Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Respuestas
Respuesta escrita del Consejero de Desarrollo Territorial, Despoblación y Justicia a la Pregunta núm. 710/24, relativa a las competencias del Departamento de Desarrollo Territorial, Despoblación y Justicia en la tramitación de PIGA (BOCA 56, de 25 de abril de 2024).
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:63 (XI Legislatura)
Conforme al artículo 7 del citado Decreto de 11 de agosto de 2023, del Presidente del Gobierno de Aragón, al Departamento de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística, se le han atribuido la totalidad de las competencias del anterior Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, salvo la competencia de ordenación del territorio, sin perjuicio de la previsión contenida en el inciso final del artículo 3.1.a).
Dicho inciso final, en su redacción modificada por la disposición final primera del Decreto de 5 de septiembre del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno de Aragón, determina que las competencias de la Dirección General de Ordenación del Territorio del anterior Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, relativas a los Planes y Proyectos de Interés General de Aragón, así como a la declaración de inversiones de interés autonómico con interés general de Aragón, son competencias del actual Departamento de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística.
En consecuencia, el Departamento de Desarrollo Territorial, Despoblación y Justicia no tiene competencias en materia de Planes y Proyectos de Interés General de Aragón.
Zaragoza, 14 de mayo de 2024.
El Consejero de Desarrollo Territorial, Despoblación y Justicia
ALEJANDRO NOLASCO ASENSIO