Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


Textos en tramitación - Preguntas - Para respuesta oral en Pleno

Pregunta núm. 17/01, relativa al cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional contraria a la congelación salarial de los empleados públicos durante 1997.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:102 (V Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada los días 31 de enero y 1 de febrero de 2001, ha admitido a trámite la Pregunta núm. 17/01, formulada al Sr. Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, para su respuesta oral en Pleno, por el Diputado de la Agrupación Parlamentaria Izquierda Unida de Aragón (G.P. Mixto), Sr. Lacasa Vidal, relativa al cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional contraria a la congelación salarial de los empleados públicos durante 1997.

Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 189.4 del Reglamento de la Cámara.

Zaragoza, 31 de enero de 2001.


El Presidente de las Cortes

JOSÉ MARÍA MUR BERNAD


A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

D. Jesús Lacasa Vidal, Diputado de la Agrupación Parlamentaria Izquierda Unida de Aragón (G.P. Mixto), de acuerdo con lo establecido en el artículo 191 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula al Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, para su respuesta oral ante el Pleno, la siguiente Pregunta relativa al cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional contraria a la congelación salarial de los empleados públicos durante 1997.


ANTECEDENTES

La Audiencia Nacional ha anulado la congelación salarial de los empleados públicos, aprobada por el Gobierno central del Partido Popular para el año 1997. El recurso, presentado por la Federación de Enseñanza de CC.OO., al ser estimado deja al descubierto una de las primeras medidas antisociales adoptadas por el Gabinete de José María Aznar.

El texto del órgano jurisdiccional establece el derecho de los empleados públicos a que se cumpla el pacto de septiembre de 1994, firmado por el Gobierno central con los sindicatos, con vigencia para los años 1995, 1996 y 1997. En él se recogía el compromiso de aplicar un alza salarial igual a la inflación prevista (el 2,6% en 1997). Al cobro de esta cantidad habrá que añadir las cantidades dejadas de percibir durante los años sucesivos como consecuencia de la inaplicación del señalado incremento y que deberían haberse consolidado.

Como es conocido, del total de los 2.208.132 empleados públicos del conjunto de Administraciones públicas, al servicio de las Administraciones de las Comunidades Autónomas se encuentran 904.041 (fuente: Ministerio de Administraciones Públicas, citado por el diario El País ).

Las Comunidades Autónomas no pudieron ejecutar incremento legal alguno en las retribuciones de sus empleados públicos en 1997 por serles de aplicación lo previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En este momento, cuando se ha revocado la disposición prevista por la Administración general del Estado, es el momento de que se aborde el resarcimiento de las cantidades equivalentes a la no subida del IPC previsto y las cantidades dejadas de percibir en años sucesivos por consolidación también en el ámbito de las Comunidades Autónomas, y en este caso concreto en Aragón.

Por todo ello, se formula la siguiente


PREGUNTA

¿Tiene intención el Gobierno de Aragón de abonar a los empleados públicos al servicio de la Administración pública de la Comunidad Autónoma las cantidades correspondientes al incremento de la inflación prevista para 1997, más las cantidades dejadas de percibir durante los años sucesivos como consecuencia de la inaplicación del señalado incremento? En su caso, ¿a través de qué mecanismos?

Zaragoza, 24 de enero de 2001.


El Diputado

JESÚS LACASA VIDAL


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