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Respuesta escrita a la Pregunta núm. 330/02, relativa al ahorro de energía en los edificios.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:271 (V Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón de la respuesta escrita del Sr. Consejero de Industria, Comercio y Desarrollo a la Pregunta núm. 330/02, formulada por el Diputado del Grupo Parlamentario Popular Sr. Falcón Blasco, relativa al ahorro de energía en los edificios, publicada en el BOCA núm. 231, de 17 de mayo de 2002.

    Zaragoza, 20 de septiembre de 2002.

El Presidente de las Cortes

JOSÉ MARÍA MUR BERNAD

    Es ésta una cuestión, como bien introduce la exposición de motivos de su pregunta, que se desenvuelve en la esfera europea. El objetivo fundamental comunitario es limitar las emisiones de dióxido de carbono y fomentar el uso racional de la energía en los sectores que tienen un mayor consumo, a fin de conservar la calidad del medio ambiente y promover un desarrollo sostenible.

    No en vano, más de un 40% del consumo final energético en Europa es absorbido por los edificios que sirven al sector vivienda y sector terciario (un 70% de esa fracción corresponde a sistemas de climatización).

    El punto de partida legislativo se establece en la Directiva 93/76/CEE del Consejo, de 13 de septiembre de 1993, relativa a la limitación de emisiones de CO2 mediante la mejora de la eficiencia energética. Dicha Directiva, que partía de la Decisión SAVE de la CEE, ya establecía la necesidad de que los Estados miembros elaboraran y aplicarán programas en el ámbito de la edificación.

    La trasposición de la Directiva a los distintos Estados, en todo su alcance, se ha enfrentado con distintos aspectos a resolver: rentabilidad de costes, precios de la vivienda, viabilidad técnica, modelos y herramientas de certificación, etc.

    En España, la Ley de Ordenación de la Edificación, aprobada en 1999, determina un marco legal genérico a nivel estatal, en el que se habla del fomento de la calidad y de un Código Técnico de la Edificación a desarrollar en un plazo de dos años. Con ello, se avanza hacia una actualización del régimen jurídico vigente, y en concreto de las Normas Básicas de Edificación (NBE) y del Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios, que tendrán que ir más allá de los aspectos de seguridad y aislamiento hasta ahora contemplados.

    Actualmente, la Dirección General de la Vivienda, Arquitectura y Urbanismo del Ministerio de Fomento está elaborando una serie de nuevas NBE, así como el Código Técnico de Edificación que habrá de integrar y sustentar toda la normativa obligatoria.

    En esta línea, la Dirección General citada y el IDAE vienen colaborando desde 1997, a través de un convenio específico, en una actualización de la NBE-CT-79 sobre condiciones térmicas de los edificios, así como en la adecuación del proceso de calificación energética, entendiendo como tal la comprobación y reconocimiento oficial de las características y comportamiento energético de una construcción y sus instalaciones.

    Simultáneamente, el Ministerio de Economía y el de Fomento, con el soporte del IDAE, están trabajando en un proyecto de Real Decreto por el que se dictan medidas para la aplicación de la Directiva 93/76/CEE en relación con la certificación energética de edificios.

    Partiendo del interés de la cuestión, es necesario decir que la certificación energética de edificios comporta aspectos económicos, técnicos y jurídico-competenciales que cabe sopesar con detenimiento.

    Por un lado, dependiendo del enfoque que se dé a la certificación, o en general a las medidas que se puedan adoptar en edificaciones para el ahorro energético, pueden provocarse efectos sobre el precio de un sector eminentemente social como es el de la vivienda, en el cual el incremento de importes ha sido muy importante durante los últimos años.

    Por otro lado, la certificación puede llevarse a cabo con distintos modelos y herramientas técnicas, que cabe debatir y acordar a nivel general.

    Finalmente, cabe dilucidar cuál ha de ser la fórmula de integración de las competencias derivadas de distintos ámbitos normativos que concurren en la materia: energía, edificación y urbanismo. En lo que corresponda, tampoco se puede obviar el relevante papel de las Administraciones Locales en estos temas. Y todo ello, partiendo de que las bases del régimen energético, de acuerdo con la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de Aragón, son competencia exclusiva del Estado.

