificación en procedimientos penales por delitos en esta materia. Se dictaron un total de 229 sentencias, de ellas 201 condenatorias (140 por conformidad) y 28 absolutorias.
Medidas cautelares: Prisión provisional: 8; orden de alejamiento: 46; orden de protección: 121.
5.1.2.2. Violencia doméstica
Los procedimientos por violencia doméstica se tramitan en la totalidad de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de la capital y provincia.
Se hace especial referencia en la Memoria al procedimiento de Tribunal del Jurado 95/2022, seguido en el Juzgado de Instrucción de Boltaña por un delito de asesinato en la persona de un varón al que causó la muerte su pareja y en el que se dictó sentencia condenatoria conforme a lo solicitado por el Ministerio Fiscal.
El resumen estadístico es el siguiente:
Juicios rápidos: 19; diligencias previas 88; procedimiento abreviado 19, Tribunal de Jurado (Audiencia) 1.
Se efectuaron 19 escritos de calificación y se dictaron 18 sentencias, de ellas 17 condenatorias y 1 absolutoria.
En cuanto a los tipos delictivos por los que se incoaron más procedimientos aparecen 41 supuestos de maltrato ocasional, 19 de maltrato habitual, 20 por amenazas y 27 por coacciones.
Medidas cautelares: Prisión provisional, no se acordó; orden de alejamiento: 37; orden de protección: 50.
5.1.3. Fiscalía Provincial de Teruel
La Fiscal Delegada de Violencia de Género y violencia doméstica en esta Fiscalía es desde este año 2022 la Fiscal Decana de la Sección Territorial de Alcañiz, que desempeña junto con las restantes funciones que le corresponden en otras materias.
En la Provincia de Teruel ha existido un evidente aumento en el año 2022 de los casos denunciados respecto del año 2021 (339 frente a 250). De ellas 266 fueron por violencia de género y 73 por violencia doméstica.
5.1.3.1. Violencia de género
En el ámbito de la violencia de género, 145 de las denuncias presentadas fueron tramitadas por Diligencias Urgentes, 121 tramitadas por Diligencias Previas, 36 de las cuales derivaron en Procedimiento abreviado. Consta la incoación de un procedimiento de Tribunal de Jurado.
Se dictaron 93 sentencias condenatorias por delito, 57 de las cuales fueron con la conformidad del acusado. Se calificaron 102 procedimientos, encontrándose los demás incoados pendientes de practicar diligencias, sobreseídos o con sentencia absolutoria (4 casos).
La mayoría de los procedimientos incoados, 118, lo han sido por maltrato ocasional del art. 153.1; 45 por maltrato habitual; 19 por amenazas; 9 por coacciones; 6 por acoso, 1 por agresión sexual, 1 por lesiones y 54 por quebrantamiento de condena o medida cautelar.
Fueron acordadas un total de 37 órdenes de alejamiento y 34 órdenes de protección. En 8 casos se acordó la prisión provisional. En el año 2022 solo se ha implantado un dispositivo electrónico de control de la medida de alejamiento en un penado, al igual que el año anterior.
En cuanto a las penas impuestas en las sentencias condenatorias, la mayoría han sido trabajos en beneficio de la Comunidad, 58, frente a las 30 penas de prisión, de las cuales 13 fueron suspendidas con deberes adicionales.
5.1.3.2. Violencia doméstica
Se aprecia también un relativo aumento en las cifras de este apartado frente al año anterior. Puede ocurrir que las cifras del año 2020 estuvieran condicionadas por los confinamientos acordados por la pandemia COVID-19.
La mayoría de las denuncias han sido tramitadas por Diligencias Previas, un total de 33, frente a las 8 denuncias por Diligencias Urgentes con Juicio rápido. Consta, también, la incoación de un sumario y de 7 procedimientos abreviados. Se han presentado ante los Juzgados un total de 10 escritos de calificación, dictándose 10 sentencias condenatorias, 5 de ellas con la conformidad del acusado.
La gran mayoría de los delitos denunciados, 28, han sido por delito de maltrato ocasional, 5 por maltrato habitual, 1 por homicidio intentado, 1 por acoso y 5 por quebrantamiento de medida cautelar o de condena.
Por lo que a las medidas cautelares se refiere, en el ámbito de la violencia doméstica, en 9 casos se dictó orden de alejamiento y en 3 orden de protección. Se acordó una medida de prisión provisional.
5.2. Seguridad y salud en el trabajo
5.2.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza la especialidad corresponde, como en años anteriores, a un único Fiscal, que trabaja en estrecha colaboración con la Fiscalía delegada de Sala de la FGE. Despacha las diligencias de investigación de la Fiscalía Provincial y desempeña funciones de coordinación como Fiscal Delegado en la totalidad de la Comunidad Autónoma Aragonesa.
Por Decreto de 29-10-2021 la Fiscal General del Estado dispuso su nombramiento como Fiscal delegado de Siniestralidad Laboral en esta Comunidad y en Decreto de 21-12-2021 la Fiscal Superior de Aragón le comunicó la encomienda de funciones delegadas con la coordinación de especialistas provinciales, estudios estadísticos, relaciones con la Fiscalía delegada de Sala y con otros organismos administrativos con competencias en la materia.
En este año 2022 la relación con la Inspección de Trabajo y otros servicios de seguridad laboral ha sido constante y fluida, como viene siendo habitual.
Indica la Memoria de la Fiscalía Provincial de Zaragoza que el número de Diligencias de Investigación tramitadas en 2022 fue de 9 (6 en 2021, 5 en 2020 y 10 en 2019). Todas ellas terminaron con denuncia al Juzgado de Instrucción. No fue archivada ninguna y tampoco quedó ninguna pendiente en tramitación.
El Ministerio Fiscal presentó 8 escritos de acusación (fueron 5 en el año anterior) y 5 peticiones de sobreseimiento.
El número total de sentencias dictadas por el Juzgado de lo Penal fue de 8 (9 en 2021).
La comparativa con el año anterior 2022, puede resumirse en los siguientes cuadros:
Causas incoadas en 2022 por los siguientes ilícitos:
Delito de homicidio por accidente laboral: 3 (4 en 2021).
Delito de lesiones por accidente laboral: 138 (155 en 2021).
Delito de riesgo sin resultado lesivo: 4 (6 en 2021).
Causas pendientes en tramitación en 2021 por delitos de:
Homicidio en accidente laboral: 7 (6 en 2021).
Lesiones en accidente laboral: 12 (14 en 2021).
Riesgo sin resultado lesivo: 3 (4 en 2021)
Diligencias de investigación del Ministerio Fiscal en 2022:
Diligencias Investigación incoadas: 9 (6 en 2021).
Diligencias de Investigación terminadas con denuncia o querella: 9 (6 en 2021).
Escritos de acusación del Ministerio Fiscal: 8 (5 en 2021).
Peticiones de sobreseimiento: 5 (7 en el año 2021)
Sentencias del Juzgado de lo Penal: 7 (4 en 2021).
5.2.2. Fiscalía Provincial de Huesca
De la Memoria de la Fiscalía Provincial de Huesca correspondiente al año 2022 resultan los siguientes datos:
Se han tramitado Diligencias de Investigación de Fiscalía por siniestralidad laboral en un procedimiento que, según la información estadística, fue archivado.
Se iniciaron en los Juzgados de Instrucción cuatro procedimientos judiciales (diligencias previas) por muerte imprudente en accidente laboral, treinta y seis de lesiones imprudentes en accidente laboral y dos por delito de riesgo sin resultado lesivo.
En los procedimientos judiciales en los que se confirió traslado, una vez conclusa la instrucción, la Fiscalía presentó escrito de calificación en dos causas penales e interesó el sobreseimiento provisional en otra de ellas.
El Juzgado Penal de Huesca dictó cuatro sentencias, dos de ellas absolutorias y las otras dos condenatorias por conformidad.
Había tres procedimientos judiciales pendientes en tramitación al finalizar el año 2022.
En esta Fiscalía corresponde a una Fiscal de la plantilla desempeñar la función de Delegada en materia de siniestralidad laboral.
5.2.3. Fiscalía Provincial de Teruel
El Teniente Fiscal de esta Fiscalía Provincial actúa como delegado de Siniestralidad Laboral, al igual que en años anteriores.
Los días 26 y 27 de abril de 2022 el Teniente Fiscal acudió a las Jornadas de Formación de Especialistas en Albacete.
No se han tramitado Diligencias de investigación de Fiscalía en esta materia.
En la provincia de Teruel no se incoaron en 2022 procedimientos judiciales penales por muerte imprudente en accidente laboral. Se incoaron 13 procedimientos por lesiones graves en accidente laboral.
En cuanto a los procedimientos pendientes de años anteriores, consta la tramitación durante 2022 de uno por lesiones imprudentes por accidente laboral.
Escritos de calificación del Ministerio Fiscal por delito: 3 (hubo 1 en 2021. 4 en 2020 y 3 en 2019). Consta también una petición de sobreseimiento en procedimiento abreviado.
Resoluciones judiciales: en 2022 se dictaron tres sentencias por el Juzgado de lo Penal en procedimientos abreviados. La Audiencia Provincial de Teruel dictó una sentencia en trámite de apelación.
5.3. Medio ambiente y urbanismo
5.3.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza
No ha habido cambios ni organizativos ni personales en el despacho de esta materia especializada. Corresponde a un fiscal de esta Fiscalía desempeñar la función de fiscal especialista en esta materia.
En su trabajo es fundamental la actividad investigadora del SEPRONA de la Guardia Civil, así como la de los agentes de protección de la naturaleza del departamento correspondiente de la DGA.
La Fiscalía delegada de Sala de Medio Ambiente de la FGE dirige y supervisa la especialidad y se mantiene una permanente comunicación con ella
En el año 2022 se incoaron 6 diligencias de investigación de fiscalía en materias de Medio Ambiente, Urbanismo, Flora y Fauna y Patrimonio Histórico (fueron 5 en 2021, 6 en 2020, 9 en 2019, 12 en 2018, 14 en 2017). De ellas, fueron en materia de Medio ambiente y la sexta de Fauna, en un caso se formuló denuncia ante el Juzgado de Instrucción, dos siguen en trámite al finalizar el año y el resto resultaron archivadas por la Fiscalía.
Los procedimientos judiciales incoados en el año 2022 en estas materias fueron 38 diligencias previas y 6 procedimientos abreviados. Las diligencias previas se distribuyen por delitos de la siguiente forma: 1 sobre Flora y Fauna, 1 sobre Ordenación del Territorio, 15 por incendios forestales y 21 de Maltrato a animales domésticos.
La Fiscalía presentó 6 escritos de calificación en procedimientos abreviados: 1 sobre Medio Ambiente y 5 por Maltrato a animales domésticos.
En cuanto a las sentencias dictadas por los Juzgados de Zaragoza en el año 2022, fueron 14, de ellas: 1 en materia de incendios forestales, 5 en Flora y Fauna y 8 en Maltrato de animales domésticos, en total, de las 14, nueve condenatorias y cinco absolutorias.
Se refiere especialmente la Memoria de esta Fiscalía Provincial a cuatro incendios forestales de especial gravedad que tuvieron lugar en el año 2022, en Nonaspe (DP 341/2022 del Juzgado de Instrucción de Caspe), en Ateca (DP 450/2022 del Juzgado de Instrucción n.º 2 de Calatayud, en Añón del Moncayo (DP 695/2022 del Juzgado de Instrucción de Tarazona) y en Sigüés (DP 280/2022 del Juzgado de Instrucción n.º 2 de Ejea de los Caballeros).
5.3.2. Fiscalía Provincial de Huesca
Una fiscal de esta Fiscalía intervino en el año 2022 como Fiscal especialista en esta materia. Se ocupa de las diligencias de investigación de la Fiscalía y del seguimiento y calificación de los procedimientos con independencia del partido judicial de la provincia en que se produzcan los hechos.
Se incoaron en 2022 8 diligencias de investigación de Fiscalía, 4 en materia de medio ambiente, 1 de flora y fauna, 2 por maltrato animales domésticos y 1 por patrimonio histórico. De ellas, cinco finalizaron con la presentación de denuncia o querella y 3 fueron archivadas. El año anterior 2021 se incoaron 6.
En relación a la actividad judicial, los procedimientos penales incoados en los diferentes Juzgados de Instrucción de la capital y de la provincia fueron un total de 10 (fueron 20 en 2022, 11 en 2020 y 12 en 2019). Se distribuyen en 4 diligencias previas, 2 diligencias urgentes y 4 procedimientos abreviados. De estos procedimientos 3 se iniciaron en materia de medio ambiente, 1 por ordenación del territorio, 2 de flora y fauna, 1 por patrimonio histórico y 3 por maltrato de animales domésticos.
La Fiscalía presentó 6 escritos de calificación (fueron también 6 el año anterior), corresponden 2 a maltrato de animales domésticos, 3 a incendios forestales y 1 a flora y fauna.
