Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Preguntas formuladas

Pregunta núm. 415/25, relativa a la aplicación del protocolo de medidas de protección en casos de aerogeneradores conflictivos.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:121 (XI Legislatura) PDF

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

Álvaro Sanz Remón, Portavoz de la Agrupación Parlamentaria Izquierda Unida de Aragón-Grupo Mixto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 259 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula al Departamento de Medio Ambiente y Turismo del Gobierno de Aragón, para su respuesta escrita, la siguiente Pregunta relativa a la aplicación del protocolo de medidas de protección en casos de aerogeneradores conflictivos.

ANTECEDENTES

En marzo de 2023, el Gobierno de Aragón elaboró un protocolo denominado «Protocolo de la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal en relación a la adopción de medidas adicionales de protección en los casos de aerogeneradores conflictivos para la fauna en parques eólicos de Aragón» ante la evidente y continuada siniestralidad de aves y murciélagos causada por esas instalaciones.
Los datos oficiales de mortalidad en centrales eólicas, ofrecidos por el Centro de Recuperación de la Fauna Salvaje del Gobierno de Aragón en La Alfranca, no dejan de incrementarse y esto ocurre porque dicho protocolo parece no aplicarse estrictamente. Han pasado dos años desde la firma y las entidades naturalistas recientemente han denunciado que las máquinas que causan siniestros no se paran cuando dicho protocolo se hizo para identificar a los molinos conflictivos y actuar en consecuencia.
Según han denunciado los grupos conservacionistas, el 27 de junio de 2024, en la central eólica Los Monteros molino n.º 8, un parque eólico que ya no se vigila en la comarca de la Ribera Alta, un agente de protección de la naturaleza recogió un águila perdicera, especie en peligro de extinción, en este caso sí pararon el molino, pero a las pocas semanas en el molino n.º 7 contiguo murió otra especie en peligro de extinción, un milano real.
En el primer caso la máquina volvió a funcionar sin apreciarse medidas anticolisión y en este segundo caso, el molino no se ha parado, todo ello según afirman las entidades naturalistas que realizan seguimiento de dichas instalaciones y estamos en el mes de febrero de 2025. Según el protocolo el molino implicado en la muerte de una especie en peligro de extinción no debe de ponerse en funcionamiento mientras no se apliquen medidas para evitar que vuelva a ocurrir.
Por todo lo cual, se presentan las siguientes
PREGUNTAS

1. ¿En qué casos concretos se ha producido a la imposición de las medidas previstas en el protocolo de protección en caso de aerogeneradores conflictivos?
2. ¿Por qué no se ha aplicado en parques eólicos que han sufrido siniestros que deberían haber activado las medidas del citado protocolo?
3. ¿Por qué se permitió la puesta en funcionamiento del aerogenerador implicado en la muerte del águila perdicera, según denuncian los grupos conservacionistas, sin ningún tipo de medidas adicionales? ¿Por qué no se ha parado el aerogenerador donde murió el milano real?
4. ¿Hay alguna negociación que permita no cumplir el protocolo a los promotores de centrales eólicas para evitar la parada de aerogeneradores?
5. ¿Qué medidas han tomado ustedes para comprobar la aplicación del mencionado protocolo?

Zaragoza, a 19 de febrero de 2025.
El Portavoz
ÁLVARO SANZ REMÓN

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