Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Comisión

Proposición no de Ley núm. 258/25, sobre las medidas para facilitar la movilidad y el anticipo de gastos a los miembros de los tribunales de procesos selectivos de profesorado, para su tramitación ante la Comisión de Educación, Cultura y Deporte.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:140 (XI Legislatura) PDF

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

D. Tomás Guitarte Gimeno, Portavoz del Grupo Parlamentario Aragón-Teruel Existe, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre las medidas para facilitar la movilidad y el anticipo de gastos a los miembros de los tribunales de procesos selectivos de profesorado, para su debate y votación en la Comisión de Educación, Cultura y Deporte.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Durante el año 2024 se celebraron oposiciones en el ámbito educativo en la Comunidad Autónoma de Aragón, concretamente en el cuerpo de maestros y en determinadas especialidades de secundaria. La organización de estas pruebas supuso un notable despliegue logístico, especialmente en la ciudad de Teruel, donde se constituyeron un total de 45 tribunales evaluadores.
La gestión del alojamiento de los miembros de estos tribunales recae en los Servicios Provinciales (SP) del Departamento de Educación. En el caso concreto de Teruel, dicha gestión se canalizó a través de la agencia de viajes de El Corte Inglés, que a su vez subcontrata al Grupo Gargallo, limitando así la oferta hotelera disponible a tan solo dos establecimientos de la ciudad: el Hotel Reina Cristina y el Hotel Civera.
Esta limitada disponibilidad generó una situación de desigualdad entre los miembros de los tribunales. Solo una parte de ellos pudo ser alojada en los hoteles gestionados directamente por la agencia y, por tanto, con el coste cubierto por el SP. El resto de los miembros tuvieron que buscar alojamiento por su cuenta, debiendo adelantar el importe correspondiente sin garantías de un pronto reintegro.
Además, el conjunto de gastos derivados del desempeño de esta función —dietas por manutención, desplazamientos y alojamiento— fueron asumidos inicialmente por el profesorado que forman parte de los tribunales, con un desembolso personal estimado de hasta 1.500 euros. Esta situación supone una carga económica significativa, especialmente cuando no se cuenta con un procedimiento claro, rápido y eficaz para la devolución de dichos importes.
A diferencia de otras comunidades autónomas que han regulado específicamente estas situaciones, en Aragón no se ha dictado una normativa propia, por lo que se debe acudir a la legislación estatal vigente: el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. En su artículo 19 se establece el derecho a percibir anticipos para cubrir los gastos de desplazamiento, una posibilidad que, en la práctica, está siendo obstruida por una excesiva carga burocrática.
La falta de regulación y la manera de gestionar el alojamiento por el SP revela una falta de consideración de la Consejería con los profesores que son miembros de tribunales a quienes no se facilita la logística que conlleva su desplazamiento y, además, genera una evidente desigualdad de trato entre miembros del mismo tribunal, y una desprotección económica para el personal docente que colabora en procesos selectivos que son esenciales para la educación pública.
Es por ello que se presenta la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón:
1. Adoptar medidas urgentes para garantizar el anticipo de los gastos derivados de la participación del profesorado en tribunales de oposición, incluyendo alojamiento, manutención y desplazamientos, tal como recoge el artículo 19 del Real Decreto 462/2002.
2. Establecer un procedimiento homogéneo, ágil y transparente para la gestión del alojamiento de todos los miembros de los tribunales, evitando situaciones de desigualdad o discriminación por razón del establecimiento asignado.
3. Tomar las medidas organizativas y de normativa necesarias lo antes posible, para evitar que en las próximas convocatorias se produzca de nuevo esta misma situación.

Zaragoza, a 8 de mayo de 2025.
El Portavoz del Grupo Parlamentario
Aragón-Teruel Existe
TOMÁS GUITARTE GIMENO

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