Se dictaron 10 sentencias por los Juzgados Penales de Huesca, todas ellas condenatorias, referidas: 2 a incendio forestal, 1 a flora y fauna y 7 a maltrato a animales domésticos.
5.3.3. Fiscalía Provincial de Teruel
En esta Fiscalía corresponde a un fiscal el desempeño de la función de Delegado de esta especialidad en estrecha relación con la Fiscalía de Sala delegada.
Respecto de las diligencias de investigación de Fiscalía incoaron 32 en 2022 (fueron18 en 2021, 56 en 2020 y 22 en 2018 y 2019). De ellas, 12 referidas a medio ambiente, 4 a ordenación del territorio y urbanismo, 6 a flora y fauna, 4 a incendio forestal, 1 a patrimonio histórico y 5 a maltrato de animales domésticos.
De ellas 6 finalizaron con la presentación de denuncia, el resto fue archivado, a excepción de una que continua en trámite.
Los procedimientos judiciales incoados en la provincia en el año 2022 fueron 33, (23 en 2021 y 30 en 2020). Destacan por su elevado número los correspondientes a flora y fauna y maltrato de animales domésticos, 10 en cada caso. Se apunta en la Memoria a la sensibilización social y a la labor de las sociedades protectoras de animales como fundamento de este aumento.
Los Tribunales dictaron 9 sentencias en el año 2022 (fueron también 9 en 2021, 8 en 2020 y 4 en 2019), 8 de ellas condenatorias y 1 absolutoria.
La memoria realiza especiales consideraciones, además del aumento de los procedimientos por maltrato animal, al furtivismo en la caza mayor, a la investigación por foto trampeo, a la mortandad de aves protegidas mediante electrocución en líneas eléctricas y colisión con aerogeneradores, a los planes de protección y defensa municipal frente a incendios forestales y las diligencias de investigación que se tramitan por vertidos en el río Guadalope.
5.4. Extranjería
5.4.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza
La Teniente Fiscal de esta Fiscalía desempeñó las funciones de fiscal delegada en materia de extranjería durante el año 2022. La actuación de las fiscalías se desarrolla conforme a las Instrucciones y Circulares de la Fiscalía General del Estado dictadas en esta materia, en coordinación con la Fiscalía de Sala Delegada.
En el año 2022 se autorizó la expulsión de dos ciudadanos extranjeros imputados en un proceso penal. Se trata del supuesto de expulsión previsto en el artículo 57.7 de la Ley de Extranjería, relativo a extranjeros procesados o imputados en un procedimiento penal por delito castigado con pena inferior a 6 años de prisión o con pena de distinta naturaleza y durante la instrucción del mismo. El año anterior 2021 no hubo ningún caso, 2020 fueron 3 y en 2019 en el que fueron 5.
Durante el año 2022 no se ha solicitado en escrito de calificación la sustitución de la pena por la expulsión de un ciudadano extranjero comunitario, al igual que en 2021 y 2020, mientras que en el año 2019 fueron 4 y en 2018 fueron 3.
Se efectuaron en la Fiscalía de Zaragoza, en 2022, 221 escritos de acusación o de calificación en los que se interesó la sustitución de la pena de prisión impuesta al acusado extranjero no comunitario por la expulsión de España, cifra superior a la del año 2021 en el que fueron 88.
Durante el año 2022 se dictaron por los Juzgados y Tribunales 40 sentencias en causas calificadas en períodos anteriores por delitos y en las que se solicitaba la sustitución de la pena de prisión impuesta al penado, cifra idéntica al año anterior. De las 40 sentencias, en 17 se sustituyó la pena por expulsión, 3 fueron absolutorias, en 11 se pospuso para decisión en ejecución de sentencia y en las restantes 7 no se acordó porque se impusieron penas inferiores al año de prisión o por otras causas.
Durante la ejecución de la sentencia han sido expulsados 32 extranjeros en virtud de resoluciones de los Juzgados de lo Penal, Audiencia Nacional y Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, número superior a los de año 2021 (31), 2020 (21) pero inferior a los del año 2019 que fueron 47.
En cuanto al internamiento de extranjeros en situación irregular previo a la expulsión, durante el año 2022 se dictaron por los Juzgados de Instrucción 27 autos de internamiento previo a la expulsión de España de ciudadanos extranjeros, de las que se ejecutaron efectivamente 13.
En cuanto a la trata de seres humanos (artículo 177 bis CP), durante el año 2022 se incoaron 5 procedimientos judiciales por este tipo delictivo, número similar al de los años 2020 y 2021 e inferior a los incoados en el año 2019 que fueron 8. Se han presentado dos escritos de calificación en este año 2022. Se dictaron dos sentencias por este tipo delictivo.
Por este mismo delito no se han incoado diligencias de investigación de Fiscalía.
Los dos procedimientos más importantes han sido las diligencias previas número 836/19 del Juzgado de Instrucción número 9 de Zaragoza, en las que el 25 de agosto de 2021 se dictó sentencia condenatoria por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza por delitos de trata, prostitución coactiva, favorecimiento de inmigración ilegal y contra la salud pública. Se trata de un procedimiento complejo con diez personas acusadas. El 24 de febrero de 2022 se dictó sentencia en el recurso de apelación interpuesto ante la Sala Civil y Penal del TSJA, confirmando la anterior sentencia de la Audiencia Provincial.
El otro procedimiento son las D.P. número 1.117/17 del JI. N.º 10, referente a varias mujeres procedentes de Nigeria que llegaron a Italia en patera y de allí fueron transportadas a España donde ejercían la prostitución para, supuestamente, pagar la deuda contraída siendo coaccionadas para ello mediante las prácticas de vudú y amenazas a sus familias en su país. Se dictó sentencia condenatoria el 14-11-2022, pendiente de firmeza.
La principal prueba en estos delitos sigue siendo la declaración de la víctima en el juicio oral y el problema consiguiente es la dificultad que muchas veces se presenta por falta de localización de la misma, porque se ha podido trasladar de ciudad o incluso regresado a su país y, al faltar la prueba básica, puede dar lugar a sentencias absolutorias dejando impunes estas graves conductas. La solución más adecuada al problema es la realización de prueba testifical reconstituida que se puede realizar en el Juzgado de Guardia con presencia de las representaciones letradas de las partes y del Ministerio Fiscal, grabándose la declaración y, en caso de no ser hallada la víctima y no comparecer el día del juicio, el visionado de la grabación suple la declaración con la misma validez que si estuviera presente.
Las víctimas que deciden denunciar pueden pedir acogerse a la consideración de testigo protegido para preservar su identidad. El principal problema es el temor de las víctimas-testigos a posibles represalias de los autores con los que en muchas ocasiones siguen trabajando o puedan tomar represalias contra sus familias en su país de origen, posibilidad frecuente porque muchos de los tratantes suelen ser del entorno de la víctima, del mismo pueblo o incluso de la propia familia. También pueden acogerse a las medidas de protección reguladas en los artículos 59 y 59 bis de la LEX colaborando con las autoridades para la investigación de los responsables de la trata.
En cuanto a los delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros (artículo 318 bis CP) durante el año 2022 se incoaron 25 procedimientos judiciales y se formularon 11 escritos de calificación. Se dictaron 3 sentencias por este tipo penal. No se tramitaron diligencias de investigación de Fiscalía.
Respecto a los delitos contra los derechos de los trabajadores extranjeros (artículos 311-2, 312-2 y 311 bis CP) en el año 2022 se incoaron 9 procedimientos judiciales, se presentaron 3 escritos de acusación y se dictaron dos sentencias por los Tribunales. No se tramitaron diligencias de investigación de Fiscalía.
Consta también la incoación de cinco procedimientos judiciales por delitos de prostitución coactiva (artículos 187-188 CP), la presentación de dos escritos de calificación por ese tipo penal y el haberse dictado dos sentencias. No se tramitaron diligencias de investigación de Fiscalía.
5.4.2. Fiscalía Provincial de Huesca
En esta Fiscalía corresponde a una Fiscal de la plantilla la función de Fiscal delegado de Extranjería. Coordina esta materia bajo la supervisión del Fiscal Jefe y en relación con la Fiscalía de Sala Delegada correspondiente, con las atribuciones de cometidos indicados en la Instrucción 5/2007 y en las Circulares 2/2006 y 5/2011 de la Fiscalía General del Estado.
En el año 2022, en lo referido a los procedimientos penales, se solicitó la expulsión de extranjeros incursos en causas penales, como medida sustitutiva, en 67 procedimientos en el escrito de calificación, acordándose en 25 sentencias. Constan también 6 internamientos acordados conforme al artículo 89-6 de la Ley de Extranjería.
En 3 ocasiones se informó favorablemente la medida cautelar de internamiento en CIE de extranjeros en situación irregular.
Respecto de los delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros consta la incoación de unas diligencias de investigación que finalizaron con la interposición de denuncia, dando lugar a un procedimiento judicial.
No consta la incoación en el año 2022 de procedimientos judiciales por delitos de trata de seres humanos, contra los derechos de los trabajadores extranjeros y por delitos relativos a la prostitución coactiva. Tampoco se incoaron diligencias de investigación de Fiscalía.
5.4.3. Fiscalía Provincial de Teruel
Uno de los Fiscales de esta Fiscalía desempeña la función de Fiscal delegado de extranjería.
Se tramitaron en el año 2022 tres expedientes referidos al internamiento preventivo de extranjeros en CIE para proceder a su expulsión. Fueron igualmente 3 en 2021, 2 en 2020 y 6 en 2019.
Respecto de las expulsiones sustitutivas en el proceso penal se emitieron 8 informes favorables a la expulsión. Fueron 6 en 2021.
Además, dentro del proceso judicial, se solicitó la expulsión en 16 procedimientos judiciales, 8 en el escrito de calificación, 5 en sentencia y 3 en trámite de ejecutoria.
En cuanto a los delitos de trata de seres humanos, contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, de los trabajadores extranjeros y prostitución coactiva de extranjeros, durante el año 2022 no se incoaron nuevos procedimientos por estos tipos delictivos, ni se presentaron escritos de calificación ni se dictaron sentencias.
5.5. Seguridad vial
5.5.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza
Una fiscal de la plantilla de esta Fiscalía Provincial actúa como delegada de seguridad vial en estrecha colaboración con la Fiscalía de Sala Delegada en esta materia.
La fiscal ha participado en diversas actividades, interviniendo como ponente en el Curso sobre detección de drogas organizado por la Jefatura Provincial de Tráfico, sobre aspectos normativos y legales, en octubre de 2022 y en las Jornadas de Formación de la Policía Local en diciembre de 2022. También asiste a las reuniones de la Comisión Autonómica de Seguridad Vial y Movilidad en la Delegación del Gobierno en Aragón.
De la Memoria correspondiente al año 2022 de la Fiscalía Provincial de Zaragoza, resultan los siguientes datos de delitos en materia de seguridad vial, para la capital y toda la provincia:
Es relevante reseñar que el pasado año 2022 aumentó el número de accidentes con víctimas en las carreteras de la provincia y fueron 23, con un total de 27 personas fallecidas. En el año 2021 fueron 20 las personas fallecidas y en el año 2020 murieron 26 personas.
La cifra total de accidentes, en 2022, con resultado de muerte o lesiones fue de 2.665 con un aumento respecto del año 2021, en el que hubo 2.487 accidentes.
En la Fiscalía Provincial no se han incoado Diligencias de investigación en materia de seguridad vial en el año 2022.
Las cifras totales de procedimientos incoados en esta materia son las siguientes: 211 diligencias previas, 823 diligencias urgentes, 74 procedimientos abreviados, resultando un total de 1.004 sentencias dictadas.
Respecto del tipo penal previsto en el artículo 379.1 del Código Penal (conducción a velocidad excesiva en vías urbanas o interurbanas) se incoaron 7 diligencias previas y 7 diligencias urgentes o juicios rápidos. Se realizaron 7 escritos de calificación, habiéndose dictado un total de 7 sentencias.
En relación al delito de conducción bajo influencia de las bebidas alcohólica, drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas del artículo 379.2 del Código Penal se tramitaron 471 diligencias urgentes o juicios rápidos, 100 diligencias previas y 25 procedimientos abreviados, con un total de 436 calificaciones. Se dictaron 543 sentencias.
Respecto del delito de conducción temeraria del artículo 380 del Código Penal se tramitaron 19 diligencias previas, 13 juicios rápidos y 6 procedimientos abreviados. Se presentaron 14 escritos de calificación. Se dictaron 17 sentencias.
El artículo 381 del Código Penal tipifica el delito de conducción temeraria con manifiesto desprecio para la vida de los demás del cual no se incoó ningún procedimiento en 2022.
En relación al delito de negativa a someterse a pruebas de alcoholemia o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, previsto en el artículo 383 del Código Penal se incoaron 10 diligencias previas, 21 juicios rápidos y 5 procedimientos abreviados. Se calificaron un total de 20 delitos y se dictaron 15 sentencias.
