Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno

Enmiendas presentadas a la Proposición no de Ley núm. 8/24, relativa al impulso del Gobierno de Aragón a la aplicación de las ayudas al funcionamiento de las empresas en zonas despobladas.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:39 (XI Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

Al amparo de lo establecido en el artículo 273.4 del Reglamento de la Cámara, he admitido a trámite las enmiendas presentadas por la A.P. Partido Aragonés (G.P. Mixto), conjuntamente por los GG.PP. Popular y Vox en Aragón, y por el G.P. Socialista a la Proposición no de Ley núm. 8/24, relativa al impulso del Gobierno de Aragón a la aplicación de las ayudas al funcionamiento de las empresas en zonas despobladas, publicada en el BOCA núm. 38, de 31 de enero de 2024, cuyos textos se insertan a continuación.
Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 150.1 del Reglamento de la Cámara.

Zaragoza, 31 de enero de 2024.

La Presidenta de las Cortes
MARTA FERNÁNDEZ MARTÍN

ENMIENDA NÚM. 1

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

Alberto Izquierdo Vicente, Portavoz Adjunto de la Agrupación Parlamentaria del Partido Aragonés-Grupo Mixto, al amparo de lo establecido en el artículo 273 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 8/24, relativa a la aplicación de las ayudas al funcionamiento de las empresas en zonas despobladas.
ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

En su punto 3, quedando redactado de la siguiente forma:
«Exigir al Gobierno de España la aplicación de las siguientes acciones y medidas:
a) Regular mediante una Ley específica las “Ayudas al funcionamiento” de empresas, autorizadas por la Unión Europea, en aquellos territorios reconocidos como zonas escasamente pobladas (provincias de Teruel, Soria y Cuenca y zonas adyacentes y contiguas que registran una situación demográfica de similar gravedad, con densidad inferior a 12,5 hab./km2).
b) Incluir, mientras tanto, las ayudas al funcionamiento (Reducción de cuotas a la Seguridad Social en las provincias de Cuenca, Soria y Teruel) en los Presupuestos Generales del Estado para 2024 para continuar con su aplicación efectiva, tanto en el caso de actividad por cuenta ajena como en el de actividad por cuenta propia, haciendo realmente equivalente la de los trabajadores autónomos a la de las empresas, al igual que para actividades económicas ya existentes y las de nueva implantación.
c) Establecer para su aplicación porcentajes de reducción y otros mecanismos que permitan llegar a los máximos autorizados por la Comisión Europea, es decir al 20% de los costes laborales de las empresas, en todos los casos, y su equivalencia real para los autónomos.
d) Incluir en las Ayudas al funcionamiento todo el ámbito territorial susceptible de recibirlas de acuerdo con la autorización europea, es decir también las zonas limítrofes con las tres provincias, para extenderlas a las comarcas que cumplen esa condición y disponen de una densidad de población inferior a 12,5 habitantes por km2 (comarcas Campo de Daroca, Campo de Belchite y Aranda).
e) Modificar la graduación para las Ayudas al funcionamiento en función del tamaño del municipio para que se apliquen garantizando el acceso a los máximos autorizados en todos los casos».
MOTIVACIÓN

Por considerarlo más adecuado.