    Pues bien, la complejidad del tema ha llevado a la Comisión Europea a elaborar una propuesta de Directiva particular sobre la materia, en la que se pretende una armonización de normas mínimas de edificación, especialmente en cuanto al uso de materiales se refiere, así como de un procedimiento de certificado obligatorio de rendimiento energético tasado por profesionales independientes y cualificados. En cierta manera, toda la regulación nacional, vigente o proyectada, quedaría pendiente del referente normativo europeo, en tanto en cuanto éste no queda plenamente dispuesto.

    Por otro lado, un apartado muy relevante en la aplicación de las medidas puede ser el de los incentivos. El Parlamento Europeo, en las enmiendas presentadas al proyecto de Directiva, coordinadas por el europarlamentario popular, y compañero suyo de partido, el Sr. Alejo Vidal Cuadras, aboga por esta cuestión, subrayando que son distintos los instrumentos a utilizar: ventajas fiscales, créditos favorables, subvenciones a la inversión, política de contratación pública, etc. En el mismo sentido se han manifestado el Comité Económico y Social Europeo, o en España la Asociación de Promotores y Constructores de Edificios (APCE) y la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE). Se puntualiza, además, que la Comisión Europea debe tener en cuenta las particularidades de clima y renta familiar de cada país.

    En conclusión, es evidente que se está comenzando un nuevo camino en el mundo de la vivienda, un mundo complejo en el que confluyen muchos intereses y necesidades. Se precisa por ello un avance prudente y gradual, con la intervención de todos los agentes y, de manera muy especial, de los usuarios y compradores, como últimos destinatarios de lo que a su vez es un producto y un derecho constitucional del ciudadano.

    En consecuencia, no se deben generar agravios comparativos ni desventajas competitivas, en la oferta de viviendas, oficinas y locales, en distintos ámbitos territoriales. También es necesario un reconocimiento de las distintas características geográficas que influyen en los usos energéticos. La Unión Europea, el Estado, han de valorar también la posibilidad de efectuar una labor inicial promotora desde el sector público, que incentive con apoyos específicos la implantación del nuevo sistema.

    Es necesario que la materia alcance un máximo de consenso, una regulación básica sensata, homogénea y clara sobre los criterios de partida, una atención a las competencias administrativas de los distintos niveles territoriales: estatal, autonómico y local, así como de una consideración equilibrada de las condiciones del mercado y del acceso a la vivienda.

    Entre tanto, corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón colaborar, hacer valer sus peculiaridades y permanecer estrechamente atenta al proceso, que ha de resolverse, en primera instancia, en el marco comunitario y estatal.

    No obstante lo anterior, el ahorro y eficiencia energética es una de las líneas esenciales de la política energética del Gobierno de Aragón. En consonancia con ello, se habilitan líneas de ayudas a la inversión de las empresas, se propicia el desarrollo de infraestructuras para la evacuación de energía de sistemas de generación eficientes, se efectúan estudios sectoriales, se llevan a cabo actuaciones de divulgación e información, se colabora en proyectos bioclimáticos, etc.

    El ahorro energético en edificios, y de una forma más particular la certificación energética de edificios (una especie de etiquetado energético a disposición de los promotores, compradores y usuarios), es un aspecto que se contempla con gran interés, habiendo sido objeto de una jornada informativa específica, en enero de 2000, por parte del Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

    Y es que este último es el organismo de referencia nacional, tanto para el ámbito comunitario como para el autonómico, siendo por tanto la entidad sobre la que recae una responsabilidad de coordinación, para cuyo ejercicio la Comunidad Autónoma de Aragón viene mostrando su mejor disposición.

    No obstante, también le diré a su Grupo que en esta materia, y por razones de competencia sustantiva, también se están dando significativas iniciativas por parte del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Urbanismo, el cual suscribió hace escasas fechas un convenio con la Universidad de Zaragoza para el desarrollo y seguimiento de experiencias de diseño bioclimático en Aragón.

    Zaragoza, 10 de septiembre de 2002.

El Consejero de Industria, Comercio y Desarrollo

ARTURO ALIAGA LÓPEZ

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