Respecto del delito de conducción sin permiso o encontrándose privado del mismo, previsto en el artículo 384 del Código Penal, se incoaron en los Juzgados de Instrucción 311 juicios rápidos, 74 diligencias previas y 37 procedimientos abreviados, con un total de 326 delitos calificados, habiéndose dictado 422 sentencias.
Por el delito de creación de otros riesgos para la circulación, del artículo 385 del Código Penal, se incoó un procedimiento de diligencias previas y un procedimiento abreviado. No se han dictado sentencias.
5.5.2. Fiscalía Provincial de Huesca
Una fiscal de esta Fiscalía Provincial se ocupa, como Fiscal especialista, de esta materia.
De la Memoria de la Fiscalía Provincial de Huesca referida al año 2022, resultan los siguientes datos estadísticos relacionados con la materia de Seguridad Vial:
La Fiscalía no tramitó diligencias de investigación en materia de seguridad vial.
En el año 2022 aumentó el número de personas fallecidas en accidente de circulación, fueron 24, frente a los 12 del año 2021, destacando la Fiscalía el elevado porcentaje de motocicletas implicadas en los accidentes mortales, próximo al 50% del total.
Las cifras totales de procedimientos judiciales incoados en esta materia son las siguientes: 118 diligencias previas, 391 diligencias urgentes, 59 procedimientos abreviados y 321 sentencias dictadas.
Respecto del tipo penal previsto en el artículo 379.1 del Código Penal (conducción a velocidad excesiva en vías urbanas o interurbanas) se tramitaron 4 procedimientos de diligencias previas, 3 diligencias urgentes y 3 procedimientos abreviados. Se calificaron 5 procedimientos y se dictaron 2 sentencias.
En relación al delito de conducción bajo influencia de las bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas del artículo 379.2 del Código Penal se tramitaron 235 juicios rápidos, 40 diligencias previas y 25 procedimientos abreviados, con un total de 209 delitos calificados. Se dictaron 190 sentencias.
Respecto del delito de conducción temeraria del artículo 380 del Código Penal se tramitaron 2 juicios rápidos, 3 diligencias previas y 2 procedimientos abreviados, con un total de 3 delitos calificados. Se dictaron 3 sentencias.
El artículo 381 del Código Penal tipifica el delito de conducción temeraria con manifiesto desprecio para la vida de los demás. Se han tramitado 1 diligencias previas.
En relación al delito de negativa a someterse a pruebas de alcoholemia o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas previsto en el artículo 383 del Código Penal se incoaron 13 diligencias urgentes y 6 diligencias previas. Se calificaron un total de 9 delitos y se dictaron 10 sentencias.
Respecto del delito de conducción sin permiso o encontrándose privado del mismo, previsto en el artículo 384 del Código Penal, se incoaron en los Juzgados de Instrucción 137 juicios rápidos, 63 diligencias previas y 28 procedimientos abreviados, con un total de 112 delitos calificados. Se dictaron 114 sentencias.
Por el delito de creación de grave riesgo para la circulación colocando obstáculos en la calzada o no restableciendo la seguridad de la vía, tipificado en el artículo 385 del Código Penal, se incoaron un procedimiento de diligencias previas y un juicio rápido. Se dictaron 2 sentencias.
5.5.3. Fiscalía Provincial de Teruel
Por esta Fiscalía se indica en la Memoria anual que, durante el año 2022, se produjeron 184 accidentes de circulación con víctimas (177 en 2021), con 7 fallecidos (9 en 2021), 51 heridos hospitalizados (53 en 2021) y 201 heridos que no precisaron hospitalización (174 en 2021).
En la misma Memoria correspondiente al año 2022 se recogen los siguientes datos estadísticos:
Se tramitaron un total de 53 diligencias previas, 227 diligencias urgentes, 20 procedimientos abreviados y se dictaron 189 sentencias.
En cuanto a los tipos delictivos:
Respecto del delito de conducción a velocidad excesiva en vías urbanas o interurbanas, previsto en el artículo 379.1, se han tramitado 2 diligencias previas, 2 diligencias urgentes de las que las 2 fueron calificadas y se dictaron 4 sentencias.
Respecto del delito de conducción bajo influencia de las bebidas alcohólica, drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, previsto en el artículo 379.2, se tramitaron 148 juicios rápidos, 30 diligencias previas y 10 procedimientos abreviados, con un total de 158 calificaciones y 108 sentencias.
Respecto del delito de conducción temeraria del artículo 380 del Código Penal se tramitaron 3 juicios rápidos, 2 procedimientos abreviados y 3 diligencias previas, con un total de 3 escritos de calificación. Se dictaron 3 sentencias.
Respecto del delito de conducción con manifiesto desprecio para la vida de los demás previsto en el artículo 381 del Código Penal, no se tramitaron procedimientos ni se dictaron sentencias.
Respecto del delito de negativa a someterse a pruebas de alcoholemia o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, previsto en el artículo 383, se incoaron 2 diligencias urgentes y 1 diligencias previas. Se dictaron 3 sentencias.
Respecto del delito de conducción sin permiso o encontrándose privado del mismo, previsto en el artículo 384, se incoaron 72 juicios rápidos, 17 diligencias previas y 8 procedimientos abreviados con un total de 54 calificaciones y 60 sentencias.
Respecto del delito de creación de grave riesgo para la circulación colocando obstáculos en la calzada o no restableciendo la seguridad de la vía, previsto en el artículo 385 del Código Penal, no se han tramitado ningún procedimiento y se dictó una sentencia correspondiente a un procedimiento de años anteriores.
5.6. Menores
5.6.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza la Sección de Menores está compuesta por cuatro Fiscales. Además del trabajo de la Sección de Menores (reforma y protección), asisten a los juicios orales en un Juzgado de lo Penal y participan en un turno general de juicios penales en la Audiencia Provincial.
De la Memoria de 2022 de la Fiscalía Provincial resultan los siguientes datos:
5.6.1.1. Reforma
En el año 2022 se incoaron 1.853 diligencias preliminares, 222 más que el año anterior (que fueron 1.631), de ellas 697 por hechos constitutivos de delito (612 en el año 2021); y 1.075 por hechos constitutivos de delitos leves (1.019 en el año 2021). Supone un evidente aumento en la incoación de procedimientos.
De estas 1.853 diligencias preliminares incoadas en el año 2022, 173 fueron archivadas por ser el autor menor de 14 años (125 en el 2021); 211 por desistimiento en la incoación del art. 18 LORPM (114 en 2021); y 686 por otras causas (552 en el 2021), tales como la falta de autor conocido, falta de hecho delictivo, prescripción de los hechos, acumulación a otros procedimientos... lo que supone en su totalidad el 57,74%, aproximadamente, de las diligencias preliminares incoadas.
Respecto a los expedientes de reforma incoados en el año 2022, fueron 751, lo que supone un aumento de 33 expedientes respecto a los incoados en el 2021, año en el que se incoaron 718.
De éstos 751 expedientes de reforma finalizaron mediante una solución extrajudicial del art. 19 LORPM (conciliación-reparación) 225, lo que supondría un 30% de los incoados; y 11 terminaron por sobreseimiento del art. 27.4 LORPM (un 1,46% de los incoados).
En el resto de expedientes de reforma, en el año 2022, se presentaron 473 escritos de alegaciones (acusación), 3 menos que en el 2021 (476). Al 31 de diciembre de 2022 se encontraban pendientes y en trámite 4 expedientes de reforma.
Respecto a las sentencias dictadas por los dos Juzgados de Menores de Zaragoza en el año 2022, ascienden en su totalidad a 408, lo que supone 5 más que en 2021 y fueron en su mayoría condenatorias: 375 sentencias (377 en el año 2021), lo que supone un 91,91% de las mismas; frente a las absolutorias: 33 sentencias (26 en 2021).
De las sentencias condenatorias, 264 lo han sido con conformidad (frente a las 300 del 2021) y las 111 restantes sin conformidad (frente a las 103 del 2021), dictadas tras la celebración de la vista oral. Se interpusieron por las partes 25 recursos de apelación, (29 el año anterior).
En cuanto a los delitos contra las personas no hubo delitos de homicidio o asesinato doloso y se registraron 9 expedientes por delito de lesiones. Los delitos leves contra las personas fueron 283.
Los delitos contra la libertad o indemnidad sexual disminuyeron en 2022 en comparación con el año anterior. Los correspondientes a agresión sexual fueron 21 (32 en 2021) y los de abuso sexual, fueron 8 (28 en 2021).
En las incoaciones por violencia doméstica la cifra ha sido semejante en el año 2022 (85), (fueron 82 en 2021); en los delitos de violencia de género se ha producido una disminución, fueron 11 en 2022 frente a 20 en 2021.
Los delitos contra la salud pública aumentaron considerablemente respecto al año pasado, fueron 19 (7 en 2021).
Respecto a los delitos contra el patrimonio las cifras fueron variables, así las infracciones por hurto disminuyeron hasta 82 (342 en 2021), de ellas el 60% aproximadamente lo serían por delito leve).
Los delitos de robo con fuerza aumentaron a 108 (98 en 2021).
Los delitos de robo con violencia e intimidación a 166 (191 en 2021).
Los daños en la propiedad han disminuido muy considerablemente, 40 en 2022, frente a los 131 en 2021.
Los delitos de conducción sin permiso aumentaron respecto al año pasado, 23 en 2022 (15 en 2021) .
En el año 2022, al igual que en 2021 y 2020, no se produjeron delitos de extrema gravedad contra la vida de las personas; en 2019 hubo un asesinato.
Se ha producido en 2022 una leve disminución de los delitos de atentado, resistencia y desobediencia a agentes de la autoridad, 42 en 2022 (51 en 2021), al igual que en los restantes delitos contra el orden público, 2 en 2022 (3 en 2021).
En cuanto al número de menores sujetos a reforma sobre los que se ha intervenido en el año 2022 fueron 481 (frente a 422 en 2021, 603 en 2020).
Las medidas adoptadas en 2022 fueron 556. En 2021 fueron 697 y en 2020 fueron 739.
Estas 556 medidas fueron: 11 de internamiento cerrado, 86 de internamiento semiabierto, internamiento terapéutico cerrado 2, internamiento terapéutico semiabierto 11, 354 de libertad vigilada, 28 de prohibición de acercamiento y comunicación, 5 de tratamiento ambulatorio, 12 de permanencias de fin de semana, 63 de prestaciones en beneficio de la comunidad, 81 de tareas socioeducativas, 11 de convivencia con persona o grupo educativo, 2 de amonestación, 25 de internamiento cautelar, 2 de libertad vigilada cautelar y 224 reparaciones extrajudiciales.
En materia de control y supervisión de ejecución de medidas se han efectuado en el año 2022 treinta y una visitas presenciales de los jueces, fiscales y equipos técnicos. El año anterior fueron 42.
En relación a las infracciones cometidas por los menores de 14 años se ha actuado en 2022 sobre 280 menores de esa edad que habían cometido algún tipo de infracción penal frente a los 211 de 2021 y 184 implicados en 2020. De ellos 191 chicos y 89 chicas.
Las infracciones penales cometidas por estos menores de 14 años en 2022 fueron 310 (en el 2021 fueron 295). Se trata de 66 por lesiones, 59 por delito de hurto, 44 por delito de daños, 14 por abuso y agresión sexual, 14 por robo con violencia o intimidación, 33 por amenazas y coacciones, 9 por malos tratos en el ámbito familiar, 10 por robo con fuerza, 57 por acoso escolar, 6 por delito leve de lesiones, 2 por delito leve de estafa, 30 por delito contra la integridad moral, 4 por delito de denuncia falsa o simulación de delito, 1 por delito contra la salud pública 1 por delito de coacciones.
Sigue en aumento la comisión de delitos cometidos por menores de 14 años. La intervención por parte de la Entidad Pública con los menores de 14 años que han cometido alguna infracción penal, sigue siendo directa y eficaz con los mismos, sus familias e incluso con las víctimas. El denominado equipo EMCA está compuesto por cuatro educadores dedicado en exclusivo a la supervisión de estos menores de 14 años.
5.6.1.2. Protección
En 2022 se incoaron en la Fiscalía de Menores de Zaragoza 1.616 expedientes de protección por comunicación de la Entidad Pública de alguna medida administrativa protectora (tutela, guarda, riesgo o intervención familiar), lo que supone un incremento muy considerable en el número de expedientes en relación al año 2021 (1.108) y 2020 (1.092).
De estos 1.616 expedientes del 2022, 119 fueron de tutela automática, incoados tras la comunicación de la Entidad Pública, lo que supone un leve incremento respecto de los 102 del año 2021. Un total de 152 fueron expedientes de guarda (lo que supone 9 más que en 2021). Finalmente, hubo 1345 expedientes de menores en situación de riesgo, con un llamativo aumento respecto del año 2021 (863) y del año 2020 (723 expedientes).
En el 2022 se han incoado 19 procedimientos de impugnación de medidas acordadas por las entidades públicas.
