Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


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Respuesta escrita a la Pregunta núm. 496/02, relativa a las medidas de protección de bienes inmuebles con un alto valor etnográfico y/o arquitectónico en núcleos deshabitados.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:271 (V Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón de la respuesta escrita del Sr. Consejero de Cultura y Turismo a la Pregunta núm. 496/02, formulada por el Diputado del Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista Sr. González Barbod, relativa a las medidas de protección de bienes inmuebles con un alto valor etnográfico y/o arquitectónico en núcleos deshabitados, publicada en el BOCA núm. 255, de 16 de septiembre de 2002.

Zaragoza, 4 de octubre de 2002.


El Presidente de las Cortes

JOSÉ MARÍA MUR BERNAD


Los núcleos deshabitados están protegidos por la vigente Ley del Patrimonio Cultural Aragonés, que en su disposición adicional tercera expone: «Los pueblos deshabitados constituyen parte de nuestras raíces culturales y de nuestros modos de vida tradicionales. En los mismos se prohíbe la retirada de materiales y la realización de obras sin autorización de la comisión provincial del patrimonio cultural». Por ello, cualquier actuación debe ser sometida previamente a la consideración de la Comisión Provincial de Patrimonio Provincial correspondiente.

Zaragoza, 19 de septiembre de 2002.


El Consejero de Cultura y Turismo

JAVIER CALLIZO SONEIRO


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