Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Mociones - En tramitación - En Pleno
Moción núm. 10/07-VII, dimanante de la Interpelación núm. 14/07-VII, relativa a la política ganadera.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:12 (VII Legislatura)
PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el día 11 de octubre de 2007, ha admitido a trámite la Moción núm. 10/07-VII, presentada por el G.P. Popular, dimanante de la Interpelación núm. 14/07-VII, relativa a la política ganadera.
Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara.
Zaragoza, 11 de octubre de 2007.
El Presidente de las Cortes
FRANCISCO PINA CUENCA
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 186 del Reglamento de las Cortes de Aragón y dimanante de la Interpelación núm. 14/07-VII relativa a la política ganadera, formulada por el Diputado D. Joaquín Salvo Tambo, presenta para su debate y votación en el Pleno la siguiente
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a que:
1. En el Proyecto de Presupuestos para el año 2008 se contemple la eliminación de las tasas por expedición de Guías para el traslado de animales y todas aquellas otras que sean consecuencia de exigencias que la Administración impone a los ganaderos.
2. Se haga cargo, en su integridad, de todos los gastos derivados de la retirada de cadáveres de animales.
3. Eleve una solicitud razonada al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para que, a través de los cauces adecuados, se solicite a la Comisión Europea la revisión de la exigencia de retirada y destrucción de cadáveres de aquellas especies de animales de las que no hay evidencia científica confirmada de que padezcan algún tipo de encefalopatía espongiforme transmisible y que pudiera ser contagiada al hombre o pasar a la cadena alimentaria humana. Antes de prohibir el enterramiento tradicional de cadáveres de animales, debería haber una evidencia confirmada de que ese tipo de prácticas supone un riesgo cierto para las personas o el medio ambiente.
4. De las instrucciones oportunas para que, en el plazo de tres meses, todos los análisis contemplados en el Programa Nacional de erradicación y control de salmonelosis en aves procedentes de explotaciones radicadas en territorio aragonés, se realicen el Laboratorio Agroalimentario de Montañana y no en laboratorios foráneos.
Zaragoza, 9 de octubre de 2007.
El Portavoz
ANTONIO SUÁREZ ORIZ