Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Preguntas formuladas

Pregunta núm. 26/10, relativa a número total de pacientes incluidos en el Registro de Demanda de procedimientos diagnósticos del Sistema de Salud de Aragón que han sobrepasado el plazo máximo para ser atendidos, a 1 de enero de 2010.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:195 (VII Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

    La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el día 12 de enero de 2010, ha admitido a trámite la Pregunta núm. 26/10, relativa a número total de pacientes incluidos en el Registro de Demanda de procedimientos diagnósticos del Sistema de Salud de Aragón que han sobrepasado el plazo máximo para ser atendidos, a 1 de enero de 2010, formulada a la Consejera de Salud y Consumo por el Diputado del G.P. Popular Sr. Canals Lizano, para su respuesta escrita.

    Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 189.4 del Reglamento de la Cámara.

    Zaragoza, 12 de enero de 2010.

El Presidente de las Cortes

FRANCISCO PINA CUENCA

    A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

    D. Ricardo Canals Lizano, Diputado del Grupo Parlamentario Popular, de acuerdo con lo establecido en el artículo 196 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula a la Consejera de Salud y Consumo, para su respuesta escrita, la siguiente Pregunta relativa a número total de pacientes incluidos en el Registro de Demanda de procedimientos diagnósticos del Sistema de Salud de Aragón que han sobrepasado el plazo máximo para ser atendidos, a 1 de enero de 2010.


    ANTECEDENTES

    El Decreto 116/2009, de 23 de junio, del Gobierno de Aragón, sobre plazos máximos de respuesta en la asistencia sanitaria en el Sistema de Salud de Aragón, publicado en el Boletín Oficial de Aragón de fecha 3 de julio de 2009, establece plazos máximos para primeras consultas de asistencia especializada y procedimientos diagnósticos, así como un sistema de garantías que aseguren el cumplimiento de aquellos, creando, a tal fin, el Registro de Demanda de primeras consultas de asistencia especializada y el Registro de Demanda de procedimientos diagnósticos, del Sistema de Salud de Aragón.

    Con carácter general el plazo máximo para ser atendido en primeras consultas de asistencia especializada será de dos meses y para procedimientos diagnósticos será de un mes, salvo para aquellas especialidades, demandas y motivos de petición que requieran por su gravedad un plazo inferior.

    Este decreto entra en vigor a los tres meses de su publicación, por lo que este Diputado formula la siguiente


    PREGUNTA


    ¿Cuál es el número total de pacientes incluidos en el Registro de Demanda de procedimientos diagnósticos del Sistema de Salud de Aragón, que han sobrepasado el plazo máximo para ser atendidos según el Decreto 116/2009, de 23 de junio, del Gobierno de Aragón, sobre plazos máximos de respuesta en la asistencia sanitaria en el Sistema de Salud de Aragón, a 1 de enero de 2010?

    Zaragoza, 4 de enero de 2010.

El Diputado

RICARDO CANALS LIZANO

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