Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS - Procedimientos legislativos especiales - Lectura única - En tramitación

Enmiendas presentadas a la Proposición de Ley de modificación del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las leyes civiles aragonesas, en materia de custodia.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:327 (IX Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

La Mesa de las Cortes de Aragón, en sesión celebrada el día 13 de marzo de 2019, ha admitido a trámite las enmiendas que a continuación se insertan, presentadas a la Proposición de Ley de modificación del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las leyes civiles aragonesas, en materia de custodia, publicada en el BOCA núm. 310, de 21 de enero de 2019.

Se ordena la publicación de estas enmiendas en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150.1 del Reglamento de la Cámara.

Zaragoza, 13 de marzo de 2019.


La Presidenta de las Cortes

VIOLETA BARBA BORDERÍAS


ENMIENDA NÚM. 1

A LA MESA DELAS CORTES DE ARAGÓN:

D.ª Susana Gaspar Martínez, Diputada del Grupo Parlamentario Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C's), al amparo de lo establecido en el artículo 181.6, en relación con el artículo 164 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición de Ley de modificación del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las leyes civiles aragonesas, en materia de custodia.


ENMIENDA DE SUPRESIÓN

Suprimir el artículo único.


MOTIVACIÓN

Por considerarlo conveniente.

Zaragoza, 7 de marzo de 2019.


La Portavoz

SUSANA GASPAR MARTÍNEZ


ENMIENDA NÚM. 2

A LA MESA DELAS CORTES DE ARAGÓN:

D.ª María Herrero Herrero, Diputada del Grupo Parlamentario Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 181.6, en relación con el artículo 164 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición de Ley de modificación del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas, materia de custodia.


ENMIENDA DE SUPRESIÓN

Al artículo Único.

Suprimir el artículo.


MOTIVACIÓN

Se estima más adecuado.

Zaragoza, 7 de marzo de 2019.


La Diputada

MARÍA HERRERO HERRERO

V.º B.º

El Portavoz

ARTURO ALIAGA LÓPEZ


ENMIENDA NÚM. 3

A LA MESA DELAS CORTES DE ARAGÓN:

D.ª Susana Gaspar Martínez, Diputada del Grupo Parlamentario Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C's), al amparo de lo establecido en el artículo 181.6, en relación con el artículo 164 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición de Ley de modificación del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las leyes civiles aragonesas, en materia de custodia.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Modificar en el artículo único la redacción del apartado 2 del artículo 80, quedando como sigue:

«2. En todo caso, el Juez decidirá, de manera preferente y en atención al interés superior del menor, que su custodia sea ejercida de forma conjunta por ambos progenitores, siempre que no concurran causas debidamente justificadas que aconsejen lo contrario, y con independencia de la existencia o no de acuerdo entre los progenitores.»


MOTIVACIÓN

Por considerarlo conveniente.

Zaragoza, 7 de marzo de 2019.


La Portavoz

SUSANA GASPAR MARTÍNEZ


ENMIENDA NÚM. 4

A LA MESA DELAS CORTES DE ARAGÓN

El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 207.2 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición de ley de modificación del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las leyes civiles aragonesas, en materia de custodia.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Al Artículo único, por el que se modifica el artículo 80.2 que quedaría redactado como sigue:

«2. El Juez adoptará de forma preferente la custodia compartida de ambos progenitores en interés de los hijos menores salvo que la custodia individual sea más conveniente, teniendo en cuenta el plan de relaciones familiares que deberá presentar cada uno de los progenitores y atendiendo, además, a los siguientes factores:»


MOTIVACIÓN

Por entender que la regla general ha de ser que el Juez estudie de manera general y opte como primera opción por la posibilidad de una custodia compartida, salvo que criterios del caso concreto aconsejen fijar la custodia individual.

Zaragoza, 7 de marzo de 2019.


