A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
El Grupo Parlamentario de Izquierda Unida de Aragón, de acuerdo con lo establecido en el artículo 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al Fondo de Compensación Interterritorial, solicitando su tramitación en la Comisión de Economía y Empleo.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Recientemente, las Confederaciones de Empresarios de las provincias de Soria, Cuenca y Teruel han realizado conjuntamente un estudio sobre la situación socio-económica de estos tres territorios en el que resaltan la grave despoblación que presentan y cómo ésta afecta al futuro desarrollo de las tres provincias. El objetivo principal del documento es poner de manifiesto el problema de la despoblación y utilizarlo como argumento sólido para solicitar mayores recursos económicos en el marco de los Fondos de la Unión Europea.
Esta reivindicación no es nueva en la provincia de Teruel; de hecho, las instituciones y agentes sociales más representativas han venido solicitando desde hace décadas mayor financiación de los fondos europeos, especialmente cuando quedó apartada en los años ochenta del Objetivo 1 de los Fondos Estructurales de la entonces Comunidad Económica Europea (CEE).
Desde aquella década, ha sido habitual que administraciones y agentes sociales, en cada legislatura, manifestaran a Europa que tuvieran en cuenta a la hora del reparto de los Fondos Estructurales, Programas e Iniciativas, la despoblación de Aragón y, especialmente, de la provincia de Teruel, como elemento específico para la obtención de mayores recursos.
Es singular que se reivindicaran fondos a Europa cuando el propio Estado había retirado a la Comunidad de Aragón la condición de beneficiarse del Fondo de Compensación Interterritorial al superar el 75% de la renta media comunitaria por habitante. Situación injusta e insolidaria que propició un acuerdo bilateral entre el Estado y la Comunidad de Aragón en 1992, vigente hasta hoy, para incrementar la dotación económica a la provincia de Teruel con el objetivo de converger con el resto de provincias. Así nació el Plan Especial de Teruel, hoy Fondo de Inversiones de Teruel.
El artículo 2 de la Constitución reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las distintas nacionalidades y regiones y la solidaridad entre todas ellas. Asimismo, el artículo 158.2 establece que «Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso».
Para hacer efectivo ese principio de solidaridad, la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), recogió en su artículo 16 los principios generales del Fondo de Compensación Interterritorial (FCI), así como las reglas básicas que rigen dicho Fondo, estableciendo que será una Ley ordinaria la que contenga su normativa específica.
La Ley 22/2001, de 27 de diciembre, reguladora de los Fondos de Compensación Interterritorial, que actualmente lo regula, fue promulgada para recoger dos recomendaciones del Consejo de Política Fiscal y Financiera de 27 de julio de 2001 sobre el Fondo de Compensación Interterritorial:
— Incorporar las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla como territorios que se beneficien de dicho Fondo.
— Permitir que un máximo del 25 por ciento del fondo se pudiese destinar a la financiación de gastos de funcionamiento asociado a inversiones financiadas por el propio fondo. Esto dio lugar a su desglose en dos fondos, uno de Compensación y otro Complementario.
En la Sección 33 de los Presupuestos Generales del Estado se incluyen los créditos de estos dos Fondos de Compensación Interterritorial. La Ley de Presupuestos Generales del Estado especifica qué Comunidades serán beneficiarias del Fondo atendiendo a su menor desarrollo, es decir, aquellas cuya renta por habitante es inferior al 75 por ciento de la media comunitaria; y que coinciden con las incluidas por la Unión Europea dentro de las regiones beneficiarias de los Fondos Estructurales Objetivo 1 del período de programación 2000-2006.
El Fondo de Compensación y el Fondo Complementario se destinan a financiar gastos de inversión en los territorios comparativamente menos desarrollados que promuevan directa o indirectamente la creación de renta y riqueza en el territorio beneficiario.
Actualmente, las comunidades beneficiarias son Andalucía, Galicia, Castilla y León, Extremadura, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Canarias, el Principado de Asturias, la Región de Murcia, Cantabria y las ciudades con Estatuto de Autonomía de Ceuta y Melilla, de acuerdo con la disposición adicional única de la Ley 22/2001, de 27 de diciembre.
Ante la necesidad de que la provincia de Teruel entre a formar parte de los territorios beneficiarios del Fondo de Compensación Interterritorial, presentamos la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón manifiestan su preocupación por las dificultades socioeconómicas que padece históricamente la provincia de Teruel, agravadas por la actual crisis, e instan al Gobierno de Aragón a asumir el reto de corregir su desequilibrio estructural a través de la captación de mayores recursos económicos para desarrollar políticas de estimulación de la economía que permitan converger con el resto de provincias, implementando, entre otras, las siguientes medidas:
1.º Potenciar a la provincia de Teruel en los programas y presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, especialmente en la aplicación del Programa de Desarrollo Rural para el período 2014-2020.
2.º Solicitar al Gobierno del Estado la inclusión de la provincia de Teruel, de forma excepcional y con base en sus especificidades, como beneficiaria del Fondo de Compensación Interterritorial, sin que esta medida suponga merma alguna de la actual financiación del Fondo de Inversiones de Teruel.
3.º Incluir en la agenda de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado el objetivo de conseguir que la provincia de Teruel participe en el Fondo de Compensación Interterritorial, solicitando al Consejo de Política Fiscal y Financiera que proponga esta recomendación a través de un informe sólido y contundente que elabore el Gobierno de Aragón.
Zaragoza, a 14 de febrero de 2014.