Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Preguntas formuladas

Respuesta escrita de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte a la Pregunta núm. 892/25, relativa a la asignación de docentes al inicio de cada curso escolar (BOCA 140, de 21 de mayo de 2025).

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:145 (XI Legislatura) PDF

1. ¿Qué mecanismos de previsión utiliza el Departamento de Educación del Gobierno de Aragón para planificar la asignación de plazas docentes al inicio de cada curso escolar?

La elaboración inicial del cupo docente para atender adecuadamente a las necesidades del alumnado es el resultado de un pormenorizado estudio de la situación de cada uno de los centros educativos que todos los años se realiza con carácter previo al inicio de curso. En este proceso participa directamente el propio centro educativo a través de su equipo directivo, así como la Inspección Educativa de cada Servicio Provincial.
Dicha dotación de personal se predefine para la cobertura de necesidades detectadas a esta fecha con los datos de matrícula efectiva y atendiendo a la situación particular de cada centro (programas educativos, ofertas de enseñanza, reducciones horarias, planificación de desdobles…) y de las características de su alumnado (número de Acnee, TEA, alumnado repetidor…) siempre conforme a los criterios establecidos en la normativa vigente, pactos y acuerdos reguladores.
Dicho esto, es fundamental recordar que el cupo de los centros experimenta cambios a lo largo del periodo estival e incluso a partir de septiembre conforme se van constatando las matrículas efectivas, la atención al alumnado fuera de plazo o el reconocimiento de necesidades educativas especiales adicionales mediante sus correspondientes resoluciones.
Por todo ello, este cupo es el cupo inicial que no está exento de variaciones, como ha venido ocurriendo año tras año en cada preparación de inicio de curso y en el que como no puede ser de otra forma, se han venido atendiendo las demandas de la comunidad educativa relativas a la plantilla de profesorado con los recursos tanto humanos, como materiales y económicos con los que cuenta el Departamento.

2. ¿Puede explicar el Gobierno de Aragón cómo garantiza una adecuada cobertura de las necesidades educativas en los centros públicos aragoneses, especialmente en las zonas rurales y en riesgo de despoblación?
La cobertura se garantiza mediante la aplicación de las Instrucciones de cupo de profesorado, emitidas cada año y que asigna el número de profesorado de cupo ordinario necesario en función de grupos y matrícula, así como la dotación de cupo no ordinario destinado a la atención de alumnos con necesidades educativas especiales. https://educa.aragon.es/-/Menu%20Informaci%C3%B3n%20Normativa?redirect=/personal%20docente
La escuela rural en Aragón está conformada por una gran red de centros, y esta Administración está comprometida a ofrecer una educación de calidad en zonas rurales con poca población.

3. ¿Tiene previsto el Departamento de Educación implementar un sistema más transparente y participativo para la adjudicación de vacantes docentes en Aragón?
La adjudicación de vacantes en inicio de curso es totalmente transparente y participativa. Todas las plazas se publican en tiempo y forma y son solicitadas por las personas integrantes de listas a través de la aplicación PADDOC.

4. ¿Cómo valora el Gobierno de Aragón el impacto que tiene la falta de estabilidad del profesorado interino sobre la calidad educativa en nuestra comunidad?
Siempre la falta de estabilidad es un hándicap que influye en la calidad desde el punto de vista educativo y de condiciones de trabajo de los docentes.
La valoración como Gobierno de Aragón de la gestión del personal interino en estos años es positiva, ya no solo con el acuerdo de la mejora de las condiciones laborales, además de la firma de las plantillas más numerosas y las plazas convocadas para oposiciones de los últimos años.

5. ¿Qué medidas está adoptando el Ejecutivo aragonés para reducir la elevada rotación del profesorado en centros educativos públicos, especialmente en aquellos con mayor vulnerabilidad social?
Se mantiene la Orden ECD/1435/2017, de 12 de septiembre, publicada previa negociación y acuerdo con las Organizaciones Sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Educación, estableció los criterios para determinar los puestos y centros públicos docentes no universitarios susceptibles de ser catalogados como de especial dificultad en la Comunidad Autónoma de Aragón. Modificada por la Orden ECD/1371/2022, de 28 de septiembre. Para poner en valor la estancia en estos centros se articula que la experiencia docente en un puesto o centro que tenga la calificación de especial dificultad es valorada en el nuevo apartado 1.5. del baremo de las listas de espera para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad aprobado mediante Orden ECD/276/2016 de 4 de abril. Así mismo, esta experiencia también queda valorada en el baremo de los concursos de traslados de los funcionarios de carrera. https://educa.aragon.es/-/especial-dificultad.

