Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
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Pregunta núm. 340/23-XI, relativa al cumplimiento de la Ley 20/2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:21 (XI Legislatura)
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
Álvaro Sanz Remón, Portavoz de la Agrupación Parlamentaria Izquierda Unida Aragón (Grupo Mixto), de acuerdo con lo establecido en el artículo 259 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula al Consejero de Hacienda y Administración Pública, para su respuesta escrita, la siguiente Pregunta relativa al cumplimiento de la Ley 20/2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
ANTECEDENTES
El 19 de octubre de 2023, en el Pleno de las Cortes de Aragón, el Consejero de Hacienda y Administración Pública del Gobierno de Aragón manifestó su intención de cumplir con lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Sin embargo, recientes actuaciones administrativas de su departamento permiten afirmar que no se está actuando conforme a lo previsto en dicha Ley, a saber:
— El día 11 de octubre de 2023 se firmó una Orden mediante la cual se desestiman los recursos de alzada (Exp.REC28/2023) interpuestos por numerosos funcionarios interinos contra una serie de resoluciones administrativas relativas a la convocatoria de procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización de empleo temporal para el ingreso, mediante concurso de méritos, como personal funcionario de la Administración general de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (Resoluciones de fecha 19 de diciembre de 2022, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios).
En la citada Orden se sigue argumentando por parte de la Administración autonómica una interpretación del «concepto de plaza» al que se refieren expresamente las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre. Se mantiene la diferencia teórica existente entre el concepto de plaza y puesto de trabajo.
No obstante, el Tribunal Supremo ya ha fijado cuál debe ser la interpretación que debe hacerse del «concepto de plaza» al que se refieren las anteriormente citadas disposiciones adicionales de la Ley 20/2021. En sentencia de fecha 22 de julio de 2023 (rec. ordinario n.º 695/2022, sentencia núm.1071/2023), fundamento de derecho cuarto, el Tribunal Supremo establece que, a efectos de aplicación de la Ley 20/2021, los conceptos de plaza y puesto de trabajo desempeñados en las distintas administraciones son análogos.
Esta sentencia es coherente con el actuar de otras muchas Administraciones públicas aragonesas y españolas que han procedido a identificar las plazas que deben ser objeto de convocatorias excepcionales de estabilización de empleo temporal (disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021) con el concreto número de RPT (relación de puesto de trabajo) que ocupa el interino. Actuar que no ha seguido ni sigue la Administración autonómica aragonesa y que ha generado multitud de pleitos ante los tribunales pendientes de resolución en el momento actual.
A la citada Orden del Consejero se adjunta como anexo un documento firmado por el Jefe de Negociado de Régimen Jurídico de la Dirección General de Función Pública donde se identifican plazas ocupadas por interinos y que están afectadas por la Ley 20/2021. Este listado desmiente los argumentos empleados por el Consejero en su Orden de resolución del recurso de alzada y confirma el gran número de plazas que deben ser objeto de inclusión en el proceso de estabilización extraordinario.
Además del escaso número de plazas fijadas en su anexo, el Decreto 75/2022, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2022, para la estabilización de empleo temporal en el ámbito de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Aragón, ha generado pleitos pendientes de resolver ante los tribunales.
— El Consejero de Hacienda y Administración Pública ha expresado en las Cortes de Aragón que su departamento pretende resolver en próximas fechas el concurso de méritos abierto y permanente para la provisión definitiva de los puestos singularizados y no singularizados de personal funcionario de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, convocado mediante Resoluciones del Director General de Función Pública y Calidad de los Servicios de 4 y 6 de octubre de 2022.
Este concurso incluye numerosas plazas (puestos de trabajo) que desde el día de entrada en vigor de la Ley 20/2021 debieran haberse incluido en los procesos extraordinarios de estabilización contemplados en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021.
Por todo ello, presenta las siguientes
PREGUNTAS
— ¿Considera compatible el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley 20/2021, por una parte, con las resoluciones administrativas suscritas por el Consejero referidas y la interpretación que da el Tribunal Supremo, de no distinguir entre plazas y puestos?
— ¿Cómo va a cumplir la ley cuando se sigue sin determinar con exactitud las plazas de funcionarios interinos de larga duración en abuso de derecho pertenecientes a la Administración de la comunidad autónoma que debían estar incluidos en los procesos de estabilización contemplados en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley a fecha 30 de diciembre de 2021?
— ¿Considera que la anunciada resolución del concurso para funcionarios de carrera, que incluye muchas plazas que debían incluirse en la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal, es conforme a la Ley 20/2021?
— ¿Va a hacer uso el Gobierno de Aragón de la posibilidad prevista en el artículo 217 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio, respecto a habilitar una tasa adicional de plazas para procesos selectivos, conforme a la disposición adicional octava de la Ley 20/2021? ¿Se identificarán las plazas que permite el decreto ley conforme a la cuantía prevista en el mismo y en la forma señalada por el Tribunal Supremo?
En Zaragoza, 6 de noviembre de 2023.
El Diputado
ÁLVARO SANZ REMÓN