PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón de la respuesta escrita de la Sra. Consejera de Educación, Cultura y Deporte a la Pregunta núm. 375/16, relativa a la elaboración de los currículos de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato, formulada por la Diputada del G.P. Popular Sra. Ferrando Lafuente, publicada en el BOCA núm. 56, de 2 de marzo de 2016.
Zaragoza, 6 de abril de 2016.
El Presidente de las Cortes
ANTONIO JOSÉ COSCULLUELA BERGUA
El trabajo de elaboración de las diferentes materias del currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato por parte de los diferentes grupos de trabajo parte de la necesidad de racionalizar, simplificar y adaptar a la realidad educativa el currículo de ESO y Bachillerato en nuestra Comunidad Autónoma y minimizar el impacto de la LOMCE en Aragón.
Debe tenerse en cuenta si la materia es troncal, específica o de libre configuración autonómica ya que lo que el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, establece curricularmente para cada una de ellas varía.
— Si la materia es troncal: Contenidos, Criterios de evaluación y Estándares de aprendizaje evaluables.
— Si la materia es específica: Criterios de evaluación y Estándares de aprendizaje evaluables.
— Si la materia es de libre configuración autonómica: No lo establece.
En el caso de los ámbitos del Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento (PMAR), el currículo de dos de sus tres ámbitos necesita de la coordinación con otras materias:
— Ámbito de carácter lingüístico y social (Lengua Castellana y Literatura y Geografía e Historia).
— Ámbito de carácter científico y matemático (Matemáticas, Física y Química y Biología y Geología).
Tanto la LOE en la redacción dada por la LOMCE como el Real Decreto 1105/2014 establece lo que compete en relación con las materias a las Comunidades Autónomas.
El trabajo que debe ser realizado por los diferentes grupos de trabajo se estructura en:
1. En todas las materias:
— Elaboración de una Introducción (establecida en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre), de la Contribución de la materia para la adquisición de las competencias clave, de los Objetivos y de las Orientaciones metodológicas.
2. En los cursos finales de ciclo o etapa en la eso (3.º y 4.º de ESO. En el caso de Matemáticas en 2.º de ESO, al existir doble opción en 3.º de ESO) y en 1.º y 2.º de Bachillerato:
— Contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables, establecidos en el Real Decreto 1105/2014, pudiendo unirlos, agruparlos, y contextualizarlos en relación con la Comunidad Autónoma de Aragón.
3. En los cursos no finales de ciclo o etapa en la eso (1.º y 2.º):
— Elaboración de los contenidos y criterios de evaluación (no establecidos en el Real Decreto), pudiendo contextualizarlos en relación con la Comunidad Autónoma de Aragón.
Zaragoza, 22 de marzo de 2016.
La Consejera de Educación, Cultura y Deporte
M.ª TERESA PÉREZ ESTEBAN