Zaragoza, a 30 de enero de 2024.
El Portavoz Adjunto
ALBERTO IZQUIERDO VICENTE

ENMIENDA NÚM. 2

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes, al amparo de lo establecido en el artículo 273 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formulan la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 8/24, relativa al impulso del Gobierno de Aragón a la aplicación de las ayudas al funcionamiento de las empresas en zonas despobladas.
ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Al texto de la Proposición no de Ley, que quedaría redactada como sigue:
«Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón para que inste al Gobierno de España a:
1.— Que en 2024 las ayudas al funcionamiento recogidas en las directrices sobre la concesión de ayudas regionales se aumenten hasta el 20%, estableciendo mecanismos que permitan este porcentaje de reducción de los costes laborales de las empresas, en todos los casos, y su equivalencia real para los autónomos, de forma que, exista un incentivo real que permita el desarrollo económico y social de los territorios que sufren el fenómeno de la despoblación.
2.— Regular mediante una Ley específica las “Ayudas al funcionamiento” de empresas, autorizadas por la Unión Europea, en aquellos territorios reconocidos como zonas escasamente pobladas (provincias de Teruel, Soria y Cuenca y zonas adyacentes y contiguas que registran una situación demográfica de similar gravedad, con densidad inferior a 12,5 hab./km2).
3.— Incluir las Ayudas al funcionamiento (Reducción de cuotas a la Seguridad Social en las provincias de Cuenca. Soria y Teruel) en los Presupuestos Generales del Estado para 2024, para continuar con su aplicación efectiva, tanto en el caso de actividad por cuenta ajena como en el de actividad por cuenta propia, haciendo realmente equivalente la de los trabajadores autónomos a la de las empresas, al igual que para actividades económicas ya existentes y las de nueva implantación, y que mientras se aprueba el Presupuesto 2024, se busque una solución jurídica y presupuestaria para que dichas ayudas sean efectivas lo antes posible.
4.— Incluir en las Ayudas al funcionamiento todo el ámbito territorial susceptible de recibirlas de acuerdo con la autorización europea, es decir, también las zonas limítrofes con las tres provincias, para extenderlas a las comarcas que cumplen esa condición y disponen de una densidad de población inferior a 12,5 habitantes por km2 (comarcas Campo de Daroca, Campo de Belchite y Aranda).
5.— Modificar la graduación para las Ayudas al funcionamiento en función del tamaño del municipio para que se apliquen garantizando el acceso a los máximos autorizados en todos los casos.
6.— Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:
6.1. Impulsar y apoyar, de manera constante, la aplicación, en Aragón, de las Ayudas al funcionamiento de empresas y autónomos en zonas poco pobladas que han sido autorizadas por la Comisión Europea mediante las “Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional” y establecidas por el Gobierno de España, aunque en cuantía insuficiente.
6.2. Aplicar todas las medidas necesarias, en el marco de sus competencias, para lograr que las ayudas al funcionamiento alcancen los niveles máximos contemplados en la autorización europea y trabajar para garantizar que estas ayudas se vinculen a la creación y mantenimiento de empleo de calidad y que contribuyan al desarrollo económico de las zonas despobladas, así como a la cohesión territorial».
MOTIVACIÓN

Más adecuada.

Zaragoza, 31 de enero de 2024.
El Portavoz del G.P. Popular
FERNANDO LEDESMA GELAS
El Portavoz del G.P. Vox
SANTIAGO MORÓN SANJUÁN

ENMIENDA NÚM. 3

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

La Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, al amparo de lo establecido en el artículo 273 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 8/24, relativa al impulso del Gobierno de Aragón a la aplicación de las ayudas al funcionamiento de las empresas en zonas despobladas.
ENMIENDA DE ADICIÓN

Se propone añadir un nuevo apartado cuarto con la siguiente redacción:
«4. Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a complementar la ayuda de la Tarifa Plana del Estado aplicada en la provincia de Teruel con la cuota cero de autónomos, y a aplicar también en las provincias de Zaragoza y Huesca —a las que no le son de aplicación lo previsto en el apartado 3 de esta iniciativa— la citada cuota cero de autónomos para los nuevos trabajadores por cuenta propia que acaban de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y que les permite no tener que pagar cuota, al menos, durante el primer año de actividad, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024 para que se pueda solicitar incluso aunque ya se esté ejerciendo, con el objetivo de que Aragón sea igual de competitiva que otras 10 comunidades autónomas que ya aplican esta ‘cuota cero’».
MOTIVACIÓN

Por considerarlo más conveniente.

Zaragoza, 30 de enero de 2024.
La Portavoz del G.P. Socialista
M.ª TERESA PÉREZ ESTEBAN

CORTES DE ARAGÓN
Palacio de la Aljafería
50004 Zaragoza
T 976 289 528 / F 976 289 664