Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
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Respuesta escrita de la Consejera de Bienestar Social y Familia a la Pregunta núm. 462/25, relativa al Proyecto de Ley de ordenación de entidades privadas de servicios sociales (BOCA 122, de 12 de marzo de 2025).
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:152 (XI Legislatura)
La futura Ley de Ordenación de Entidades Privadas de servicios sociales, tiene como objetivo principal proceder a la ordenación de todas las entidades, servicios y centros de servicios sociales de titularidad privada de la Comunidad Autónoma de Aragón manteniendo la exigencia de autorización administrativa para el inicio de actividad en los centros de servicios sociales que se determinen reglamentariamente.
Cabe destacar que, si bien la Ley 5/2009, de 30 de junio, sólo prevé la aprobación del régimen aplicable a las entidades privadas de servicios sociales, esta Ley extiende a las entidades públicas el necesario cumplimiento de las condiciones materiales, funcionales y especiales de calidad, previstos para cada tipo de servicio o centro de servicios sociales, la obligación de mantener actualizados los datos de información básica registral, quedando sujetas, a excepción de los servicios y centros de titularidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, a las comprobaciones que puedan ser realizadas por la inspección de centros y servicios sociales en orden a verificar el cumplimiento de las condiciones exigidas para su funcionamiento, de acuerdo a lo que se disponga en las normas de desarrollo.
Zaragoza, a 17 de julio de 2025.
La Consejera de Bienestar Social y Familia
CARMEN M.ª SUSÍN GABARRE