Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Respuestas
Respuesta escrita del Consejero de Sanidad a la Pregunta núm. 437/25, relativa a las acciones a implementar para garantizar el establecimiento de un servicio de pediatría en el centro de salud de Pinseque (BOCA 121, de 6 de marzo de 2025).
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:154 (XI Legislatura)
Según la Orden de 24 de febrero de 2006, Del Departamento de Salud y Consumo, por la que se regula la asistencia pediátrica en Atención Primaria en el Sistema de Salud de Aragón, en su artículo Quinto, Criterio de Ordenación de las consultas, define que, para establecerse al menos una consulta semanal de pediatría, las localidades deben cumplir los dos criterios:
• Al menos 100 TIS asignadas al pediatra.
• El centro de salud esté a una distancia igual o superior a 30 minutos.
Zaragoza, a 31 de julio de 2025.
El Consejero de Sanidad
JOSÉ LUIS BANCALERO FLORES