6. ¿Dispone el Gobierno de Aragón una planificación plurianual de necesidades de personal docente que tenga en cuenta jubilaciones, evolución demográfica y cambios en la oferta educativa?
El Gobierno de Aragón analiza de forma anual las necesidades de profesorado a través de las plantillas jurídicas, en las que se tienen en cuenta las jubilaciones, la previsión del número de grupos en los centros (con los nacidos por localidad) y la previsión de implantación de oferta educativa en cada centro.

7. ¿Cuál es el grado de coordinación entre el Departamento de Educación y los equipos directivos de los centros en la planificación y cobertura de plazas?
La coordinación entre el Departamento y los equipos directivos en la planificación y cobertura de plazas se realiza de forma directa a través de los servicios de inspección de forma individualizada en cada centro, quien participa en la concreción del cupo de profesorado atendiendo a las necesidades educativas a cubrir, y en la definición de las vacantes de inicio de curso.

8. ¿Qué medidas se están estudiando para fomentar la continuidad y permanencia del profesorado interino en los centros, como parte de un modelo educativo más estable y de calidad?
Mediante Resolución de 14 de febrero de 2018 de la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado, por la que se dispone la publicación del Pacto de la Mesa Sectorial de Educación para la estabilización temporal en claustros del personal interino. Este pacto se mantiene en vigor mientras no haya denuncia por ninguna de las partes. Funciona muy bien para la permanencia durante 3 años del personal interino en la misma plaza, especialmente aplicable en la zona rural, que es donde hay mayor rotación.
La Orden ECD/1435/2017, de 12 de septiembre, publicada previa negociación y acuerdo con las Organizaciones Sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Educación, estableció los criterios para determinar los puestos y centros públicos docentes no universitarios susceptibles de ser catalogados como de especial dificultad en la Comunidad Autónoma de Aragón. Modificada por la ORDEN ECD/1371/2022, de 28 de septiembre. Se incluyen los siguientes centros:
Puestos que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
1.º Centros de Educación Infantil y Primaria de 2 y 3 unidades que se encuentren a más de 45 km de una población de más de 5000 habitantes.
2.º Puestos de Escuelas unitarias.
3.º Puestos ubicados en centros o secciones de centros aislados y con difícil acceso.
4.º Puestos de Centros de Educación Infantil y Primaria de 2 y 3 unidades que tengan al menos 5 niveles diferentes.
5.º Puestos que se hallen en Centros Rurales Agrupados.

9. ¿Cuáles son los criterios pedagógicos y territoriales que se aplican en Aragón para priorizar las adjudicaciones de vacantes, y cómo se garantiza que no respondan exclusivamente a criterios administrativos?
Los criterios que se aplican para adjudicar las vacantes son los que se llevan aplicando desde la aprobación en 2016 del Decreto 31/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen de provisión de puestos de trabajo del funcionariado docente no universitario por personal interino en la Comunidad Autónoma de Aragón, desarrollado mediante Orden ECD/586/2016, de 14 de junio, por la que se desarrollan los procedimientos de ordenación, publicación, adjudicación de vacantes, suspensión y decaimiento de las listas de espera para el desempeño de puestos de trabajo en régimen de interinidad para el personal docente no universitario.
Se contemplan tanto criterios pedagógicos (especialidades habilitantes establecidas por Resolución del Director General de Personal, Formación e Innovación, por la que se actualizan las titulaciones que habilitan para el desempeño de puestos en régimen de interinidad en plazas de los Cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón. https://educa.aragon.es/documents/20126/0/WEB-Resol%2BListado.pdf/585ad418-6052-9d23-1b7a-a74eeaed4393?t=1742548840176 ) como territoriales (provincia de referencia de la persona interina).

10. ¿Considera el Gobierno de Aragón que el actual modelo de asignación docente garantiza el derecho a una educación pública, equitativa y de calidad en todo el territorio aragonés, incluidos los municipios más pequeños?
El modelo de asignación docente garantiza el derecho a la educación pública, equitativa y de calidad en todo el territorio aragonés, dando además un especial tratamiento a la escuela rural en la que se asigna una mayor dotación atendiendo a factores como los agrupamientos de alumnos, dispersión geográfica, número de localidades de los CRA e itinerancias del profesorado, entre otras.

11. ¿Por qué no atiende la petición de la Justicia de Aragón relativa al personal docente en los colegios de Educación Especial de Aragón, que ha motivado, esta misma semana, un nuevo envío por la falta de respuesta a una queja formulada por esta institución sobre esta cuestión?
En relación con el personal docente en los colegios de Educación Especial, se viene respondiendo a las solicitudes provenientes de la institución del Justicia de Aragón en el sentido de que el principio inspirador de las políticas públicas es el interés general y la Administración debe mantener cautela ante cualesquiera peticiones particulares, que además afectan al alumnado más vulnerable que tenemos en el sistema.

Zaragoza, 11 de junio de 2025.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte
TOMASA HERNÁNDEZ MARTÍN

CORTES DE ARAGÓN
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