Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


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Pregunta núm. 66/24, relativa a la situación del personal contratado para la prestación del servicio de transporte sanitario urgente.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:38 (XI Legislatura) PDF

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

Álvaro Sanz Remón, Portavoz de la Agrupación Parlamentaria Izquierda Unida Aragón (Grupo Mixto), de acuerdo con lo establecido en el artículo 259 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula al Consejero de Sanidad, para su respuesta escrita, la siguiente Pregunta relativa a la situación del personal contratado para la prestación del servicio de transporte sanitario urgente.

ANTECEDENTES

El nuevo contrato del transporte sanitario urgente eliminó la localización y, por tanto, incrementó la presencialidad, lo que en principio debía suponer un incremento de plantilla hasta unas 730 personas contratadas. Número que se volvió a incrementar hasta 835 con la habilitación de las SVB en horario nocturno y de fin de semana.
Pero no hay constancia de que se estén cubriendo todas estas plazas ni de qué tipos de contrato se están llevando a cabo para dicha cobertura.
Por otro lado, el nuevo contrato reconoce unos costes basados en unas condiciones laborales que no son las vigentes porque el acuerdo de convenio al que llegaron patronal y representantes de los trabajadores y que se usó para hacer el pliego, fue impugnado por la DGA. Aunque el coste de personal supone el 80% del contrato y dicho contrato se ha incrementado un 85,5% respecto al anterior contrato, el personal ha visto reducida su remuneración al eliminarse complementos fijos y dietas.
El artículo 37 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de Uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, referido a la «Indemnidad de las condiciones laborales», señala: «Con la presentación de sus ofertas, las empresas licitadoras adquirirán el compromiso de mantener o mejorar, durante la ejecución del contrato, las condiciones laborales de los trabajadores adscritos a la ejecución de aquel, especialmente las relativas al salario, la duración de la jornada, la conciliación de la vida personal y familiar y los permisos. Esta obligación subsistirá incluso si decae la vigencia del Convenio Colectivo de referencia».
Esta situación no se está produciendo y el personal está recibiendo salarios por debajo de lo que cobraba en 2018.
Por todo ello se realizan las siguientes
PREGUNTAS

1. ¿Cuánto personal en activo está en la plantilla de atención directa del servicio de transporte sanitario urgente en enero de 2024? ¿Cuánto personal se encuentra en situación de incapacidad temporal?
2. ¿Qué tipo de contratos tienen estas personas? ¿Qué remuneración salarial media están obteniendo?
3. ¿Qué actuaciones ha llevado a cabo el Gobierno de Aragón para hacer cumplir el artículo 37 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo?
4. ¿Qué seguimiento se está haciendo de que el pago mensual a la adjudicataria se corresponda con un gasto real y no se integre más cuantía al beneficio industrial?

En Zaragoza, a 11 de enero de 2024.
El Portavoz
ÁLVARO SANZ REMÓN

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