Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Comisión
Proposición no de Ley núm. 421/24, sobre la actuación frente a la pobreza energética, para su tramitación ante la Comisión de Bienestar Social y Familia
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:80 (XI Legislatura)
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
Álvaro Sanz Remón, Portavoz de la Agrupación Parlamentaria de Izquierda Unida de Aragón Grupo Mixto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente Proposición no de Ley, sobre la actuación frente a la pobreza energética para su tramitación en la Comisión de Bienestar Social y Familia.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La ley 9/2016, de 3 de noviembre de reducción de la pobreza energética de Aragón definió las situaciones de vulnerabilidad y especial vulnerabilidad combinando la consideración del nivel de renta de las personas o unidades de convivencia con otras circunstancias familiares que justifican una mayor protección. Las categorías definidas ofrecen a los servicios sociales competentes para la valoración unas condiciones objetivas, además de la imposibilidad de hacer frente a las facturas energéticas, para valorar el acceso a la ayuda.
Al amparo de esta ley se han desarrollado las prestaciones económicas Ayudas de Urgencia para el pago de consumos energéticos que son tramitados por los Servicios Sociales Comunitarios y por los Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes. Los importes económicos de estas ayudas de urgencia se incluyen dentro de las Adendas que se han firmado con las comarcas y municipios de más de 20.000 habitantes hasta el año 2025 y que suponen un total de 788.984 euros al año.
Cuantía que se ha ido reduciendo en los presupuestos anteriores ya que el Decreto 191/2017, de 28 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las prestaciones económicas para situaciones de urgencia, para el apoyo a la integración familiar y los complementos económicos para perceptores de pensión no contributiva, en su artículo 17, estipula que la cuantía máxima de la ayuda de urgencia para el pago del consumo energético será de doscientos euros al año.
Esta regulación limita la cobertura que se puede ofrecer pero también el acomodarnos al Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica que en su artículo 4. Consumidor en riesgo de exclusión social señala como requisito para ser reconocido como tal que una Administración autonómica o local financie al menos el 50 por ciento del importe de su factura.
La ley de reducción de la pobreza energética de Aragón contemplaba además, la elaboración de un Plan de medidas de eficiencia energética de una duración de tres años que debería haberse elaborada en los 9 meses posteriores a la aprobación de la ley y que no se ha llevado a cabo, para su elaboración se planteó un Comité de seguimiento, que trabajaría con las entidades locales y sus servicios sociales, así como con los agentes sociales involucrados en la protección de los derechos de los consumidores y las empresas de suministro energético a la hora de definir su alcance, diseñar sus objetivos y establecer una serie de indicadores que permitan evaluar los resultados de su implementación y arrojar datos sobre la reducción de la pobreza energética en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Por otro lado, la afectación que tiene el incremento del coste de la vida en materias básicas como el precio de la energía en las economías de los hogares de las familias aragonesas debería ayudarnos a repensar no solo los ingresos de las familias en el acceso a las ayudas sino lo que les supone en su economía familiar, porque hay familias que se encuentran por debajo del umbral de riesgo pobreza que publica el INE o según los indicadores AROPE y que están por encima de los límites de 2´5 IPREM que marca nuestra ley y que la subida de la luz les aboca a mayor pobreza.
Además, el cambio climático ha generado que no solo necesitemos energía en invierno si no que en verano la OMS recomienda mantener una temperatura de 26ºC como la temperatura de confort térmico, pero según datos del INE, el 13,7 % de los hogares aragoneses no puede mantener la vivienda a una temperatura adecuada.
Por todo ello, presentamos la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:
1. Elaborar un estudio que nos permita conocer los perfiles de vulnerabilidad en pobreza energética que no solo están unidos a renta sino también a las condiciones climáticas y de habitabilidad.
2. Poner en marcha el Comité de seguimiento del Plan de medidas de eficiencia energética que elabore dicho Plan.
3. Modificar el decreto 191/2017, de 28 de noviembre, en el sentido de eliminar la cuantía máxima anual a abonar para ajustarla a los requisitos que permitirían el acceso de las familias a lo recogido en el artículo 4 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, Consumidor en riesgo de exclusión social.
4. Formar a todo el personal que da atención directa sobre prestaciones en los servicios sociales sobre la herramienta de la Enersoc para que puedan asesorar a las personas que atienden de forma automática.
5. Estudiar, en el marco de las prestaciones sociales, la ampliación del acceso a las prestaciones a personas y familias en riesgo de pobreza que no entran en las categorías de vulnerable o especialmente vulnerable.
Zaragoza, a 30 de agosto de 2024.
El Portavoz
ÁLVARO SANZ REMÓN