Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Comisión

Proposición no de Ley núm. 52/24, sobre el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo sobre las becas a los alumnos con TDAH, para su tramitación ante la Comisión de Educación, Ciencia y Universidades.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:42 (XI Legislatura) PDF

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

Fernando Ledesma Gelas, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo sobre las becas a los alumnos con TDAH, solicitando su tramitación ante la Comisión de Educación, Ciencia y Universidades.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH) es uno de los trastornos del neurodesarrollo más frecuentes en la infancia y adolescencia, cuyo número de casos diagnosticados ha aumentado en los últimos años gracias a una mayor sensibilización de las familias y los profesionales tanto sanitarios como educativos.
En España, actualmente la prevalencia del TDAH es de un 5% entra la población infantil y adolescente, con un total de 415.000 menores y adolescentes diagnosticados.
Teniendo en cuenta este hecho y las necesidades de dicho colectivo, el Ministerio de Educación y Formación Profesional venía convocando desde el curso 2019-2020 unas ayudas dirigidas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta acreditados mediante alguna de las siguientes vías:
1. Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma.
2. Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o de un departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente.
3. Certificado de discapacidad.
Es en el curso 2020-2021 cuando la resolución de estas ayudas se modifica de manera significativa para que sólo estén destinadas al alumnado con certificado de discapacidad, pasando además a exigirse un grado de discapacidad de al menos el 33%.
De hecho, el artículo 7 del Real Decreto 471/2021 concreta las ayudas a cuatro grupos específicos de alumnado con necesidades especiales de apoyo educativo:
1. El alumnado con trastorno de espectro autista (TEA).
2. Trastorno grave de comunicación y de lenguaje.
3. Necesidades específicas de apoyo educativo derivado de discapacidad o trastorno grave de conducta.
4. Alumnado con altas capacidades intelectuales.
Dejando fuera a los alumnos con trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH), dislexia, discalculia o disortografía. Para que estos grupos puedan optar a las becas deberían acreditar un 33% de discapacidad, una decisión absolutamente discriminatoria.
En septiembre de 2021, la Federación Española de Asociaciones de Ayuda al Déficit de Atención e Hiperactividad (FEAADAH), junto con otras 36 asociaciones de toda España, interpusieron 37 recursos ante la Audiencia Nacional contra la decisión del Ministerio de Educación y Formación Profesional de no incluir a 20.000 menores con TDAH en las ayudas a sus estudios y subsidios para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
De hecho, la Audiencia Nacional se dirigió al Tribunal Supremo los diferentes recursos interpuestos con la intención de impugnar el Real Decreto 471/2021, del Ministerio de Educación y Formación Profesional, por considerarlo discriminatorio.
En Sentencia del Tribunal Supremo del mes de mayo de 2023 se reconoce al colectivo de personas con TDAH el derecho de acceso a las ayudas para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo sin necesidad de tener reconocido un grado de discapacidad de al menos el 33%, dándole así la razón a las entidades demandantes. Pero lo cierto es que las familias siguen teniendo dificultades para acceder a dichas ayudas si no cumplen los requisitos recogidos en el Real Decreto 471/2021, de tal manera, que se ven obligadas a recurrir las resoluciones denegatorias, teniendo que imponer los recursos contencioso-administrativos oportunos.
Por todo ello, este Grupo Parlamentario presenta la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a instar al Gobierno de España a que cumpla la Sentencia 2044/2023, de 18 de mayo de 2023, del Tribunal Supremo, por la que se debe otorgar a aquellos alumnos con TDAH a los que les corresponda la ayudas para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo sin necesidad de que tengan que acreditar un grado de discapacidad de al menos el 33%.

Zaragoza, 2 de febrero de 2024.
El Portavoz
FERNANDO LEDESMA GELAS

CORTES DE ARAGÓN
Palacio de la Aljafería
50004 Zaragoza
T 976 289 528 / F 976 289 664