Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


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Pregunta núm. 288/11, relativa a las causas por las que el Gobierno de Aragón no formalizó el recurso de apelación contra la sentencia que denegaba el exequátur en el caso del arte sacro de las parroquias aragonesas en Lérida.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:292 (VII Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

    La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el día 5 de abril de 2011, ha admitido a trámite la Pregunta núm. 288/11, relativa a las causas por las que el Gobierno de Aragón no formalizó el recurso de apelación contra la sentencia que denegaba el exequátur en el caso del arte sacro de las parroquias aragonesas en Lérida, formulada al Gobierno de Aragón por la Diputada del G.P. Chunta Aragonesista Sra. Ibeas Vuelta, para su respuesta escrita.

    Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 189.4 del Reglamento de la Cámara.

    Zaragoza, 5 de abril de 2011.

El Presidente de las Cortes

FRANCISCO PINA CUENCA

    A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

    D.ª Nieves Ibeas Vuelta, Diputada del Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista (CHA), de acuerdo con lo establecido en el artículo 196 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula al Gobierno de Aragón, para su respuesta escrita, la siguiente Pregunta sobre las causas por las que el Gobierno de Aragón no formalizó el recurso de apelación contra la sentencia que denegaba el exequátur en el caso del arte sacro de las parroquias aragonesas en Lérida.


    ANTECEDENTES

    El Gobierno de Aragón, junto al Obispado de Barbastro-Monzón, presentó en mayo de 2009 una demanda civil en el Juzgado de Primera Instancia de Barbastro para instar al reconocimiento de la sentencia dictada el 28 de abril de 2007 por el Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica de la Santa Sede, en la que se establecía que el Obispado de Lérida debía restituir al de Barbastro-Monzón las 112 piezas de arte sacro de parroquias aragonesas que recibió en depósito. La solicitud de este reconocimiento, conocido como exequátur, fue denegada el 31 de mayo de 2010.

    Tras una primera valoración favorable de la sentencia hecha por el Gobierno de Aragón, tanto la consejera de Educación, Cultura y Deporte como el presidente del Gobierno rectificaron e informaron de que recurrirían la sentencia, nuevamente junto al Obispado de Barbastro-Monzón, ante la Audiencia Provincial de Huesca. De hecho, así consta también en la respuesta oficial de la Consejera a la pregunta parlamentaria n.º 1243/10, en la que explica textualmente que el Auto por el que se deniega el exequátur «ha sido recurrido en apelación ante la Audiencia Provincial de Huesca tanto por el Gobierno de Aragón como por el Obispado de Barbastro-Monzón».

    Sin embargo, en el Auto de la Audiencia de Huesca del pasado 4 de marzo que rechaza el recurso de apelación, se señala que «transcurrido el término de emplazamiento, se declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por el Letrado de la Comunidad Autónoma de Aragón».


    PREGUNTA

    ¿Por qué no formalizó el Gobierno de Aragón en la Audiencia Provincial de Huesca el recurso de apelación anunciado contra el Auto del Juzgado de Barbastro que denegaba el exequátur?

    En el Palacio de la Aljafería, a 24 de marzo de 2011.

La Diputada

NIEVES IBEAS VUELTA

CORTES DE ARAGÓN
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