A fecha 31 de diciembre de 2022 el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) tenía en la provincia de Zaragoza 1.053 menores bajo su acción protectora frente a los 1.034 que había en igual fecha del año 2021.
Durante el año 2022 el número de menores atendidos en el IASS en la provincia de Zaragoza bajo supervisión del IASS fue de 1.911 (1892 en el año 2021): 257 sujetos a tutela, 26 en guarda voluntaria, 104 en guarda provisional, 1 en guarda judicial, 845 con declaración de riesgo, 46 con prórroga a la mayoría de edad, 25 en programas de transición a la vida independiente, 19 en programas de empleo juvenil, 455 en acogimiento residencial, 82 en acogimiento familiar y 44 en acogimiento familiar de urgencia.
Solicitudes de adopción nacional hubo 70 y otras 22 de adopción internacional. A fecha 31 de diciembre de 2022 había 39 menores extranjeros en acogida individual, procedentes de Ucrania, Marruecos y Colombia.
El número total de MENAS, cuya minoría de edad está acreditada, bajo tutela automática del IASS fue de 228. Fueron 286 en 2021 y 98 en 2020, 312 en 2019 y 188 en 2018. Se tramitaron 9 decretos de determinación de edad de menores no acompañados.
No se tramitaron expedientes sobre ensayos clínicos o investigación biomédica, ni procedimientos de derechos fundamentales de menores carentes de representación familiar ni expedientes de sustracción internacional de menores.
En cuanto al absentismo escolar, en el curso 2021-2022, el número de casos derivados a Fiscalía de Menores por la Comisión de Absentismo fue de 60, frente a los 50 de 2021, 18 en 2020, 26 del año 2019, 23 del año 2018 y 64 del año 2017.
5.6.2. Fiscalía Provincial de Huesca
En esta Fiscalía una Fiscal cumple las funciones propias de Fiscal delegada de menores, interviniendo otros cinco fiscales en el trabajo propio de la Sección.
5.6.2.1. Reforma
El número de diligencias preliminares incoadas en el año 2022 fue de 315 lo que supone una cifra notablemente superior respecto del año 2021 (235) y 2020 (224).
El número de desistimientos de incoación de procedimiento conforme al art. 18 de la LORPM en 2022 fue de 30, mayor que el año anterior (21); en relación a las diligencias archivadas por ser menor de 14 años fueron en 2022 74, frente a 56 en 2021. Por el concepto “otras causas” fue de 102 en 2022 frente a 65 en 2020. En total 206 desistimientos.
Al finalizar el año 2022 había 14 diligencias preliminares en trámite.
Se incoaron en el año 2022 un total de 105 expedientes de reforma frente a los 79 de 2021. De ellos se presentó escrito de alegaciones en 62 expedientes (en 2021 fueron 39). En 19 se alcanzaron soluciones extrajudiciales y en otros 3 se acordó el sobreseimiento. Al finalizar el año estaban en trámite 30 expedientes de reforma.
En cuanto a las infracciones apreciadas en 2022 en los expedientes de reforma, hubo 22 delitos de lesiones, 12 de abuso sexual, 13 de agresión sexual, 18 robos con fuerza, 3 robos con violencia o intimidación, 9 hurtos, 8 delitos de daños, 3 contra la salud pública, 9 de conducción sin permiso, 1 de conducción temeraria, 15 de violencia doméstica, 4 de violencia de género, 4 de atentado o resistencia a agente de la autoridad y 37 bajo el concepto de “otros”. Además 141 delitos leves contra el patrimonio o contra las personas.
Respecto de las medidas acordadas se impusieron 1 medida de internamiento semiabierto, 1 de permanencia de fin de semana, 23 de libertad vigilada, 19 de prestaciones en beneficio de la comunidad, 1 de convivencia familiar/educativa y 11 en el apartado de “otras”. Se tramitaron un total de 44 expedientes de ejecución.
En cuanto a las sentencias fueron 93 condenatorias, 37 de ellas por conformidad y 2 absolutorias. El Ministerio Fiscal no interpuso recursos de apelación o casación.
5.6.2.2. Protección
En el año 2022 se tramitaron 127 expedientes de protección. Fueron 70 el año anterior. De ellos 40 de tutela automática tras comunicación de la entidad pública, 54 de guarda tras igual comunicación y 29 abiertos respecto de menores en situación de riesgo.
No hubo procesos judiciales relativos a impugnaciones de medidas protectoras acordadas por las Entidades Públicas respecto de menores ni de absentismo escolar, mendicidad con menores o derechos fundamentales. Se registraron 13 procesos judiciales relativos a adopciones y un expediente sobre acogimiento. Se intervino además en 10 expedientes sobre MENAS (Menores no acompañados)
5.6.3. Fiscalía Provincial de Teruel
Uno de los Fiscales de esta Fiscalía Provincial se encuentra designado como Fiscal delegado de menores.
5.6.3.1. Reforma
En el año 2022 se incoaron 110 diligencias preliminares. Fueron 102 en 2021 y 98 en 2020. De esas 110 diligencias, se archivaron por referirse a menores de 14 años de edad 25, otras 32 se archivaron por desistimiento en la incoación y 15 por otras causas. Al finalizar el año había un procedimiento en trámite.
En cuanto a los expedientes de reforma en 2022 se han incoado 39 (fueron 50 en 2021). En 22 expedientes se alcanzaron soluciones extrajudiciales, en 11 se acordó el sobreseimiento y se formularon 19 escritos de alegaciones, varios de ellos correspondientes al año anterior. Había 4 expedientes pendientes en trámite al finalizar el año 2022.
Las infracciones penales por las que se iniciaron las diligencias fueron en cuanto a los delitos: Lesiones: 38. Abuso sexual 2, Agresión sexual: 2. Robo con fuerza: 8. Robo con violencia: 2. Hurto: 11. Daños: 18. Contra la salud pública: 1. Conducción sin permiso: 7. Violencia doméstica: 13. Violencia de género 1; Otros: 15. En cuanto a los delitos leves se apreciaron 4 infracciones contra el patrimonio y 14 contra las personas.
El Juzgado de Menores de Teruel dictó 20 sentencias, de ellas 19 condenatorias y 1 absolutoria, la totalidad de las condenatorias por trámite de conformidad. No se interpusieron recursos de apelación.
En cuanto a las medidas impuestas se acordaron 4 de internamiento semiabierto, 1 internamiento terapéutico, 8 de libertad vigilada, 5 de prestaciones en beneficio de la comunidad, 2 medidas de amonestación y 1 de convivencia familiar educativa. Se tramitaron en el año un total de 21 expedientes de ejecución.
5.6.3.2. Protección
De la Memoria de la Fiscalía Provincial de Teruel resultan los siguientes datos estadísticos en 2022:
Se tramitaron un total de 145 expedientes (fueron 49 en el año 2021), de ellos:
Expedientes de tutela automática tras comunicación de la entidad pública: 62.
Expedientes de guarda incoados tras comunicación de la entidad pública: 4.
Expedientes de protección abiertos a menores en situación de riesgo: 79
Además, la Fiscalía de menores tuvo la siguiente actividad:
Intervención en impugnaciones de medidas acordadas por una entidad pública respecto de menores en protección: 10
Intervención en adopciones: 4.
Visitas de inspección a Centros de Protección de Menores: 2.
5.7. Cooperación internacional
5.7.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza
En el año 2022 se tramitaron 76 expedientes de cooperación internacional en concreto 40 órdenes europeas de investigación, 14 comisiones rogatorias, 20 auxilios fiscales y 2 reconocimientos mutuos.
El año 2018 fueron 46, el año 2019 se realizaron 67, en el año 2020, 76 y en 2021 se tramitaron 90.
Todos ellos, menos dos, se recibieron de Estados miembros de la Unión Europea. En concreto, Suiza y Reino Unido fueron esos dos países ajenos a la Unión Europea, con un expediente procedente de cada uno de ellos.
El desglose de las europeas fue el siguiente: Alemania 14, Austria 7, Portugal 24, Rumanía 3, Francia 4, República Checa 4, Polonia 8, Eslovaquia 2, Hungría 1, Bélgica 2, Bulgaria 2, Grecia 1, Italia 1 y Lituania 1
La vía de transmisión sigue siendo mayoritariamente la comunicación directa, bien por correo ordinario, bien por correo electrónico. Algunos países utilizan con asiduidad a los magistrados de enlace, a EUROJUST o al Ministerio de Justicia.
La mayoría de las solicitudes de cooperación tenían por objeto la obtención de información sobre cuentas y operaciones bancarias, así como declaración de sus titulares o apoderados en calidad de investigados o de testigos. En otras, se solicitaron notificaciones, requerimientos, testimonios de particulares y entrega de documentos.
En cuanto a las actividades delictivas investigadas siguen siendo los delitos de estafa los más numerosos, en general se trata de estafas realizadas mediante banca electrónica. El resto corresponde a un variado catálogo de delitos como falsedades, blanqueo de capitales, defraudación tributaria, tráfico de drogas, abandono de familia, seguridad vial e impago de pensiones, entre las más numerosas.
Como en años anteriores, la mayoría de las peticiones no precisaron de judicialización y fueron ejecutadas por esta Fiscalía, muchas de ellas a través de las Unidades de Policía Judicial.
5.7.2. Fiscalía Provincial de Huesca
Se señala en la Memoria de esta Fiscalía que corresponde a una fiscal de la plantilla el cumplimiento de las funciones de cooperación internacional, conforme a lo establecido en las Instrucciones de la Fiscalía General del Estado 2/2003 sobre actuación y organización de las Fiscalías en materia de Cooperación Jurídica Internacional y 1/2011 sobre funciones y facultades de Fiscal de Sala Coordinador de Cooperación Penal Internacional.
Por lo que se refiere a las actuaciones relativas a la asistencia judicial internacional desarrolladas por el Ministerio Fiscal durante el año 2022, se registró una comisión rogatoria pasiva, procedente de Rumanía.
Se tramitaron en 2022 tres órdenes europeas de investigación pasivas, dos menos que el año anterior. Procedían de Francia, Alemania y Portugal.
Consta la emisión de un dictamen relativo al reconocimiento mutuo correspondiente a una solicitud de la autoridad austriaca para la ejecución de una sanción pecuniaria a un ciudadano español residente en Huesca.
Finalmente, se indica que se atendieron siete solicitudes de auxilios fiscales procedentes de otras Fiscalías españolas.
5.7.3. Fiscalía Provincial de Teruel
Durante el año 2022 en esta Fiscalía se han tramitado un expediente de auxilio fiscal internacional, tres dictámenes de servicio, diez órdenes europeas de investigación y tres comisiones rogatorias. En total diecisiete expedientes.
El pasado año 2021 fueron doce.
Los países remisores de los expedientes fueron: Portugal (5), Eslovenia, Rumania, Francia, Polonia, Austria, Irlanda, Reino Unido, Suecia (2) e Italia (3).
En relación a los tipos delictivos perseguidos destacaron los de tenencia ilícita de armas y estafa informática.
La Fiscal delegada participó en las Jornadas de especialistas organizadas por la Fiscalía de Sala en el mes de diciembre de 2022 y en la formación virtual facilitada por la Comisión Europea que tuvo lugar en noviembre del mismo año.
5.8. Delitos informáticos
5.8.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza una de las fiscales de la plantilla desempeña la función de delegada en materia de delitos informáticos.
En la Memoria de esta Fiscalía correspondiente al año 2022 se hace referencia separada a algunos de los procedimientos judiciales más importantes tramitados en el ejercicio.
Se citan específicamente procedimientos tramitados por los Juzgados de la capital y provincia, relativos al blanqueo de capitales mediante el uso de bitcoins y a las estafas mediante la captación de fondos en internet con falsas alegaciones de dedicarlos a fines sociales y benéficos.
Destaca también la actuación de la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Policía Nacional y del EDITE (Equipo de Investigación Tecnológica) de la Guardia Civil en esos concretos procedimientos, así como para obtener de sus estadísticas datos de estos delitos.
La Policía Nacional recibió 5.264 denuncias en 2022 (fueron 4.033 en 2021) relativas a delitos cometidos mediante TIC y el EDITE de la Guardia Civil 981 denuncias. Muchas de ellas no dieron lugar a procedimientos judiciales al desconocerse la autoría del hecho denunciado.
Datos estadísticos de la Fiscalía:
Durante el año 2022 en la Fiscalía de Zaragoza se incoaron dos diligencias de investigación por hechos en los que se habían utilizado TIC en la realización de la actividad criminal.
En cuanto a procedimientos judiciales, se incoaron en total 2.909 procedimientos. Atendiendo a los tipos delictivos se trata de 121 procedimientos por amenazas, 76 por acoso, 6 por trato degradante, 16 de pornografía infantil, 12 por otros delitos contra la libertad sexual, 3 por ataques a sistemas informáticos e intercepción de datos, 7 por difusión de imágenes intimas sin consentimiento, 8 por otros delitos de revelación de secretos, 2.613 por estafas, 4 por descubrimiento de secretos empresariales, 3 por daños informáticos, 6 por delitos contra la propiedad intelectual y 34 por falsedades mediante el uso de TIC.
