Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
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Respuesta escrita del Consejero de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística a la Pregunta núm. 1018/24, relativa al inicio del proceso de recepción de solicitudes para ser beneficiario de viviendas de la Red de Bolsas de Viviendas para el Alquiler Social de Aragón (BOCA 64, de 5 de junio de 2024).
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:75 (XI Legislatura)
Actualmente el proceso de recepción de solicitudes para ser beneficiario de viviendas de la Red de Bolsas de Viviendas para el Alquiler Social de Aragón se regula en el Decreto 102/2013, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón. A su vez, la regulación de este proceso se complementa con la Orden de 12 de agosto de 2013, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, por la que se inicia el proceso recepción de solicitudes para ser beneficiario de viviendas de la Red de Bolsas de Viviendas para el Alquiler Social de Aragón.
Siguiendo el orden de prelación normativa, tal y como está previsto en el plan anual normativo para 2024, el programa mencionado estará condicionado por las determinaciones que se establezcan, en su caso, en esta materia, en el marco de la nueva Ley de Vivienda de Aragón, que es otro proyecto que está contemplado en el plan normativo. Las disposiciones legales condicionarán la regulación reglamentaria y la posterior aprobación de la Orden correspondiente en el caso de que finalmente resulte necesaria. Por este motivo se estima que su correspondiente proceso de aprobación podrá iniciarse en el último trimestre del año cuando ya se disponga de un primer anteproyecto de Ley de Vivienda, que permita iniciar la redacción del texto de forma coherente, estando en condiciones de ser aprobada la Orden durante el primer semestre de 2025. Todo ello sin perjuicio de las solicitudes del programa de referencia que se siguen gestionando conforme a la normativa precitada.
Zaragoza, a 26 de junio de 2024.
El Consejero de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística
OCTAVIO ADOLFO LÓPEZ RODRÍGUEZ