Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno
Proposición no de Ley núm. 17/23-XI, sobre el uso oficial de la lengua española.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:12 (XI Legislatura)
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
Fernando Ledesma Gelas, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el uso oficial de la lengua española, solicitando su tramitación ante el Pleno de la Cámara.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Constitución Española de 1978 recoge en su artículo tres el deber de todos los españoles de conocer el Castellano puesto que es la única lengua oficial en toda España, y la que garantiza que todos los españoles, entre los que nos encontramos los aragoneses, podamos comunicarnos y entendernos bajo una misma lengua.
A continuación señala que el resto de lenguas españolas podrán ser igualmente oficiales en las respectivas comunidades autónomas, de acuerdo a sus Estatutos.
Y termina ese mismo artículo 3: La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.
Así sucede en Aragón, por ejemplo, donde dichas modalidades lingüísticas gozan de protección como manifestación del patrimonio histórico y cultural aragonés. Esas modalidades lingüísticas de uso predominante en algunas zonas, diferentes entre ellas, no son una lengua común de los aragoneses. En Aragón hay una única lengua común a todos los aragoneses, el castellano.
Nuestro actual Estatuto de Autonomía emplaza, en su artículo siete, a que una Ley de Cortes de Aragón establecerá las zonas de uso predominantes de esas lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón, regulará el régimen jurídico, los derechos de utilización de los hablantes de esos territorios…
En la vigente ley de lenguas de Aragón de 2013 se establece, sin ningún género de duda, que el castellano es la lengua oficial de la comunidad cuyo derecho a usar y obligación a conocer tienen todos los aragoneses.
La ley no se ha modificado, si acaso, hubo una referencia en la ley de Patrimonio Cultural Aragonés para afirmar que el aragonés y el catalán son las lenguas y modalidades lingüísticas propias a las que alude el Estatuto de Autonomía, pero en ningún caso trasciende de su limitado espacio geográfico de influencia.
Una vaga referencia que no cuenta con el respaldo de los propios hablantes que rechazan dichas acepciones como glotónimos de lo que siempre han hablado en determinadas zonas de Aragón, sin que quepa una uniformidad común que permita hablar una lengua. Es lo que ha sucedido en nuestra comunidad vecina, donde la normalización lingüística se ha impuesto para crear una herramienta de creación de una hipotética nación catalana, algo que pretenden emular algunos colectivos en nuestra comunidad.
El uso del castellano ha sido plenamente aceptado en nuestra comunidad y nunca ha generado conflicto. Aragón ya tiene una lengua común a todos los aragoneses y una lengua común a todos los españoles que es el castellano o español.
Así, en el reglamento de las Cortes de Aragón se asume plenamente que la única lengua que se emplea es el castellano, lo que ha facilitado el debate, propiciado el entendimiento, y en muchos casos ha coadyuvado a que se alcancen importantes acuerdos. La lengua no puede ser un elemento que nos separe y dificulte el diálogo.
Lo mismo sucede en la cámara baja. El reglamento del Congreso de los Diputados no contempla el uso de otra lengua que no sea la oficial del conjunto del país, como es el español. En todo su reglamento, incluidos los derechos de los diputados o los alusivos a la ordenación de los debates contempla otra posibilidad.
El uso del español en el parlamento español ha sido una constante en casi medio siglo y no ha impedido, al contrario, ha facilitado el entendimiento en momentos clave de nuestra historia.
La Constitución permite, a través de sus respectivos estatutos, que otras lenguas como el catalán, el euskera y el gallego sean oficiales únicamente en sus comunidades autónomas, dónde está perfectamente regulado su uso, pero no en el resto del país donde sólo existe una lengua oficial. Por el contrario, en algunas comunidades existen verdaderas dificultades para hacer cumplir el derecho de cualquier español a utilizar nuestra lengua común, la oficial en todo el territorio nacional.
Una Comunidad Autónoma tiene una lengua oficial, además del castellano, cuando es lengua es hablada en todo el territorio d esa comunidad autónoma. Pasa con el catalán, el Euskera o el Gallego porque han sido normalizadas o unificadas para ese uso común.
Esto no sucede en Aragón. Lo que sí sucede es que algunas personas intentan construir una legua aragonesa normalizada en todo el territorio de nuestra comunidad autónoma, para luego tratar de oficializarla en un intento de poner una piedra más en la construcción de una hipotética y futura nación aragonesa.
Al igual que la soberanía nacional recae en todo el pueblo español, la lengua que nos une y que todo español está obligado a conocer por ser la única lengua oficial común a todos los españoles, el castellano, no puede subordinarse al uso de otra lengua oficial sólo en una determinada comunidad.
La modificación del reglamento del Senado de 2010 sí permite el uso limitado de determinadas lenguas oficiales en comunidades autónomas, y lo hace desde el principio fundamental de cámara de segunda lectura, pero sobre todo, como cámara de referencia territorial. Tampoco se permite su uso generalizado y éste se limita al debate de mociones, en ningún caso, por ejemplo, en las sesiones de control al gobierno o en las referidas a la actividad legislativa. Las iniciativas escritas pueden ser presentadas, además de en castellano, en las lenguas cooficiales de las comunidades de origen del parlamentario.
Todo lo anterior recae en el principio de garantizar el derecho de cualquier diputado o senador a participar activamente en cualquier debate en una lengua compresible para todos.
A los argumentos anteriores hay que añadir la dificultad que entrañaría que un diputado interviniese en una lengua diferente a la oficial, lo que obligaría a incrementar considerablemente el gasto corriente de la cámara por tener que contar con un importante cuerpo de traductores. Podría darse el caso de que un diputado interviniese en catalán y que un diputado gallego recibiera la traducción al castellano para poder entenderle, lo que reafirma el argumento que es el español la única lengua que hace posible el entendimiento. Lo que la sociedad difícilmente entendería es que la intervención de un diputado en euskera, por ejemplo, requiriese traductor a castellano y después otros dos a gallego y catalán, triplicando el uso de traductores.
Por todo ello, este Grupo Parlamentario presenta la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón:
1. Manifiestan la necesidad de respetar el uso oficial de la lengua española en todo el territorio nacional, como recoge el artículo tres de la Constitución Española.
2. Instan al Gobierno de Aragón a que inste al Gobierno de España, para que desde su posición defienda el uso exclusivo de la lengua común de todos los españoles como instrumento de entendimiento y diálogo en el Congreso de los Diputados, sede la soberanía nacional.
Zaragoza, 18 de septiembre de 2023.
El Portavoz
FERNANDO LEDESMA GELAS