Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Respuestas
Respuesta escrita del Consejero de Medio Ambiente y Turismo a la Pregunta núm. 309/25, relativa al plan de recuperación de aves esteparias de Aragón (BOCA 116, de 14 de febrero de 2025).
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:125 (XI Legislatura)
En relación con esta materia se informa que en la Comunidad Autónoma de Aragón es el Decreto 129/2022, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, el que crea el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón.
Concretamente el artículo 9 establece que para los taxones o poblaciones incluidos en la categoría de «en peligro de extinción» es preciso la adopción de un plan de recuperación, que deberá ajustarse al contenido básico recogido en el artículo 11 de este decreto y con los criterios indicados en el artículo 59 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre. Para los taxones o poblaciones incluidos en la categoría de «vulnerable» será necesaria la adopción de un plan de conservación.
El número de especies para la que debe redactarse uno de estos documentos es de casi 140 por lo que, en aras a agilizar su redacción se ha recurrido a la posibilidad que establece la legislación de elaborar planes conjuntos para grupos de especies de requerimientos ecológicos afines que, ocupando hábitats de características similares, estén sometidas a factores de amenaza comunes, susceptibles por tanto de ser corregidos por actuaciones y directrices de conservación también comunes.
La redacción de cada uno de los planes requiere previamente de la obtención de la información necesaria para hacer un correcto diagnóstico, objetivos, cartografía del ámbito y planificación de las medidas y actuaciones a llevar a cabo. Esta información requiere de información científica y técnica que requiere un periodo de tiempo para realizar los muestreos de la población que aseguren la robustez de los análisis.
Más concretamente, en el caso del proyecto de «Decreto por el que se establece un régimen de protección para el sisón común (Tetrax tetrax), la ganga común (Pterocles alchata), la ganga ortega (Pterochles orientalis), la avutarda común (Otis tarda) y el cernícalo primilla (Falco naumanni) y se aprueba un plan de recuperación conjunto» se han realizado los siguientes trámites:
1. Orden de inicio del procedimiento del Consejero competente en Medio Ambiente.
2. Periodo de consulta previa, normalmente por un plazo de un mes, para recabar la opinión de las personas y organizaciones que pudieran verse afectadas por la futura norma.
El borrador para la realización del trámite de audiencia a los interesados y de información pública está muy avanzado. Se está ajustando la cartografía de zonificación de las áreas críticas a la luz de los últimos censos de esteparias realizados en 2023 y 2024.
Zaragoza, a 7 de marzo de 2025.
El Consejero de Medio Ambiente y Turismo
MANUEL BLASCO MARQUÉS