Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Respuestas

Respuesta escrita a la Pregunta núm. 1186/10, relativa a actuaciones planteadas al Ministerio del Interior para la mejora de la seguridad ciudadana.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:283 (VII Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón de la respuesta escrita del Sr. Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior a la Pregunta núm. 1186/10, relativa a actuaciones planteadas al Ministerio del Interior para la mejora de la seguridad ciudadana, formulada por la Diputada del G.P. Popular Sra. Vallés Cases y publicada en el BOCA núm. 244, de 16 de septiembre de 2010.

    Zaragoza, 3 de marzo de 2011.

El Presidente de las Cortes

FRANCISCO PINA CUENCA

    La Constitución Española, en el artículo 149.1.29 reserva al Estado la competencia exclusiva sobre seguridad pública, reservando a las Comunidades Autónomas, en su artículo 148.1.22.ª, en los términos que establezca una Ley Orgánica, exclusivamente la competencia de la coordinación y demás facultades en relación con las Policías Locales.

    En el Estatuto de Autonomía aprobado mediante Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, además de la competencia de coordinación de las Policías Locales aragonesas recogida en el artículo 76.3 antes citado, se reconoce a la Comunidad Autónoma de Aragón competencias en relación con la creación de una Policía autonómica, y la constitución de una Junta de Seguridad que, con representación del Estado y la Comunidad Autónoma, coordine las actuaciones de la Policía Autonómica y de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

    Pendiente la creación de la Policía Autonómica se han suscrito con el Ministerio del Interior dos Convenios, uno en el año 2005 y el vigente, de 9 de diciembre de 2009, para la adscripción de una Unidad del Cuerpo de la Policía Nacional, sin atribución de competencias en materia de seguridad ciudadana y a la que se le atribuyen exclusivamente el ejercicio de las siguientes funciones:

    a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones y órdenes singulares dictadas por los órganos de la Comunidad Autónoma.

    b) La vigilancia y protección de personas, órganos, edificios, establecimientos y dependencias de la Comunidad Autónoma y de sus entes instrumentales, garantizando el normal funcionamiento de las instalaciones y la seguridad de los usuarios de sus servicios.

    c) La inspección de las actividades sometidas a la ordenación o disciplina de la Comunidad Autónoma, denunciando toda actividad ilícita.

    d) El uso de la coacción en orden a la ejecución forzosa de los actos o disposiciones de la propia Comunidad Autónoma.

    En consecuencia, el Gobierno de Aragón no tiene competencias en materia de seguridad ciudadana, ni en el ámbito urbano ni en el rural.

    El titular de estas competencias es el Ministerio del Interior del Gobierno de España que las ejerce a través de la Policía Nacional y de la Guardia Civil. No obstante lo anterior, desde hace años se mantiene una fluida relación con dicho Ministerio, instándose a la Delegación de Gobierno, a través de la Junta de Seguridad, la puesta en marcha de distintas iniciativas para la adopción de medidas tendentes a la mejora de los servicios en materia de seguridad en el territorio de la Comunidad Autónoma.

    Zaragoza, 16 de febrero de 2011.

El Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior

ROGELIO SILVA GAYOSO

CORTES DE ARAGÓN
Palacio de la Aljafería
50004 Zaragoza
T 976 289 528 / F 976 289 664