Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno
Proposición no de Ley núm. 77/25, sobre la asunción de la deuda de la Comunidad Autónoma por parte del Estado.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:122 (XI Legislatura)
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
D. Andoni Corrales Palacio, Portavoz del Grupo Mixto y de la Agrupación Parlamentaria Podemos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la asunción de la deuda de la Comunidad Autónoma por parte del Estado, solicitando su tramitación ante el Pleno.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El 24 de febrero de 2025 la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, anunció que el Estado asumirá 83.252 millones de euros de deuda de las Comunidades Autónomas.
Esta medida sin precedentes beneficia a todas las comunidades de régimen común, incluida Aragón, independientemente de que tengan o no deuda con el Fondo de Liquidez Autonómico (FLA) u otro mecanismo de financiación extraordinario del Estado.
En palabras del Gobierno Central, el objetivo de esta medida es corregir el sobreendeudamiento al que se vieron abocadas las administraciones autonómicas durante la crisis financiera, a diferencia de lo que sucedió durante la crisis sanitaria derivada de la pandemia o los efectos de la guerra en Ucrania donde las Comunidades Autónomas si recibieron apoyo financiero desde la Administración General del Estado.
Según la propuesta elaborada por el Ministerio de Hacienda, que fue remitida a las Comunidades Autónomas para su debate en la reunión del 26 de febrero del Consejo de Política Fiscal y Financiera, el Estado asumiría un total de 2.124 millones de euros de la deuda total de la Comunidad Autónoma de Aragón, lo que supone un 23% de la misma.
De manera totalmente inexplicable e irresponsable, el Gobierno de Aragón ha decidido votar en contra de dicha propuesta, justificando dicha posición en que el método de cálculo empleado por el Ministerio perjudica a Aragón respecto a otras Comunidades Autónomas como Cataluña o Andalucía.
Es indudable que esta medida supondrá para las Comunidades Autónomas de régimen común contar con mayores recursos económicos para reforzar los servicios públicos que prestan a sus ciudadanos, y en especial la sanidad, la educación o el bienestar social.
Diversos expertos señalan que la Comunidad Autónoma lograría importantes beneficios con esta medida, como la mejora de su calificación crediticia, lo que le permitiría acudir a los mercados de deuda en condiciones más favorables.
Además, la Comunidad Autónoma evitaría tener que amortizar 210 millones al año, y el correspondiente pago de intereses de demora que podrían alcanzar los 80 millones anuales más.
La implantación de esta medida requiere la reforma de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y, por tanto, su correspondiente aprobación parlamentaria en las Cortes Generales.
Aragón tiene reconocida, desde la aprobación de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, la adopción de un acuerdo bilateral económico-financiero con el Estado que tenga en cuenta las singularidades de nuestra Comunidad Autónoma.
Por ello, la participación de Aragón en el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común no supone la renuncia a una relación bilateral en materia económico-financiera con el Estado que garantice el cumplimiento del principio de solidaridad interregional.
Por lo expuesto, este Grupo Parlamentario presenta la siguiente:
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:
1. Que apoye cuantas medidas implemente la Administración General del Estado que mejoren la situación económico-financiera de la Comunidad Autónoma y, con ello, permitan reforzar la prestación de los servicios públicos, dejando de lado intereses partidistas o de representantes de otras comunidades autónomas históricamente beneficiadas por el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común.
2. Que, de forma complementaria a la multilateralidad que supone la participación en el Consejo de Política Fiscal y Financiera, utilice los mecanismos previstos en el Estatuto de Autonomía de Aragón, esto es, Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado (artículo 90) y Acuerdo bilateral económico-financiero con el Estado (artículo 108) para exigir que se atienda a las singularidades de nuestra Comunidad Autónoma y se garantice que se cumplan los principios de igualdad y solidaridad interterritorial.
Zaragoza, 26 de febrero de 2024.
El Portavoz
ANDONI CORRALES PALACIO