Hay un porcentaje mayoritario, muy elevado, de delitos leves. Corresponden a numerosas denuncias por estafas de escasa cuantía cometidas en la web.
En cuanto a los escritos de calificación del Ministerio Fiscal, se distingue entre:
a) delitos en los que el objeto de la actividad delictiva son los propios sistemas informáticos o las TIC: Se han calificado 8 delitos de descubrimiento y revelación de secretos del art. 197 del código Penal.
b) delitos en los que la actividad criminal se sirve para su ejecución de las ventajas que ofrecen las TIC: se han calificado 686 delitos de estafa, 15 de falsedad documental, 13 delitos relativos a la pornografía infantil, 48 de acoso a menores, 64 de amenazas y coacciones, 3 contra la integridad moral, 57 de acoso y 4 contra la propiedad intelectual. En total 898 delitos.
Se da cuenta también de haberse dictado 613 sentencias en los Juzgados de lo Penal y en la Audiencia Provincial. La mayoría de ellas por estafa (511). También fueron relevantes por su número las dictadas por amenazas (41) y acoso (32).
5.8.2. Fiscalía Provincial de Huesca
En la Fiscalía Provincial de Huesca un fiscal de la plantilla desempeña la función de fiscal delegado, en coordinación con la Fiscalía de Sala.
Nuevamente se resalta en la Memoria de esa Fiscalía que numerosos atestados elaborados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en los que se recogen denuncias por hechos que guardan relación con esta especialidad de delitos informáticos, no dan lugar a la incoación de causas penales por la dificultad de identificación de su autor. Por ese motivo ni tan siquiera llegan a sede judicial.
El Fiscal delegado mantuvo reuniones con la Comisaría Provincial de la Policía Nacional y con la Comandancia de la Guardia Civil con la finalidad de recabar datos de la actividad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y conocer su funcionamiento. La Guardia Civil recibió en Huesca, en 2022, 860 denuncias por delitos relacionados con las TIC.
Se tramitaron dos diligencias de investigación de Fiscalía en 2022. Una de ellas por supuestas injurias y calumnias fue archivada y la segunda, por supuesta estafa, remitida a un Juzgado de Instrucción.
En los datos estadísticos se reflejan un total de 337 procedimientos judiciales incoados por delitos relacionados con las TIC. De ellos 320 por estafa, 8 por amenazas o coacciones, 1 por otros delitos contra la libertad sexual, 4 por pornografía infantil, 4 por acoso.
Se da cuenta en la tabla estadística de 13 escritos de calificación del Ministerio Fiscal, 1 de ellos por amenazas, 2 por acoso, 3 por pornografía infantil, 6 por estafa y 1 por discriminación.
En cuanto a las sentencias condenatorias dictadas se hacen constar un total de 27, de ellas 24 condenatorias y 3 absolutorias, la mayoría de ellas (21) dictadas por delito de estafa. El resto fueron por amenazas (2), pornografía infantil (3) y acoso (1).
5.8.3. Fiscalía Provincial de Teruel
Un fiscal de la Fiscalía Provincial de Teruel desempeña la función de delegado de esta especialidad. En 2022, al igual que en el año 2021 no hubo procedimientos especialmente graves o reseñables cometidos con utilización de las TIC.
Los procedimientos tramitados suelen ser pequeñas estafas con utilización de “muleros”, personas encargadas de recibir y transmitir los envíos de dinero o con la utilización de criptomonedas, así como compraventas por la web en las que, tras pagar el precio, no se entrega la mercancía.
De la estadística de la Memoria de la Fiscalía Provincial correspondiente al año 2022 resulta que en los diferentes Juzgados de la capital y provincia se incoaron 158 procedimientos por diferentes infracciones penales cometidas por medios informáticos o utilización de TIC. Fueron 189 en 2021, 118 en 2020 y 142 en 2019.
Los más numerosos (146) fueron los procedimientos incoados por delito de estafa. También se incoaron 4 por amenazas o coacciones, 4 por acoso, 2 por pornografía infantil, 1 por ataques a sistemas informáticos e intercepción de datos y 1 por daños.
No se tramitaron diligencias de investigación de Fiscalía.
Se presentaron 76 escritos de calificación, de ellos 64 por estafa, 4 por acoso, 5 por amenazas, 2 por pornografía infantil y 1 por ataques a sistemas informáticos e intercepción de datos.
En cuanto a las sentencias, se dictaron 64, la mayoría de ellas (53) por delito de estafa.
5.9. Discapacidad y atención a mayores
5.9.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza
En esta Fiscalía Provincial funciona una Sección, integrada en 2022 por cuatro fiscales, que se ocupa del despacho de los procedimientos civiles y mercantiles.
Especial relevancia tienen en la Fiscalía los referidos a personas con discapacidad y también a los mayores que, por presentar alguna enfermedad invalidante, requieren una especial asistencia tanto desde el punto de vista de su guarda personal como de la gestión y protección de su patrimonio.
El artículo 3.7 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal le atribuye la función de “Intervenir en los procesos civiles que determine la ley cuando esté comprometido el interés social o cuando puedan afectar a personas menores, incapaces o desvalidas, en tanto se provee de los mecanismos ordinarios de representación” y el artículo 749 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se refiere especialmente a los procesos sobre incapacitación y a la preceptiva intervención del Ministerio Fiscal en los procesos relativos a capacidad, filiación, matrimonio y menores siempre que alguno de los interesados en el procedimiento sea menor, incapacitado o esté en situación de ausencia legal.
De los datos incluidos en la Memoria de la Fiscalía Provincial del año 2022 cabe destacar:
El número de diligencias preprocesales civiles disminuyó notablemente. En 2022 se incoaron 246, frente las 471 incoadas el año anterior 2021.
De ellas 208 correspondieron al partido judicial de Zaragoza, 7 en conjunto a los partidos de Tarazona, Ejea de los Caballeros y Caspe y 31 a los partidos correspondientes a la Sección Territorial de Calatayud de la Fiscalía, es decir, Calatayud, Daroca y La Almunia de Doña Godina.
Como consecuencia de estas diligencias, la Fiscalía Provincial presentó 138 demandas de juicio verbal o, en su caso, de jurisdicción voluntaria en materia de discapacidad. Fueron 355 en 2021 y 370 el año 2020.
En otras 106 diligencias preprocesales se acordó el archivo, por diferentes causas.
Además, se tramitaron 22 diligencias de control de patrimonios y 1 de control y quejas sobre residencias de ancianos y discapacitados.
Se sigue haciendo hace especial referencia en la Memoria, también este año 2022, a la entrada en vigor, el 3 de septiembre de 2021, de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica que modificó numerosos preceptos civiles (en especial del Código Civil) como procesales. No obstante, no se ha modificado el Código de Derecho Foral de Aragón y ello plantea cuestiones jurídicas sustantivas y formales que se tratan detenidamente en la Memoria de la Fiscalía Provincial.
Se exponen también los nuevos criterios de actuación de la Fiscalía, como consecuencia en parte de los cambios legislativos citados, respecto de la presentación de demandas de juicio verbal o expedientes de jurisdicción voluntaria. Se diferencia entre las situaciones de hecho en las que la persona supuestamente con discapacidad tiene familiares de referencia, legitimados conforme al artículo 42 bis a) de la Ley de Jurisdicción Voluntaria y aquellos otros en situación de posible discapacidad que carecen de familiares legitimados o en los que concurre una grave problemática familiar, desatención o negligencia en los familiares.
Se examina también la figura legal de la guarda de hecho y su discordante regulación en la legislación común (Código Civil) y en el Código de Derecho Foral de Aragón refiriendo las soluciones adoptadas en la práctica procesal.
Las visitas a las residencias y centros de mayores se han reanudado, tras su suspensión el año 2020 como consecuencia de la pandemia de COVID-19. Se efectuaron dos visitas presenciales y otras nueve reuniones virtuales con los centros de asistencia.
Como en años anteriores, la mayor parte de las causas de incapacidad recogidas en las sentencias dictadas son las relativas a personas afectadas de demencias (seniles, vasculares, mixtas, fronto-temporales, Alzhéimer, Parkinson, neurodegenerativas, deficiencias mentales congénitas, demencia en cuerpos de Lewy...) que comportan deterioros cognitivos graves y otras circunstancias que han llevado a la persona a un daño cerebral de consideración (accidente cerebrovascular, traumatismo craneoencefálico, ataxia...).
El Gobierno de Aragón asume tutelas y curatelas a través de la Comisión de Tutela y Defensa Judicial de Adultos. Está previsto que en el año 2023 sus funciones se asuman por una Fundación de carácter público.
En relación con la inmovilización o restricción de la capacidad física o intelectual por medios mecánicos o farmacológicos se indica que la Consejería de Derechos Sociales del Gobierno de Aragón, en sus recomendaciones generales, insta a los centros para que aborden planes del cuidado de residentes que prevean erradicar el uso de sujeciones en la práctica asistencial, recordando que ha de garantizarse la autonomía del residente y el uso racional e individualizado de las sujeciones físicas y farmacológicas. Así no podrán ser sometidos a ningún tipo de inmovilización o restricción de la capacidad física o intelectual por medios mecánicos o farmacológicos sin prescripción y supervisión facultativa, salvo que exista peligro inminente para la seguridad física de la persona usuaria o de terceras personas.
Todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 7.o) de la Ley de Servicios Sociales de Aragón, el artículo 8.2 e) del Decreto 66/2016 de 31 de mayo por el que se aprueba la carta de derechos y deberes de las personas usuarias de los servicios sociales de Aragón, el artículo 4.2 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia y del artículo 62.2 de la Ley 5/2019, de 21 de marzo, sobre Derechos y garantías de las personas con discapacidad en Aragón.
En relación con los Patrimonios Protegidos, se han continuado recibiendo copias remitidas por los notarios autorizantes. En la mayoría de los casos se designa administradores de los mismos a los propios aportantes, que suelen ser los progenitores de la persona discapacitada, para así proveer adecuadamente a sus futuras necesidades, en su beneficio y protección. Durante el año 2022 se notificó a esta fiscalía provincial la constitución de 22 patrimonios protegidos (16 el año anterior).
Durante el año 2022 la fiscalía provincial emitió 3.718 informes en expedientes de rendición de cuentas presentadas por tutores en relación con personas de discapacidad.
Las cifras estadísticas de la Sección en materia de discapacidad refieren: 10 demandas de discapacidad, presentadas conforme a la LEC en juicio verbal y 128 solicitudes de Jurisdicción voluntaria.
En los Juzgados se tramitaron 524 procedimientos de autorización o aprobación judicial en materia de discapacidad, 8 de habilitación para comparecer en juicio como defensor judicial, 773 procedimientos de internamiento, 5 de medidas cautelares previas al internamiento, 3.194 procedimientos de revisión de cuentas y 28 expedientes de revisión de medidas
5.9.2. Fiscalía Provincial de Huesca
Señala la Memoria de esta Fiscalía que en el año 2022 se incoaron 81 diligencias preprocesales en materia de modificación de la capacidad de las personas. Fueron 137 en 2021 y 158 diligencias en 2020.
Se efectuaron 4 visitas a centros y 2 reuniones virtuales con representantes de los centros con discapacitados.
El Ministerio Fiscal presentó 4 demandas de juicio verbal conforme a la LEC y 32 solicitudes conforme a la Ley de Jurisdicción Voluntaria. Otras 12 demandas fueron presentadas por particulares.
Por los Juzgados se dictaron durante el año 2022 un total de 28 sentencias sobre modificación de la capacidad en juicio verbal, conforme a la LEC y 14 autos ante solicitudes presentadas conforme a la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
También consta en la Fiscalía la intervención en 50 procedimientos de autorización judicial, 160 procedimientos de internamiento no voluntario en centros médicos o asistenciales, 8 procedimientos de medida cautelar previa, 10 de protección patrimonial, 15 sobre remoción de tutores o extinción de poderes, 520 procedimientos de rendición de cuentas y 78 de provisión de medidas de la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
5.9.3. Fiscalía Provincial de Teruel
Corresponde a un fiscal de esta Fiscalía desempeñar las funciones de delegado en esta materia.
En el año 2022, la Fiscalía Provincial presentó 64 solicitudes para la provisión de apoyo conforme a la Ley de Jurisdicción Voluntaria y celebró 4 reuniones virtuales o presenciales con centros de discapacitados.
En cuanto a los procedimientos judiciales en que intervino, se dictaron 43 sentencias ante demandas tramitadas en juicio verbal conforme a la LEC y 17 autos ante solicitudes tramitadas conforme a la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
Consta también la intervención con emisión de dictamen en 28 procedimientos de autorización judicial, 84 internamientos, 336 rendiciones de cuentas, 88 de revisión de medidas y 22 dictámenes genéricos.
