Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Comisión
Proposición no de Ley núm. 382/20, sobre la supresión del IRPH como índice de referencia, para su tramitación ante la Comisión Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:84 (X Legislatura)
A LA MESA DE LAS CORTES:
Álvaro Sanz Remón, Portavoz de la Agrupación Parlamentaria de Izquierda Unida de Aragón-Grupo Mixto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón formula la siguiente Proposición No de Ley relativa a la supresión del IRPH como índice de referencia, para su debate en la Comisión de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En España existen en torno a un millón de préstamos referenciados al IRPH.
El indicador tiene en cuenta la media de los préstamos a tres años concedidos por bancos (IRPH de bancos), según la oferta media de cajas de ahorro (IRPH de cajas, el más extendido) y el global de entidades (IRPH del conjunto de entidades). Esos indicadores fueron sustituidos en el 2013 por IRPH entidades, que es el índice oficial actual, tras su desaparición el 28 de abril de 2012 por la entrada en vigor de la OM 2899/2011, el Banco de España es el encargado de elaborar el dato, que después se publica en el BOE.
Se calcula que hay un millón de préstamos que, según la estimación realizada por la asociación de consumidores Asufin, pagaron de media 165 euros más al mes desde el 2004 hasta este año, con respecto a los que estaban referenciados al euríbor, lo que supone un total de 24.987 euros de sobrepago, en términos generales. Esto significa que el IRPH ha tenido un impacto económico en el ámbito hipotecario de 25.000 millones de euros, según esos cálculos en favor de la banca. Un enriquecimiento injusto para la banca y un enorme sufrimiento económico para los afectados, que en muchas ocasiones ha provocado desahucios, con el enorme coste social.
El IRPH es un baremo en cuyo resultado cada entidad podía influir «aumentando los intereses a aplicar por la misma». Así lo reconoció el Banco de España en un escrito remitido al Juzgado de lo Mercantil número 4 de Burgos, dándose por tanto una falta de representatividad de este índice, de cuya aplicación se desprende una clara falta de transparencia y control.
Las entidades bancarias vendieron este índice como un referente más estable, pero en ningún caso indicaban que se trataba de un índice que tenía un sobrecoste de entre un 1,5 y un 3% más que los prestamos referenciados al Euribor. Nunca la aplicación de este índice fue beneficiosa para los consumidores o usuarios.
Así ante las dudas suscitadas ante los Tribunales españoles, y a pesar de la Sentencia del Tribunal Supremo de 2017 en la que falló a favor de Kutxabank, por parte del Juzgado de Primera Instancia número 38 de Barcelona se plantea una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que es admitida en febrero de 2018.
El Abogado General de la UE fue muy claro diciendo que la cláusula del IRPH era compleja y poco transparente. La consecuencia debería haber sido que se considerase abusiva sobre todo por el efecto gravísimo económico que le puede suponer a quien la suscribe.
Pero sorprendentemente el Tribunal de Justicia de la UE dijo que podría ser abusiva pero que sería el Tribunal Supremo el que establecería si realmente lo era.
Hecho este que ha bastado nuevamente al Tribunal Supremo para fallar en favor de la banca, cierra judicialmente este capítulo salvando a la banca de un posible impacto de entre 7.000 y 44.000 millones de euros (el escenario más probable sitúa el coste para la banca en 25.000 millones).
Salva a la banca a costa del esfuerzo de más de un millón de personas, trabajadores que han sufragado injustamente los enormes beneficios de la banca, incluso durante la crisis de 2008.
Es necesario dar una solución a las personas que han pagado y siguen pagando injustamente una referencia en aplicación de cláusulas que debe ser considerada abusivas.
Por todo ello se presenta la siguiente:
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón para que inste al Gobierno de España a elaborar un proyecto de ley de modificación de la Ley Hipotecaria:
a) Que suprima el IRPH como índice de referencia y modifique los efectos derivados de la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores y su internalización.
b) Que determine la aplicación a los contratos referenciados al IRPH pasando a estar referenciados al EURIBOR más un diferencial máximo de 1.
Zaragoza, a 26 de octubre de 2020.
El Portavoz
ÁLVARO SANZ REMÓN