Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


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Respuesta escrita de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte a la Pregunta núm. 414/25, relativa al abono de los gastos del profesorado itinerante en las escuelas rurales de Teruel (BOCA 121, de 6 de marzo de 2025).

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:132 (XI Legislatura) PDF

La compensación a los profesores itinerantes con destino en los colegios rurales agrupados (CRA) está regulada por el acuerdo de 29 de junio de 2006, de la Mesa Sectorial de Educación, por el que se establecen determinadas medidas en relación con el profesorado singular itinerante y el profesorado que comparte centro, en el ámbito del personal docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Desde hace dos cursos, el sistema de gestión de estas itinerancias se hace a través de un sistema informático con varias fases.
A fecha de 25 de febrero de 2025, las 925 solicitudes de pago realizadas por los docentes ya han sido comprobadas por los equipos de verificación, y ordenadas por el Director Provincial para su pago a los docentes, por lo que tan solo resta la elaboración de los documentos de pago y que por parte de la Tesorería del Gobierno de Aragón se realicen las transferencias.
Asimismo, a final de curso se gestionará un pago adicional, sin perjuicio de la aplicación de las indemnizaciones previstas en el Orden HFP/793/2023, de 12 de julio, por la que se revisa el importe de la indemnización por uso de vehículo particular establecida en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, el profesorado contemplado en el acuerdo percibirá anualmente una compensación económica de entre 117,29 € por desplazamientos mensuales de menos de 30 kilómetros semanales a 936,96 € por más de 210 kilómetros semanales.
A pesar de que se han producido retrasos en la gestión de dichas indemnizaciones, se han incrementado como consecuencia de la Orden HFP/793/2023, de 12 de julio, por la que se revisa el importe de la indemnización por uso de vehículo particular, que queda fijado en 0,26 euros por kilómetro recorrido (antes 0,19).
Asimismo, está previsto un pago adicional anual, en función de los kilómetros recorridos, que se une a la compensación horaria que se está aplicando este curso, que se establece desde dos horas semanales (por menos de 70 kilómetros realizados) a seis (por más de 210 kilómetros).
Se espera que en las próximas semanas, por parte de la Tesorería del Gobierno de Aragón, una vez gestionados estas indemnizaciones por itinerancias y desplazamientos, sean abonadas a los docentes.

Zaragoza, a 27 de marzo de 2025.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte
TOMASA HERNÁNDEZ MARTÍN

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