Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno

Proposición no de Ley núm. 326/25, sobre la protección del Real Monasterio de Sijena y su entorno.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:144 (XI Legislatura) PDF

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

D. Tomás Guitarte Gimeno, Portavoz del Grupo Parlamentario Aragón-Teruel Existe, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la protección del Real Monasterio de Sijena y su entorno, para su debate y votación en Pleno.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El proyecto Octante plantea una central eólica formada por cinco aerogeneradores de 200 metros frente al Real Monasterio de Sijena. Algunos de ellos situados a tan solo 1,2 kilómetros del monasterio, según el proyecto y el Estudio de Impacto Ambiental. Aunque los aerogeneradores estuviesen situados a cinco o diez kilómetros seguirían teniendo un grave impacto paisajístico en este importante patrimonio de Aragón ya que su altura de 200 metros es inmensa y seguirían afectando a gravemente a este Monumento Nacional.
El Real Monasterio de Santa María de Sijena fue fundado en 1188, fue declarado Monumento Nacional en 1923 por la Dirección General de Bellas Artes por su gran valor. Fue declarado como Bien de Interés Cultural por el Gobierno de Aragón en abril de 2002.
Es un patrimonio de los más importantes en la historia de Aragón, ya que fue también panteón real sirviendo de lugar de enterramiento de reyes, reinas e infantas de Aragón, y sirvió de depósito de una parte del tesoro real y como archivo monástico entre los siglos XIII y XIV.
El Gobierno de Aragón invirtió dos millones de euros para adecuar las instalaciones y garantizar la recuperación y exposición del valioso patrimonio histórico que alberga.
Este monasterio que, tras la sentencia del tribunal supremo que obliga al MNAC a devolver las pinturas murales al monasterio aragonés, debe albergar de nuevo estas obras históricas, aumentando con ello su atractivo turístico y su interés cultural. Para exponer y custodiar estas obras de gran valor se tendrán que realizar más inversiones.
Es incoherente e inaceptable que no se respete el entorno de este gran patrimonio y la inversión realizada alterando sus paisajes con inmensos aerogeneradores, porque afectará a su potencial turístico, como han demostrado las recreaciones que ha realizado la Plataforma Sijena !Si!.
Se vuelve a hacer necesaria la famosa frase «renovables sí, pero no así», que clama por unas renovables responsables, por una ordenación clara que proteja los espacios culturales y ambientales de gran valor.
Sería profundamente contradictorio por parte del gobierno de Aragón, después del enorme esfuerzo que se ha realizado para recuperar el patrimonio artístico del monasterio, además de las inversiones ejecutadas y las que se tendrán que realizar para albergar todas sus obras, devaluar su valor por la instalación de estos aerogeneradores frente al monasterio de Sijena.
En enero de 2024, la Dirección General de Patrimonio se escudaba en la inexistencia de una normativa sobre las afecciones de los parques eólicos. Una excusa buscada por la falta de voluntad política para legislar en esta dirección. Sin embargo, existen figuras de protección que refuerzan la defensa frente al impacto paisajístico de este tipo de instalaciones energéticas. La protección paisajística de un BIC debería mantener la percepción visual del mismo y su relación con el paisaje, así como en preservar su significado cultural.
También hay que destacar que los informes del Gobierno de Aragón al MITECO son vinculantes para su evaluación ambiental y para sus autorizaciones, como así se ha demostrado con los informes negativos de otras comunidades autónomas.
Por todo ello se presenta la siguiente 
PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:
1. Declarar con urgencia el Real Monasterio de Sijena y su entorno paisajístico como Área Natural Singular de Interés cultural, de conformidad con el Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón.
2. Reformar de forma urgente la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, para actualizar la protección de los BIC y su paisaje, incluyendo las afecciones provocadas por el impacto visual y paisajístico de las instalaciones de parques eólicos, plantas fotovoltaicas y líneas de transporte, así como otras instalaciones industriales o mineras.
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a instar al Gobierno de España a:
1. No aprobar la Autorización de Construcción de este proyecto por su grave afección a uno de los patrimonios culturales e históricos más importantes de Aragón y al potencial desarrollo turístico y económico que se va a generar en la Comarca de los Monegros.

En el Palacio de la Aljafería, a 6 de junio de 2025.
El Portavoz del Grupo Parlamentario
Aragón-Teruel Existe
TOMÁS GUITARTE GIMENO

CORTES DE ARAGÓN
Palacio de la Aljafería
50004 Zaragoza
T 976 289 528 / F 976 289 664