Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Comisión
Enmienda presentada a la Proposición no de Ley núm. 63/23-XI, sobre la elaboración de un protocolo de cesión de piezas arquitectónicas del Museo de Zaragoza a otros municipios y al traslado de las piezas arquitectónicas de Villa Fortunatus a la localidad de Fraga.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:20 (XI Legislatura)
PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
Al amparo de lo establecido en el artículo 273.4 del Reglamento de la Cámara, la Mesa de la Comisión Institucional y de Desarrollo Estatutario ha admitido a trámite la enmienda presentada por el G.P. Popular a la Proposición no de Ley núm. 63/23-XI, sobre la elaboración de un protocolo de cesión de piezas arquitectónicas del Museo de Zaragoza a otros municipios y al traslado de las piezas arquitectónicas de Villa Fortunatus a la localidad de Fraga, publicada en el BOCA núm. 16, de 17 de octubre de 2023, cuyo texto se inserta a continuación.
Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 150.1 del Reglamento de la Cámara.
Zaragoza, 31 de octubre de 2023.
La Presidenta de las Cortes
MARTA FERNÁNDEZ MARTÍN
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
El Grupo Parlamentario Popular de las Cortes de Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 273 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm.63/23, relativa a la elaboración de un protocolo de cesión de piezas arquitectónicas del Museo de Zaragoza a otros municipios y al traslado de las piezas arquitectónicas de Villa Fortunatus a la localidad de Fraga.
ENMIENDA DE MODIFICACIÓN
Se modifica el texto de la Proposición no de Ley, que queda redactado de la siguiente forma:
«1.— Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a que, previa a la elaboración de un programa de cesión de las piezas arquitectónicas y artísticas que alberga el Museo de Zaragoza a diferente municipios de Aragón durante el periodo temporal de cierre de dicho Museo, se ponga en contacto con los Ayuntamientos interesados, para que por los mismos se manifieste si tienen interés en la cesión temporal de dichas obras, si cuentan con espacios para albergar las mismas en condiciones de preservación de las piezas, teniendo en cuenta elementos tales como la temperatura, la humedad o la conservación en condiciones óptimas, y si pueden asegurar que durante ese periodo de cesión las obras no estarán expuestas a ningún elemento interior o exterior que pueda perjudicar su conservación.
2.— Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a que se pongan en contacto con el Ayuntamiento de Fraga a los efectos de lo establecido en el ordinal primero de esta resolución, respecto a los mosaicos y piezas arqueológicas procedentes del yacimiento de Villa Fortunatus».
MOTIVACIÓN
Por considerarlo más adecuado.
Zaragoza, 30 de octubre de 2023.
El Portavoz
FERNANDO LEDESMA GELAS