Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Preguntas formuladas

Pregunta núm. 2301/ 24, relativa al impacto del copago en la dependencia en Aragón.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:107 (XI Legislatura) PDF

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

Álvaro Sanz Remón, portavoz de la Agrupación Parlamentaria de Izquierda Unida de Aragón- Grupo Mixto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 259 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula a la Consejera de Bienestar Social y Familia, para su respuesta escrita, la siguiente Pregunta relativa al impacto del copago en la dependencia en Aragón.

ANTECEDENTES

El XXIV Dictamen del Observatorio de la Dependencia de 2024, recoge las siguientes cuestiones respecto a nuestra Comunidad Autónoma:
Por un lado, respecto a la financiación señala que «Los Costes DIRECTOS del SAAD estimados por la gestión de las prestaciones y servicios durante el año 2023 se estiman en 212 Mill €, de los cuales el 42 % corrió a cuenta de la CA, el 46,4% a la AGE y el 11,6 % del Usuario. Y sobre el Gasto Público soportado exclusivamente por las AAPP, la CA aporta el 48% y la AGE el 52 % como consecuencia de la aportación extraordinaria del Plan de Choque».
Por otro lado, señala que las Prestaciones Vinculadas al Servicio supusieron en 2023, un 16,1% de las prestaciones y que además «el 79 % de las 8.376 PEVS se destinan al Subtipo de Atención Residencial, y son retribuidas por el gobierno de Aragón a los dependientes que ocupan plaza a un coste medio de 370,33 €/mensuales, muy alejada del coste de 1.754,67 €/mensuales de una plaza residencial en la CA de Aragón».
Dicha prestación económica ocupa un peso mayor frente al 8 % que ocupa la atención residencial, el 3,4 % que suponen las plazas en centro de día o el 7,5 % en Promoción y Prevención, el 10,4 % que supone la ayuda a domicilio o el 15,8 % la teleasistencia. Y es solo superado por el 38,9 % que ocupan las Prestaciones Económicas por cuidados en el entorno familiar.
En el «Dictamen elaborado por la Comisión Especial de Estudio para analizar los criterios que deben regir la reestructuración de la red de centros asistenciales de mayores de Aragón, así como las medidas y modificaciones legislativas y el estudio de viabilidad de las mismas» que se aprobó en la anterior legislatura, se encontraba la propuesta de «Evaluar el impacto del copago en nuestra Comunidad Autónoma, para poder trasladar las conclusiones y las necesidades detectadas al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia».
Todos los servicios del SAAD suponen un copago por parte de las personas dependientes, sea cuando reciben un servicio público o concertado y tienen que pagar una parte del coste en función del Grado de dependencia que tienen reconocido y de su renta, como cuando reciben una PEVS que sólo cubre una parte mínima del coste real de ese servicio ofrecido por una entidad privada y que la persona dependiente tiene que pagar hasta completar el precio establecido. Pero es tal la complejidad del sistema que resulta imposible saber cuánto asumen las familias y las personas dependientes del coste real del sistema.
Por último, en la última modificación de la orden de dependencia, Orden CDS/425/2023, de 30 de marzo, no se incrementó a los niveles estatales las horas de ayuda a domicilio, pero sí que se incluyó una modificación del artículo 28 con la siguiente redacción: «Las personas en situación de dependencia participarán en la financiación del coste del servicio de ayuda a domicilio en función de las horas adjudicadas en el correspondiente Programa Individual de Atención. El Instituto Aragonés de Servicios Sociales financiará el coste de las horas mínimas establecidas para su grado de dependencia. Las horas suplementarias a las mínimas de cada grado de dependencia, así como cuando este servicio sea compatible al de estancia diurna o nocturna, serán financiadas por las personas dependientes en una cuantía por hora equivalente a la prestación económica vinculada, determinada en la disposición adicional sexta».
Por todo lo cual se presentan las siguientes
PREGUNTAS

1. ¿Se ha evaluado el impacto del copago en la dependencia en Aragón?
2. ¿Cómo se mide actualmente el copago en la dependencia en Aragón?
3. ¿Qué cuantía supone la aportación directa de las personas dependientes en 2023 y en 2024?
4. ¿Se incluye el dinero que debe aportar la persona dependiente o sus familias para poder contratar la atención residencial, el Centro de Día o la Teleasistencia, cuando reciben una Prestación vinculada al servicio que reciben?
5. ¿Se incluye el pago de lo que llaman horas complementarias de ayuda a domicilio?
6. ¿Qué datos se deben tomar en cuenta para conocer el peso económico que soportan las familias para recibir un servicio de atención a la persona dependiente incluido en su PIA?

En Zaragoza a 16 de diciembre de 2024.
El Diputado
ÁLVARO SANZ REMÓN

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