La Portavoz

M.ª DEL MAR VAQUERO PERIÁNEZ


ENMIENDA NÚM. 5

A LA MESA DELAS CORTES DE ARAGÓN

El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 207.2 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición de ley de modificación del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las leyes civiles aragonesas, en materia de custodia.


ENMIENDA DE SUPRESIÓN

Al Artículo único, por el que se modifica el artículo 80.2.

Suprimir el apartado f).


MOTIVACIÓN

Por entender que atenta contra la libertad de las familias de organizarse libremente durante el periodo de convivencia, sin que esa libertad pueda estar condicionada por una posible ruptura de la convivencia en el futuro.

Zaragoza, 7 de marzo de 2019.


La Portavoz

M.ª DEL MAR VAQUERO PERIÁNEZ


ENMIENDA NÚM. 6

A LA MESA DELAS CORTES DE ARAGÓN:

D.ª Susana Gaspar Martínez, Diputada del Grupo Parlamentario Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C's), al amparo de lo establecido en el artículo 181.6, en relación con el artículo 164 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición de Ley de modificación del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las leyes civiles aragonesas, en materia de custodia.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Añadir en el artículo único un nuevo apartado 2 bis al artículo 80, con la siguiente redacción:

«2 bis. No procederá la custodia compartida cuando cualquiera de los progenitores esté incurso en un proceso penal iniciado por violencia de género o por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos. No obstante, la sentencia absolutoria firme o el sobreseimiento libre firme dictados en el referido proceso penal será causa de revisión del régimen de custodia a petición de parte.»


MOTIVACIÓN

Por considerarlo conveniente.

Zaragoza, 7 de marzo de 2019.


La Portavoz

SUSANA GASPAR MARTÍNEZ


ENMIENDA NÚM. 7

A LA MESA DELAS CORTES DE ARAGÓN:

D.ª Susana Gaspar Martínez, Diputada del Grupo Parlamentario Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C's), al amparo de lo establecido en el artículo 181.6, en relación con el artículo 164 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición de Ley de modificación del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las leyes civiles aragonesas, en materia de custodia.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Añadir en el artículo único un nuevo apartado 2 ter del artículo 80, con la siguiente redacción:

«2 ter. El Juez deberá tener en cuenta, al adoptar cualquier decisión contemplada en este artículo, las siguientes circunstancias:

a) El interés superior del menor, especialmente en relación con la edad, la opinión y el arraigo social, escolar y familiar de los menores.

b) La relación que los padres mantengan entre sí y con sus hijos.

c) La implicación de cada uno de los progenitores para asumir sus responsabilidades y deberes hacia los menores, el respeto de los derechos del otro y la cooperación entre ambos para garantizar la adecuada relación de los hijos con ambos progenitores.

d) La posibilidad de conciliación de la vida familiar y laboral de los progenitores.

e) La situación de la residencia habitual de cada progenitor, la existencia de estructuras de apoyo en los respectivos ámbitos de los padres y el número de hijos.

f) Cualquier otra circunstancia concurrente en los progenitores e hijos de especial relevancia para el régimen de convivencia.»


MOTIVACIÓN

Por considerarlo conveniente.

Zaragoza, 7 de marzo de 2019.


La Portavoz

SUSANA GASPAR MARTÍNEZ


ENMIENDA NÚM. 8

A LA MESA DELAS CORTES DE ARAGÓN:

D.ª María Herrero Herrero, Diputada del Grupo Parlamentario Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 181.6, en relación con el artículo 164 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición de Ley de modificación del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas, materia de custodia.


ENMIENDA DE SUPRESIÓN

A la Exposición de Motivos.

Suprimir la totalidad de la Exposición de Motivos.


MOTIVACIÓN

Se estima más adecuado.

Zaragoza, 7 de marzo de 2019.


La Diputada

MARÍA HERRERO HERRERO

V.º B.º

El Portavoz

ARTURO ALIAGA LÓPEZ

CORTES DE ARAGÓN
Palacio de la Aljafería
50004 Zaragoza
T 976 289 528 / F 976 289 664