Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
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Respuesta escrita del Consejero de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial a la Pregunta núm. 2086/24, relativa a la revisión de planes urbanísticos (BOCA 100, de 27 de noviembre de 2024).
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:114 (XI Legislatura)
La participación del Gobierno de Aragón en materia de planeamiento urbanístico, actividad eminentemente municipal, se concreta en tres niveles distintos, y no excluyentes:
1) Respecto de los municipios de menos de 2.000 habitantes se ha consolidado una línea de colaboración mediante la que el Gobierno asume toda la carga de la redacción de nuevos planeamientos generales, o delimitaciones de Suelo, según proceda. Eso incluye no solo soportar el 100% de los costes de redacción de los necesarios documentos (Planes o Delimitaciones) sino también asesorar a los ayuntamientos, coordinar y tutelar a los equipos redactores, interesarse ante la participación de los órganos y administraciones con competencias sectoriales (Confederación Hidrográfica, Demarcación de Carreteras, ADIF, Ministerios, INAGA, etc.) y garantizar que la tramitación se ajusta a las exigencias de la Ley de Urbanismo. Eso ha permitido que desde 2015 se hayan redactado Planes y Delimitaciones para ochenta municipios, mayoritariamente ya aprobados con carácter definitivo. En 2025 se iniciará una nueva convocatoria que nos permitirá redactar otros 20 - 25 nuevos Planes Urbanísticos, lo que nos permitirá reducir a la mitad los que carecían de figura urbanística. El coste total se acerca ya a los tres millones de euros.
2) Asesorar a cualesquiera otros ayuntamientos, a requerimiento de estos, que impulsan directamente la redacción de sus Planes Generales, su Revisión o Modificación.
3) Asumir la competencia de aprobación definitiva de estos instrumentos urbanísticos, de sus Revisiones y de sus Modificaciones (excepción hecha respecto de los cinco municipios homologados, cuando las Modificaciones no tienen contenidos esenciales).
En los tres tipos de participación, el Gobierno garantiza el cumplimiento de lo que, en materia de riesgos, requiere nuestro Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón (TRLUA 2014) que, al respecto dice : tendrán la condición de suelos no urbanizables de especial protección, y por tanto quedan excluidos de posibilidad de desarrollos urbanísticos, entre otros, los terrenos que no resulten susceptibles de transformación urbanística por la peligrosidad para la seguridad de las personas y los bienes motivada por la existencia de riesgos de cualquier índole.
A fin de dar cumplimiento a lo anterior, la aprobación de Planes Generales y Delimitaciones (así como sus Modificaciones y Revisiones), que competen a los Consejos Provinciales de Urbanismo (Huesca, Teruel y Zaragoza) no se adopta por estos órganos autonómicos si no cuentan con los informes favorables que requieran cualesquiera tipos de riesgos potenciales: por inundabilidad, incendios, aludes, derrubios, desplazamientos de laderas, geotécnicos, etc. Informes favorables que deben ser emitidos por los órganos o administraciones competentes en cada materia, por citar algunos Protección Civil o Confederaciones hidrográficas y que, con frecuencia, ha requerido la redacción de estudios previos por expertos externos en cada una de las materias, cuyo coste ha sido asumido, incluso, por el Gobierno, si se trataba de asistencia a pequeños municipios (de menos de 2.000 habitantes).
Zaragoza, 14 de enero de 2025.
El Consejero de Fomento, Vivienda,
Logística y Cohesión Territorial
OCTAVIO ADOLFO LÓPEZ RODRÍGUEZ