Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Comisión

Proposición no de Ley núm. 33/11, sobre la instalación obligatoria del interruptor de control de potencia (ICP), para su tramitación ante la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:285 (VII Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

    La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el día 8 de marzo de 2011, ha admitido a trámite la Proposición no de Ley núm. 33/11, sobre la instalación obligatoria del interruptor de control de potencia (ICP), presentada por la Agrupación Parlamentaria Izquierda Unida de Aragón (G.P. Mixto), y ha acordado su tramitación ante la Comisión de Industria, Comercio y Turismo, en virtud de la voluntad manifestada por el Grupo Parlamentario proponente.

    De conformidad con lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de la Cámara, las señoras y señores Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas a esta Proposición no de Ley hasta veinticuatro horas antes de la hora fijada para el comienzo de la sesión en que haya de debatirse.

    Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 201.1 del Reglamento de la Cámara.

    Zaragoza, 8 de marzo de 2011.

El Presidente de las Cortes

FRANCISCO PINA CUENCA

    A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

    El Portavoz de la Agrupación Parlamentaria de Izquierda Unida de Aragón (Grupo Parlamentario Mixto), Adolfo Barrena Salces, de acuerdo con lo establecido en el artículo 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la instalación obligatoria del Interruptor de Control de Potencia (ICP), solicitando su tramitación ante la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


    ANTECEDENTES

    El Gobierno Central mediante el Real Decreto 1454/2005 y la Orden ITC (Instrucción Técnica Complementaria) 1857/2008 aprobó la instalación obligatoria del interruptor de control de potencia (ICP) en el cuadro general de electricidad de todos los domicilios españoles con el único fin de impedir que el abonado conecte más potencia de la que figura en su contrato.

    El Gobierno Central, además, autoriza a las compañías eléctricas a cobrar derechos de enganche por dicha instalación cobrando una penalización a los abonados que no instalaran dicho ICP tras haber recibido dos notificaciones por correo certificado. Algunas empresas, como Endesa, ya están aplicando la penalización a millones de abonados sin siquiera haberles remitido las dos notificaciones.

    La realidad es que además de abusiva esta medida no es necesaria puesto que los nuevos, y obligatorios, contadores ya vienen equipados con el ICP por lo que carece de sentido obligar a los usuarios a instalar el ICP en el cuadro general de la vivienda.

    Así lo reconoció la propia Comisión Nacional de Energía en su informe 23/2009, manteniendo que dicha instalación no sólo no era necesaria, pues duplica el ICP, sino que, además, es desaconsejable, pues puede inducir a error al usuario.

    La cantidad anual cobrada por las compañías eléctricas en concepto de término de potencia es alrededor de 5.000 millones de euros y dado que el número total de abonados domésticos, de autónomos y de pequeñas empresas, ronda los 24 millones, las cantidades que las compañías eléctricas podrían ingresar serían, aproximadamente, 106 millones de € por derechos de enganche y 1, 7 millones de €/mes por el alquiler del equipo. Es evidente que, de permitirse esta actuación, se estaría causando un perjuicio económico importante a los consumidores y consumidoras a la vez que se estaría facilitando unos ingresos abusivos a las compañías eléctricas. Ello, además, simultáneamente a la nueva e importante subida de la tarifa de suministro eléctrico.

    Por todo ello se formula la siguiente


    PROPOSICIÓN NO DE LEY

    Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a dirigirse al Gobierno Central para solicitarle:

    1.º Que elimine el coste del alquiler del nuevo contador que las compañías eléctricas están obligadas, de acuerdo con el plan de renovación de contadores vigente, a instalar.

    2.º La derogación del Real Decreto 1454/2005 y como consecuencia a la derogación de la Orden ITC (Instrucción Técnica Complementaria) 1857/2008 y a arbitrar las medidas necesarias para que los clientes que se han visto perjudicados por estas disposiciones recuperen el dinero injustamente pagado.

    3.º Anular la subida de la tarifa eléctrica aprobada por la Comisión Delegada para Asuntos Económicos por considerarla inaceptable, desorbitada y fraudulenta.

    4.º Dar traslado de esta Proposición No de Ley al Consejo de Ministros, al Ministerio de Industria, a la Mesa del Congreso de los Diputados y a las asociaciones de defensa de los consumidores y usuario.

    Zaragoza, a 7 de marzo de 2011.

El Portavoz
    ADOLFO BARRENA SALCES

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