En total el número de expedientes de tutela y curatela incoados en Teruel y provincia que permanecen en trámite al finalizar el año 2022 era de 1.103 tutelas, 29 curatelas y 70 de la Ley de Jurisdicción Voluntaria sobre medidas de apoyo.
5.10. Protección y tutela de las víctimas en el proceso penal
5.10.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza
La Memoria de esta Fiscalía nuevamente indica que durante el ejercicio 2022 todos los Juzgados de lo Penal y las Secciones de la Audiencia correspondientes han cumplido con la obligación de notificar a las víctimas las sentencias recaídas. Hace años que en los escritos de calificación de Fiscalía se introdujo la solicitud de notificar a la víctima o víctimas tanto la sentencia que se dicte en su día como el lugar, día y hora de la vista oral.
No consta en 2022 la emisión de informes previstos en la Ley 35/95, salvo en los relativos a víctimas de violencia de género.
En los casos de sentencia dictada en conformidad, por el Fiscal que asiste al Juicio se informa a la victima de los extremos de la conformidad haciendo especial hincapié en el caso de medidas de prohibición de comunicación o aproximación.
La Instrucción de la Fiscalía General del Estado número 8/2005 se cumplimenta con la colaboración de la Oficina de Asistencia a la Víctima en la que se presta asistencia y orientación jurídica, asistencia psicológica, acompañamientos en comparecencias y vistas e información sobre ayudas económicas y asistenciales. Es un órgano de interrelación y coordinación con la Administración de Justicia, otras administraciones y asociaciones no gubernamentales.
Respecto de la relación de la Fiscalía con la Oficina de Asistencia a la Víctima, se mantienen contactos con la citada oficina tanto personales como telemáticos. La citada oficina se dedica muy especialmente a la atención de la violencia de género, la violencia doméstica, los delitos contra la libertad sexual y los delitos de lesiones graves.
En el ejercicio 2022 registró 252 expedientes ordinarios, además de otros 794 ya abiertos en supuestos de violencia de género. Se efectuaron 24 acompañamientos a víctimas en juicios y declaraciones. También desde la Oficina se prestó orientación y asesoramiento jurídico, por medio de abogado, a un total de 260 personas.
Con relación a la cuestión de las exploraciones de los menores en el ámbito judicial y con la máxima de evitar la victimización secundaria y el principio constitucional de presunción de inocencia, se destaca que en la Ciudad de la Justicia de Zaragoza se instaló una sala Gesell que funciona desde enero de 2020.
La Fiscal delegada mantuvo una reunión en el mes de julio de 2022 con representantes de la Dirección General de Justicia de la DGA y del Instituto Aragonés de Servicios Sociales con ocasión de la reforma introducida por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral de la infancia y de la adolescencia frente a la violencia para coordinar la práctica de diligencias con menores víctimas de delito con la máxima eficacia posible.
Hace también referencia a la Nota de servicio número 47/2022 del Fiscal Jefe Provincial en relación a menores víctimas de bandas urbanas determinando la necesidad de realizar prueba preconstituida y de atender a los informes sobre vulnerabilidad.
5.10.2. Fiscalía Provincial de Huesca
Como en años anteriores la Memoria de la Fiscalía Provincial de Huesca expone que desde los Juzgados de Instrucción en las sentencias de conformidad y desde los órganos sentenciadores (Audiencia Provincial y Juzgados de lo Penal) se efectúa la notificación a las víctimas de las sentencias recaídas en los procesos penales, velando por ello desde la Fiscalía en cumplimiento de la Instrucción de la FGE número 8/2005.
También, para garantizar y salvaguardar los derechos de las víctimas de violencia de género y de violencia doméstica, por el Fiscal Jefe Provincial se dictó una nota de servicio dirigida a los Fiscales de la plantilla para concretar la forma y tiempo de comunicación de la información dirigida a las víctimas de esos delitos, respecto de acusaciones y conformidades.
En el ejercicio 2022 no se han emitido dictámenes de los previstos en el artículo 9.3 de la Ley 35/1995 de ayuda a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual.
En relación a la Oficina de Asistencia a las Víctimas y en particular, los cauces de comunicación periódica e intercambio de información establecidos con dichas oficinas, la relación con la Fiscalía es habitual y fluida.
Se hace también referencia a la nota sobre actuaciones de protección a la víctima elaborada por la Fiscal de Sala delegada en la materia, sometida a consideración de la Junta de Fiscales Superiores celebrada el 25 de octubre de 2016, en materia de valoración del riesgo que pueda existir para la víctima denunciante, como dato a tener en cuenta especialmente al solicitar las medidas cautelares para la persona supuesta autora del hecho delictivo.
5.10.3. Fiscalía Provincial de Teruel
Hace referencia esta Fiscalía en su Memoria a las funciones que desempeña el Fiscal delegado de la fiscalía y al especial cumplimiento de las medidas previstas en el artículo 25 de la Ley 4/2015 del Estatuto de la Víctima. En cinco procedimientos se han efectuado gestiones, previa incoación de diligencias informativas, para facilitar información a víctimas de delitos de permisos de salida concedidos a los autores o impedir el contacto visual entre la persona autora del delito y la víctima en fase de enjuiciamiento.
También se indica que mantiene constante relación con la Oficina de Atención a la Víctima, en la que se han abierto 378 expedientes en 2022, con un considerable incremento respecto de años anteriores (169 en 2021 y 152 en 2020). La mayoría siguen relacionados con la violencia sobre la mujer con un incremento de los relacionados con agresiones y abusos sexuales.
No ha sido preciso elaborar informes en aplicación de la Ley 35/1.995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a la víctima.
5.11. Vigilancia penitenciaria
5.11.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza
5.11.1.1. Establecimientos penitenciarios
La población reclusa en Aragón, a fecha 31 de diciembre de 2022, era de un total de 1.987 internos, cifra superior a la del 31 de diciembre de 2021: 1.894.
El año 2018 fue de 2007 internos, en 2019 de 2087 y en 2020, 1.893.
En el Centro Penitenciario de Zuera (Zaragoza), el 31 de diciembre de 2022 había 1.424 internos, de ellos 1.325 hombres y 99 mujeres. Los varones, por su situación penal, eran 1.034 penados, 199 preventivos y 92 en libertad condicional. De las internas 63 eran penadas, 22 preventivas y 14 en libertad condicional.
A fecha 1 de enero de 2022, había un total de 1.361 internos: de ellos 1.259 hombres y 102 mujeres. De los referidos internos, 984 penados, 175 preventivos y 100 en libertad condicional. Respecto a la distribución de internas: 77 eran penadas, 18 preventivas y 7 mujeres en libertad condicional.
Por tanto, durante el año se incrementó el número de internos varones y disminuyó el de mujeres.
En cuanto a las libertades condicionales, las concedidas en 2022 fueron 43 y los internos en libertad condicional dependientes del Centro 106. En el año 2021 fueron 56 las libertades condicionales concedidas y los internos en libertad condicional dependientes del centro 107.
Los permisos de salida concedidos en 2022 fueron: 895 ordinarios, 331 de fin de semana, 46 extraordinarios y 829 ordinarios enlazados con fin de semana, que hacen un total de 2.101 (a diferencia del año 2021 que fueron 1.812). No reincorporados del permiso: 23.
Las libertades condicionales concedidas a internos extranjeros para cumplir pena en su país de origen o residencia fueron 9 en el año 2022, frente a las 5 concedidas el año anterior.
A 39 internos se les sustituyó la pena por expulsión del territorio nacional, fueron 13 en 2020 y 11 en 2021.
El Centro Penitenciario de Zuera (Zaragoza) es una gran prisión inaugurada en julio de 2001, que tiene 14 módulos con 72 celdas cada uno y dos camas por celda, lo que hace un total de 1.008 plazas. Si se incluyen las 72 plazas de ingresos y tránsitos, las 64 de enfermería y las 36 de aislamiento, su capacidad total es de 1.170 plazas. Desde que se abrió siempre ha superado el límite de su capacidad.
En el Centro Penitenciario de Daroca, el día 1 de enero de 2022, el total de internos era de 346, todos varones, con 342 penados y 4 preventivos.
Al finalizar el año, el 31 de diciembre de 2022 había 386 internos, 380 penados y 6 preventivos, todos varones.
Ninguno de ellos se encontraba clasificado en primer grado y eran mayoría los penados clasificados en segundo grado: 379.
De ellos 232 eran de nacionalidad española y 154 extranjeros. Las nacionalidades más numerosas, entre las extranjeras, eran Marruecos, Rumania, Argelia y Colombia como el año anterior.
Se concedió en un caso la libertad condicional durante el año 2022, al igual que en 2021. No se concedió ninguna en el año 2020.
En cuanto a los permisos de salida concedidos, fueron un total de 207. En el año 2021 fueron 234.
De ellos 201 ordinarios, 3 extraordinarios y 3 de fines de semana; internos no reingresados de permiso hubo 1.
En el Centro Penitenciario de Teruel, el 31 de diciembre de 2022 había 177 internos, 169 presentes y 8 con medios telemáticos. En la misma fecha de 2021 hubo 187 internos.
El 18% de ellos de origen extranjero en 2022.
Entre los penados había al finalizar el año, clasificados por delitos, 3 por asesinato, 11 por homicidio, 8 por lesiones, 33 por robo, 13 por otros delitos patrimoniales, 55 por delitos contra la salud pública, 10 por agresiones sexuales, 24 por quebrantamiento de condena y 2 por falsedad documental.
En 2022 se concedieron 157 permisos, de ellos 146 ordinarios, 3 extraordinarios y 8 de fin de semana. Todos los internos de permiso regresaron al Centro.
5.11.1.2. Juzgados de Vigilancia Penitenciaria
El número total de expedientes tramitados en el año 2022 en los dos Juzgados de Vigilancia Penitenciaria de Aragón fue de 8.966 frente a los 6.763 tramitados en el año 2021.
El total de dictámenes emitidos por los Fiscales en asuntos despachados durante el año 2022 en ambos Juzgados fue de 7.578. En 2021 fueron 7.848 y en el año 2020 un total de 8.017.
Por materias destacan por su volumen 2.155 informes en materia de permisos de salida, 1.437 en recursos contra sanciones, 2.596 por trabajos en beneficio de la comunidad, 1.296 en peticiones y quejas, 1.228 en refundiciones de condena, 506 recursos de reforma contra sanciones disciplinarias y 713 en materia de clasificación de grado.
5.11.2. Fiscalía Provincial de Huesca
En este apartado, la Fiscalía Provincial de Huesca, no ha realizado actividad alguna, al no haber centros penitenciarios en la provincia de Huesca. El CIS de la capital depende de la prisión de Zuera.
5.11.3. Fiscalía Provincial de Teruel
La actividad de la Fiscalía Provincial de Teruel en materia de vigilancia penitenciaria se despliega en dos aspectos:
1.º Visitas al centro penitenciario de Teruel a los efectos de conocer las instalaciones, su problemática, orden general y especialmente entrevistar a aquellos internos que lo deseen. Este año 2022, al igual que en los dos años anteriores, debido a la pandemia de COVID-19, no ha habido visitas presenciales. Se ha establecido un cauce de comunicación por correo electrónico para atender las peticiones de los internos.
2.º El despacho y formulación de los recursos y dictámenes en recursos de apelación de que conoce tanto la Audiencia Provincial como el Juzgado de lo Penal de Teruel, contra resoluciones del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Aragón número 2, con sede en Zaragoza o por el Juzgado de Vigilancia de cualquier lugar de España, donde se encuentre cumpliendo condena un interno sentenciado en órgano judicial de esta provincia de Teruel, en cuestiones de grado y libertad condicional.
Se han incoado en la Audiencia Provincial y dictaminado por la Fiscalía en el año 2022 15 rollos de apelación (fueron 20 el año anterior), correspondiendo casi todos a materia relativa a permisos ordinarios de salida y residualmente a clasificación de grado y traslados.
5.12. Delitos económicos
5.12.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza
En el año 2022, al igual que en los anteriores más recientes, un fiscal de la Fiscalía Provincial de Zaragoza desempeña, como una especialidad, el despacho de las diligencias de investigación de la fiscalía que guardan relación con la corrupción y los delitos económicos de mayor trascendencia (malversación, prevaricación, cohecho, delitos contra la Hacienda Pública y defraudaciones de la Seguridad Social) y, en su caso, la interposición de las correspondientes denuncias o querellas, así como el despacho de asuntos de especial relevancia o complejidad, cuando así sea considerado por el Fiscal Jefe.
Es necesaria la cooperación y relación con la Agencia Tributaria y con las unidades especializadas del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil. Está establecido un contacto directo con las unidades especializadas de dichos organismos en la práctica de las diligencias de investigación.
En cuanto a las Diligencias de Investigación de Fiscalía, en el año 2022, la Sección incoó seis y se interpusieron dos querellas y tres denuncias en los Juzgados de Zaragoza.
