Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Respuestas

Respuesta escrita del Consejero de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial a la Pregunta núm. 1012/25, relativa a las propuestas de deducciones o bonificaciones fiscales propuestas desde su Departamento en el seno del Gobierno de Aragón para mejorar la fiscalidad diferenciada a quienes viven en el medio rural (BOCA 143, de 12 de junio de 2025).

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:153 (XI Legislatura) PDF

El régimen de fiscalidad diferenciada del medio rural de Aragón está contenido en los artículos 160-1 y siguientes del texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón.

Actualmente, debido la falta de aprobación de la Ley de Presupuestos para el año 2025 no ha sido posible introducir nuevos beneficios fiscales con el objetivo de contribuir a la dinamización de la economía rural y a la fijación de la población en el medio rural de la Comunidad Autónoma de Aragón. No obstante, la competencia para proponer nuevos proyectos normativos en materia tributaria corresponde a la Dirección General de Tributos del Gobierno de Aragón y no a la Dirección General de Despoblación.

Zaragoza, 17 de julio de 2025.

El Consejero de Fomento, Vivienda,
Logística y Cohesión Territorial
OCTAVIO ADOLFO LÓPEZ RODRÍGUEZ

CORTES DE ARAGÓN
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