Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Respuestas
Respuesta escrita de la Consejera de Presidencia, Interior y Cultura a la Pregunta núm. 170/24, relativa al parque de bomberos en la Canal de Berdún (BOCA 42, de 15 de febrero de 2024).
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:51 (XI Legislatura)
De conformidad con la Ley 1/2013, de 7 de marzo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Aragón, le corresponden al Gobierno de Aragón las competencias generales de coordinación y desarrollo reglamentario, y en concreto:
— Determinar los criterios para la organización territorial de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento y regular su estructura, funcionamiento y organización.
— Coordinar los Servicios locales de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento, garantizando la cooperación y colaboración entre las distintas Administraciones públicas con competencias en la materia.
A tales efectos, se aprobó el Decreto 158/2014, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Aragón.
De acuerdo con este marco normativo, son los propios Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento los que establecen su propia organización e implantación territorial, según las necesidades y tiempos de intervención en cada caso.
Por tanto, en cuanto a la previsión de construir una base en la Canal de Berdún, le corresponde a la Diputación Provincial de Huesca, como administración prestadora del servicio, la iniciativa e impulso, en su caso, de dicha infraestructura, sin perjuicio de la colaboración que desde el Gobierno de Aragón se pudiera prestar.
Zaragoza, a 8 de marzo de 2024.
La Consejera de Presidencia, Interior y Cultura
TOMASA HERNÁNDEZ MARTÍN