Las querellas se interpusieron contra dos sociedades mercantiles por supuesta defraudación en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
De las tres denuncias, una se interpuso contra una persona física por presunta defraudación el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y las otras dos por delitos de fraude de subvenciones presuntamente cometidos por particulares y empresas en la obtención de subvenciones del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo en expedientes de reindustrialización. Dos de estas denuncias se corresponden a diligencias de investigación incoadas en los años 2020 y 2021.
En total se incoaron 6 diligencias de investigación (fueron 9 en 2021, 7 en 2020 y 15 el año anterior 2019). Se archivaron otras dos diligencias y al finalizar el año 2022 se encontraban otras dos en trámite.
5.12.2. Fiscalía Provincial de Huesca
Señala la Memoria de la fiscalía provincial de Huesca que en esta Fiscalía es el Fiscal Jefe quien se encarga de las diligencias de investigación relativas a delitos contra la Hacienda Pública y defraudaciones a la Seguridad Social.
Respecto de estos delitos, en el año 2022, no se incoaron diligencias de investigación de fiscalía por defraudaciones tributarias o fraude de fondos comunitarios. Tampoco se incoaron en 2021 y 2020, frente a dos incoadas en 2019.
La Memoria se refiere especialmente al único juicio oral con transcendencia celebrado en el año 2022 correspondiente a un procedimiento complejo en el que una sociedad mercantil contrataba ficticiamente a personas (hasta 49) que obtenían, tras un supuesto despido, el derecho a cobrar la prestación de desempleo. Se dictó una sentencia de conformidad.
5.12.3. Fiscalía Provincial de Teruel
En su Memoria la fiscalía provincial se refiere a los procedimientos que ha tramitado o en los que ha intervenido en materia de Hacienda Pública, defraudación a la Seguridad Social, fraude de subvenciones o delitos societarios.
Se incoaron unas Diligencias de Investigación en la Fiscalía por un supuesto delito de fraude de subvenciones en un expediente de reindustrialización y fomento de la competitividad industrial, cometido supuestamente por los responsables de una sociedad mercantil. El procedimiento continúa en trámite.
En el ámbito de los delitos societarios la Memoria se refiere tres procedimientos penales tramitados judicialmente, que se incoaron en el año 2021 pero que siguieron instruyéndose durante el año 2022.
5.13. Delitos de odio y contra la discriminación
5.13.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza
Una fiscal de la Fiscalía Provincial de Zaragoza desempeña la función de delegada de esta especialidad.
En cuanto a la actividad institucional se da cuenta de las reuniones mantenidas con Fundación CEPAIN que presentó a la fiscal delegada el programa RED que tiene por objeto la atención a víctimas de discriminación étnica o racial.
También mantuvo otra reunión con representantes de ACCEM, que tiene por objeto la lucha contra la discriminación y la exclusión social de colectivos vulnerables, en la que presentaron su “Servicio de orientación a víctimas de discriminación racial o étnica”.
La fiscal delegada participó como ponente en una Jornada celebrada este año 2022 sobre delitos de odio, organizada por el Servicio de la Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Zaragoza. También intervino en las Jornadas sobre delitos de Odio y contra la Discriminación organizadas por el Colegio de Abogados de Zaragoza.
Se resalta también la utilidad del informe “Raxen” y de los boletines que trimestralmente hace llegar a la Fiscalía la organización “Movimiento contra la Intolerancia”
Se señala en la Memoria que la mayor parte de los atestados policiales recibidos en este año 2022 por la Sección de la Fiscalía de Odio y Contra la Discriminación se refieren, como en el año anterior, a hechos de escasa relevancia que, en su caso, dan lugar a delitos leves por injurias o riñas.
En el año 2022 se incoaron en la Fiscalía Provincial de Zaragoza unas diligencias de investigación relativas a esta materia, en concreto se denunciaban unos insultos de contenido homófono en la vía pública contra la persona denunciante. Los hechos ya habían sido también denunciados por la víctima en un Juzgado de Instrucción.
En el año 2021 no se tramitaron diligencias de investigación en esta materia (en el año 2018 hubo dos, en 2019 ninguna y en 2020 una).
Se han contabilizado en el año 2022 veintitrés atestados en los que los hechos denunciados ante Policía o Guardia civil tenían relación con las materias de que se ocupa esta Sección. Fueron 26 atestados el año anterior 2021.
Se da cuenta de un procedimiento en el que el Ministerio Fiscal presentó escrito de acusación en este año 2022. Se trata de un sumario ordinario instruido por el Juzgado de Instrucción número 10 de esta capital relativo a una agresión a un joven, con resultado de lesiones graves, durante un altercado en la vía pública a las puertas de un bar. La agresión, presuntamente, tuvo una motivación de odio por razón de la supuesta ideología de la víctima. La Fiscalía ya ha presentado escrito de calificación y el juicio oral se encuentra pendiente se señalamiento.
Respecto de las sentencias dictadas se reseñan especialmente dos de ellas dictadas en el año 2022 por los Juzgados de lo Penal números 3 y 5, respectivamente, en procedimientos relativos a expresiones proferidas en las cuentas de Twitter de personas, militantes de formaciones políticas que supuestamente incitaban al odio, frente a personas de ideología opuesta, por motivación ideológica. La primera de ellas fue absolutoria y en la segunda se absolvió al acusado del delito imputado por la acusación particular y se condenó por un delito leve de amenazas.
También se refiere la Memoria a otra sentencia dictada en 2022 por el Juzgado Penal número 3, en la que se apreció la agravante de actuar por motivos racistas o xenófobos al condenar a una persona por un delito leve de amenazas con ocasión de las expresiones proferidas frente a las víctimas con ocasión de una riña en Zaragoza.
Pendiente de celebración del juicio oral se encuentra un procedimiento instruido en el Juzgado de Instrucción n.º 6 de Zaragoza, calificado por la fiscalía como delito de odio del artículo 510.2 a) del Código Penal, delito de lesiones y amenazas graves, por hechos que tuvieron un componente de claro menosprecio por razón de la raza de la víctima.
Se da cuenta también del estado de la instrucción de otras causas penales y de tres sentencias dictadas en la jurisdicción de menores por delitos de lesiones, amenazas, maltrato de obra y odio del artículo 510.2 a) en los que el Ministerio Fiscal sostuvo la acusación por esas figuras delictivas. Las tres fueron condenatorias, si bien en una de ellas se absolvió del delito de odio condenando exclusivamente por amenazas.
5.13.2. Fiscalía Provincial de Huesca
Un fiscal de esta Fiscalía Provincial tiene encomendada la función de fiscal delegado en materia de delitos de odio y discriminación en la provincia.
Señala la Memoria de la Fiscalía Provincial de Huesca que habitualmente son pocos los procedimientos incoados en esta materia y no se ha modificado esta tónica durante el año 2022.
No ha habido tampoco diligencias de investigación de Fiscalía, incoadas en esta materia en el año 2022.
Se da cuenta del estado de tramitación de alguno de los procedimientos abreviados, incoados en años anteriores en los Juzgados de la capital y provincia, calificados por el Ministerio Fiscal y pendientes de la celebración del juicio oral.
En particular se refiere a una causa por amenazas dirigidas a una asociación de familiares de menores transexuales, calificada como un delito de amenazas no condicionales del artículo 170.1 del Código Penal en relación con el artículo 169.2º y en concurso real con un delito de odio del artículo 510.2 a). Se encuentra pendiente de la celebración del juicio oral.
5.13.3. Fiscalía Provincial de Teruel
Señala la Memoria de la Fiscalía Provincial de Teruel que en el año 2022 y en el ámbito del Protocolo de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para los delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación, el fiscal delegado mantuvo una reunión en la Subdelegación con grupos y ONG, con la presencia del funcionario de la Policía Nacional designado como interlocutor social en esta materia, que tuvo lugar el pasado 2 de diciembre de 2022.
No se han incoado diligencias de investigación de Fiscalía en esta materia. Respecto de los procedimientos judiciales solo consta la incoación de dos causas penales en Juzgados de Instrucción de la capital por delitos leves de amenazas y lesiones con la agravante de racismo del artículo 22.4 del Código Penal. No se da cuenta del dictado de sentencias por delito en el año 2022.
CAPÍTULO III. LA VULNERABILIDAD DE LAS PERSONAS EXTRANJERAS
Y LAS DIVERSAS RESPUESTAS JURÍDICAS ANTE EL FENÓMENO DE LA MIGRACIÓN
La cualidad de vulnerable en referencia a las personas extranjeras nos sitúa frente al fenómeno de la migración desde dos vertientes: la derivada de las condiciones del desplazamiento cuando la migración se realiza por vías irregulares, o de las condiciones del país de migración, la falta de apoyo de la comunidad o la discriminación; y la derivada de las circunstancias individuales que ponen a las personas en una situación de riesgo especial como sucede con los menores no acompañados, mayores, discapaces o víctimas de trata.
La transversalidad del tema propuesto obliga a su desarrollo desde la vulnerabilidad individual derivada de la migración y, en concreto, referido a:
1. MENORES EXTRANJEROS VULNERABLES
Los menores de 18 años nacionales de países terceros que, en situación irregular, llegan al territorio de los Estados miembros de la Unión Europea sin ir acompañados de un adulto responsable de los mismos por su falta de amparo y protección pueden ser víctimas de explotación laboral, sexual y sufrir una mayor marginación por su situación y dificultades de integración.
1.1. Si bien la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño de 1989 no hace referencia explícita a los menores extranjeros no acompañados, su carácter universal y regulador de derechos para todos los niños, permite su aplicación a los menores extranjeros no acompañados también como titulares de dicho derecho.
Así se desprende de la Observación General número 6 (2005) que, bajo los principios de no discriminación y el interés superior del niño, regula el trato de los menores no acompañados y separados de su familita fuera de su país de origen, su protección frente a la violencia y la explotación, el derecho del menor a expresar libremente su opinión, y la integración en el país de acogida si el retorno al país de origen se revela imposible por razones jurídicas o de hecho; y de la Observación General n.º 14 de 2013 del Comité de Derechos del Niño sobre las obligaciones de los estados relativos a los derechos humanos de los niños en el contexto de la migración internacional en los países de origen, tránsito o destino y retorno, considerando como primordial el interés superior de menor.
1.2. La Unión Europea es uno de los principales destinos para los menores extranjeros no acompañados, por ello, su política en materia de inmigración cobra vital importancia para conocer y valorar el estado de los menores en Europa y tomar así acciones para mejorar su situación a su llegada a las fronteras europeas. Dentro del marco comunitario existen dos modelos de actuación el que siguen los países del norte y centro de Europa, en el que es más frecuente que se considere a los menores como refugiados y solicitantes de asilo; y el modelo de los países del sur, en el que son incluidos dentro del colectivo de migrantes irregulares aplicándoseles el régimen interno propio de la protección de menores, limitando de esta manera el acceso al asilo.
Son varios los textos normativos que vinculan a los países miembros y que inciden en los derechos de los menores derivados de la Convención de Naciones Unidas, reforzando el principio de superior interés del menor:
— Directiva 2005/85/CE del Consejo sobre normas mínimas para los procedimientos para conceder o retirar la condición de refugiado en los estados miembros, que establece garantías en relación a los menores extranjeros no acompañados para su representación en el procedimiento de solicitud de asilo.
— Directiva 2003/86/CE del Consejo de 22 de septiembre de 2003, sobre el derecho a la reagrupación familiar incorporada a la legislación interna en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
— Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo , de 16 de diciembre de 2008, relativa a normas y procedimiento seguidos en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación de irregularidad; en su art. 10, en relación al retorno y expulsión de menores no acompañados establece la necesidad de asistencia de los servicios pertinentes antes de la toma una decisión, debiendo cerciorarse las autoridades pertinentes de que será entregado a un miembro de su familia, tutor o servicio de acogida adecuado en su país de retorno.
— Directiva 2011/95/UE del Parlamento y el Consejo de 15 de diciembre de 2011, que establece normas relativas a los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional a un estatuto uniforme para los refugiados o personas con derecho a protección subsidiaria, y define al menor extranjero no acompañado como aquel menor que llegue al territorio de un Estado miembro de la Unión Europea sin estar acompañado por un adulto responsable de él según la ley o la práctica del Estado miembro de la Unión de que se trate. En su disposición 31 establece que , además de garantizar la protección internacional, los Estados miembros deben tomar las medidas necesarias para asegurar la representación de los menores no acompañados de un tutor legal u organización responsable del cuidado o bienestar de estos, así como cubrir sus necesidades y asegurarse de que estos niños son situados con su familia como primera opción, o bien una familia de acogida, en centros especializados u otros alojamientos adaptados a sus necesidades.
— Directiva 2013/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de junio de 2003 por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional (texto refundido). En su disposición 11.3 prevé para los menores no acompañados el acogimiento en centros con personal e instalaciones que tengan en cuenta las necesidades propias de las personas de su edad, permitiendo su internamiento separado de adultos y, solo en circunstancias excepcionales, en centros no penitenciarios.
— Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo de 12 de abril de 2017 y Conclusiones del Consejo, de 8 de junio de 2017; y Resolución del Parlamento Europeo de 3 de mayo de 2018 sobre la protección de los menores emigrantes.
Los ejes de esta normativa se centran en la aplicación del principio del interés superior del menor, designación de tutores o tutores temporales para menores no acompañados, derecho a un alojamiento digno , asistencia sanitaria, acceso a una educación formal e inclusiva en las mismas condiciones que los menores nacionales con el fin de garantizar su integración, acogimiento en instalaciones separadas de los adultos, identificación y registro basado en el interés superior del menor, tratamiento adecuado de la apátrida infantil, cooperación transfronteriza para identificar a los menores víctimas de tráfico, abuso o explotación, un acceso a los servicios de apoyo a las víctimas.
No obstante, esta regulación, la Unión Europea carece de una normativa común y especifica que aborde de una manera integral la inmigración de menores extranjeros no acompañados estableciendo bases para una estrategia migratoria con soluciones razonables atendiendo al carácter especialmente vulnerable de este colectivo que exige soluciones en que los menores y los jóvenes extutelados no sean tratados como inmigrantes.
1.3. En nuestro ordenamiento jurídico, la Constitución Española en su art. 14 establece la prohibición de todo tipo de discriminación en el disfrute de los derechos, y en art 39 establece la protección de la familia y la necesidad de que no se produzcan discriminaciones por razón de nacimiento, disponiendo en su apartado número que los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos, también la Ley Orgánica 1/1996 dota a los menores extranjeros no acompañados de un marco jurídico de protección fundado en la primacía del interés superior del menor, la no discriminación de los derechos reconocidos y el derecho a ser oído.
La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, en su art 37, y el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por Real Decreto 557/2011, en sus artículos 189 a 198, recoge por primera vez el término menores no acompañados, usualmente MENAS, adaptando la legislación española a los cambios migratorios, resoluciones de los tribunales, y disponiendo la coordinación de la intervención de todas las administraciones.
Especial mención merece la regulación del Registro de Menores Extranjeros no acompañados, (RMENA) regulado en el art. 215 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, y el Protocolo Marco para determinadas actuaciones en relación a los menores no acompañados suscrito el 22 de julio de 2014 entre los Ministerios de Justicia, Interior, Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de Asuntos Exteriores y de Cooperación y Fiscalía General del Estado.
El RMENA es registro administrativo a efectos exclusivos de identificación de los menores extranjeros no acompañados que se encuentren en España y en el que deben ser inscritos todos los menores extranjeros no acompañados, estén o no documentados, a los que no les sea aplicable el régimen jurídico de la Unión Europea o cuya condición de ciudadanos de la Unión no pueda determinarse con certeza en situación de desamparo, tutelados por una entidad pública o privada, o susceptibles de guarda o de tutela, garantizando datos relativos a estos menores. El Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, atribuye a la Fiscalía General del Estado, la función de coordinación prevista en el artículo 215 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, función que se lleva a cabo por el Fiscal de Sala Coordinador de Extranjería con la participación de los Fiscales Delegados de Extranjería en sus respectivos ámbitos territoriales.
El Protocolo tiene como fin coordinar la intervención de todas las instituciones y administraciones afectadas y lograr el adecuado funcionamiento del Registro de Menores Extranjeros No Acompañados (RMENA), de acuerdo con el artículo 215 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, como instrumento eficaz en la protección del interés superior del menor extranjero y la comprensión del fenómeno migratorio de niños, base imprescindible para adoptar cualquier iniciativa normativa o administrativa en el sentido que propugna el «Plan de Acción de la Unión Europea sobre Menores Extranjeros No Acompañados» (años 2010-2014) adoptado el 6 de mayo de 2010). El objetivo del Protocolo Marco de MENAS y del Registro (REMENAS) es la constancia de cada MENA en el Registro, de tal manera que todos ellos tengan su asiento correspondiente. Se trata de evitar que, una vez reseñado el menor en cualquier lugar de España, vuelva a serlo en el lugar al que se traslade con el riesgo que, para él implica, la repetición de las pruebas radiológicas que deben hacerse solo cuando sea totalmente necesario.
1.4. Bajo el prisma del interés superior del menor, el ordenamiento jurídico español en relación al “extranjero menor de dieciocho años que llegue a territorio español sin venir acompañado de un adulto responsable de él o en situación de desprotección”, tiene como principios reguladores: a) aplicación a los menores extranjeros no acompañados de las restantes previsiones sobre protección de menores recogidas en la legislación vigente en la materia; b) su puesta por las fuerzas y cuerpos de seguridad a disposición de los servicios de protección de menores competentes, con conocimiento del Ministerio Fiscal y determinación de las prueba necesarias de su edad; c) atención inmediata a los menores extranjeros no acompañados por los servicios de protección de menores; d) inscripción de datos de identificación del menor en el registro de menores extranjeros no acompañados; e) regulación del procedimiento de repatriación mediante reagrupación familiar o puesta a disposición del menor ante los servicios de protección de menores, previo informe sobre las circunstancias familiares del menor de la representación diplomática del país de origen, audiencia previa del menor si tiene suficiente juicio e intervención del menor mayor de dieciséis y menor de dieciocho años bien personalmente, bien a través del representante que designe; f) regulación de la residencia de los menores, ello una vez acreditada la imposibilidad de repatriación del menor y, en todo caso, transcurridos noventa días desde que haya sido puesto a disposición de los servicios competentes de protección de menores, con habilitación para trabajar a partir de los 16 años en orden a su integración social; y g) renovación de la autorización de residencia una vez alcanzada la mayoría de edad cuando queden acreditadas determinadas condiciones, debiendo las Comunidades Autónomas desarrollar las políticas necesarias para ello.
Nuestra normativa prioriza el proceso de repatriación en “interés superior y prevalente del menor”, condicionada a la efectiva reagrupación familiar o la garantía de una adecuada tutela por parte de los servicios de protección de menores del país de origen; en la mayoría de los supuestos estas condiciones son de difícil cumplimiento bien por el origen del menor, bien por la dificultad de obtener información de la representación diplomática de su país de origen.
La tramitación del expediente de repatriación no está exenta de dificultad de comprensión para quien desconoce el idioma y procede de otra cultura; ello, no obstante ser oído el menor y reconocerse su capacidad para actuar en el procedimiento por sí mismo, por medio representante legal designado o mediante el defensor nombrado para los menores de 16 años, e intervenir jurídicamente la administración representada con independencia de la representación del menor.
Acordada la repatriación su ejecución puede quedar suspendida en evitación de perjuicios de difícil reparación o razones de urgencia ante la solicitud por el menor de medidas cautelares o provisionalísimas.
Ante estas dificultades para la repatriación, los menores extranjeros quedan como residentes en el país y tutelados por los servicios de protección al menor correspondientes.
Su vulnerabilidad derivada de su condición de menor separado de su núcleo familiar, desconocimiento del idioma, precariedad, cultura diferente, o falta de adecuada formación se acrecienta ante una difícil integración educativa y/o laboral en nuestra sociedad. La problemática conducta en la que alguno de ellos puede incurrir debe valorarse como derivada su riesgo de exclusión y carencias.
2. MUJERES EXTRANJERAS VULNERABLES
La igualdad entre mujeres y hombres es un principio jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales sobre derechos humanos, entre los que destaca la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en diciembre de 1979 y ratificada por España en 1983. En este mismo ámbito procede evocar los avances introducidos por conferencias mundiales monográficas, como la de Nairobi de 1985 y Beijing de 1995.
La igualdad es también un principio fundamental en la Unión Europea, un objetivo que debe integrarse en todas las políticas y acciones de la Unión y de sus miembros.
2.1. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y mujeres incorpora las directivas en materia de igualdad de trato, la Directiva 2002/73/CE relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo; y la Directiva 2004/113/CE, sobre aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso a bienes y servicios y su suministro.
En este sentido, la LO 3/2007 de 22 de marzo contempla entre los colectivos que, como las mujeres inmigrantes, sufren una doble discriminación.
En su artículo 17 garantiza los derechos de todas las mujeres víctimas de violencia con independencia del origen, religión o cualquier otra circunstancia personal o social; prevé que, ante cualquier situación que dificulte el acceso o la prestación de tales servicios, las administraciones públicas competentes deben adoptar las medidas necesarias para garantizar su normal funcionamiento y su adaptación, si fuera necesario, a las necesidades específicas de las víctimas derivadas de la situación de dicha situación excepcional.
En este contexto, el de la igualdad efectiva, las mujeres extranjeras migrantes presentan una especial vulnerabilidad al recaer en ellas una doble discriminación por razón de su condición de migrantes y mujeres posibles víctimas de violencia de género o de organizaciones criminales de trata o explotación sexual, a ello debe unirse, en numerosos casos, el provenir de países donde la desigualdad forma parte de su cultura y la falta de acceso a información.
2.2. Desde la entrada en vigor de la LO 7/2004, la reforma más relevante en relación a las mujeres extranjeras es la operada en 2009 en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. El art. 31 bis les reconoce, cualquiera que sea su situación administrativa, los derechos reconocidos en la LO 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, así como las medidas de protección y seguridad establecidas en la legislación vigente; la LO 10/2022 , de 6 de septiembre de garantía de la integridad sexual ha modificado el apartado 1 del citado artículo 31 bis, ampliando este reconocimiento a los derechos reconocidos en la citada Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual para las víctimas de violencias sexuales.
El citado artículo 31 bis prevé para las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género o de violencia sexual y en situación de irregularidad, diversas medidas:
a) No incoación del expediente administrativo sancionador o su suspensión si su incoación es por la comisión de la infracción administrativa anterior a la denuncia por violencia de género.
b) Suspensión de las ejecuciones de la orden de expulsión o de devolución.
c) Posibilidad de solicitar una autorización de residencia o trabajo por circunstancias excepcionales a partir del momento en que se hubiera dictado una orden de protección a su favor o, en su defecto, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género o sexual. Dicha autorización no se resolverá hasta que concluya el procedimiento penal.
d) Posibilidad de solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales a favor de sus hijos menores de edad o que tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades, o una autorización de residencia y trabajo en caso de que fueran mayores de dieciséis años y se encuentren en España en el momento de la denuncia.
e) Concesión por circunstancias excepciones de una autorización provisional de residencia y trabajo a favor de la mujer extranjera y, en su caso, las autorizaciones de residencia provisionales a favor de sus hijos menores de edad o con discapacidad, o de residencia y trabajo si fueran mayores de dieciséis años que se encuentren en España en el momento de la denuncia.
2.3. La LO 10/2002, de seis de septiembre, es de aplicación conforme a su art. 3.2, a las mujeres que hayan sido víctimas de violencias sexuales en España, con independencia de su nacionalidad y de su situación administrativa, entre los derechos que reconoce a las víctimas de violencia sexual:
— El derecho a la asistencia integral especializada y accesible que les ayude a superar las consecuencias físicas, psicológicas, sociales o de otra índole, derivadas de las violencias sexuales, regulado en el al artículo 33 de la LO 10/2022.
Este derecho comprende: información orientación sobre sus derechos y recursos; atención mediad especializada y psicológica; apoyos necesarios desde los servicios de salud mental; atención a las necesidades económicas, laborales, de vivienda y sociales; asistencia y asesoramiento jurídico gratuito; seguimiento de sus reclamaciones de derechos; servicios de traducción e interpretación; asistencia personal en caso de discapacidad; atención especializas en caso de que las víctimas sean niños, niñas o victimas de trata y explotación sexual.
— El derecho a la información plena y asesoramiento adecuado a su situación personal a través de los servicio, organismo y oficinas que depongan las administraciones públicas; información que comprende medidas y derechos relativas a su seguridad y protección, servicios de atención, emergencia, crisis, apoyo, y recuperación integral, articulo 34 de la LO 10/2022
— Y en igualdad de condiciones con el resto de víctimas, el artículo 36 en referencia específica a las víctimas de violencia sexual en situación administrativa irregular, garantiza, de acuerdo con la legislación de extranjería, el derecho a la residencia y trabajo en los términos previstos para las autorizaciones por circunstancias excepcionales en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, y su integración social en aquellos supuestos no regulados en esta norma y que serán desarrollados reglamentariamente.
Estos derechos reconocidos en la LO 10/2022 requiere una adecuada planificación y desarrollo por las administraciones para que puedan ser efectivamente ejercidos por las mujeres extranjeras victimas de agresión sexual.
Es la disposición final sexta de la LO 10/2022 que ha modificado el artículo 31 bis de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, la que ha ampliado la protección de estas víctimas vulnerables, con independencia de su situación administrativa, al reconocerles los mismos derechos que a las mujeres extranjera víctimas de violencia de género, en orden a la posibilidad de solicitar autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales.
CAPÍTULO IV. PROPUESTAS DE REFORMAS LEGISLATIVAS
No se proponen propuestas de reformas legislativas.
Zaragoza, a 4 de abril de 2023.
La Fiscal Superior
M.ª ASUNCIÓN LOSADA SABATER