Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Respuestas

Respuesta escrita del Consejero de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial a la Pregunta núm. 2080/24, relativa a la revisión de cartografía de zonas inundables (BOCA 100, de 27 de noviembre de 2024).

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:111 (XI Legislatura) PDF

La cartografía relativa a zonas inundables es una competencia propia de los organismos de Cuenca, en el caso de Aragón las Confederaciones Hidrográficas del Ebro y también las del Júcar y Tajo en ciertas zonas de la provincia de Teruel.

La cartografía elaborada por dichos órganos está disponible para cualquier consulta a través de sus respectivos visores.
Por ejemplo: Iber.chebro.es/sitebro/sitebro.aspx
Para mayor facilidad nuestro Sistema de Información Urbanística de Aragón (SIUA) incorpora, como capa informativa (capa sectorial de hidrografía), la cartografía de riesgos de las confederaciones competentes en nuestro territorio, pero tal información es la que facilita el Ministerio al que están adscritas. Y en dicha información constan las delimitaciones afectada por las Zonas de flujo preferente y os diferentes periodos de retorno: T 10, T 50, T 100 y T 500.
Dado, pues, que la competencia en esta materia es de los diferentes Organismos de Cuenca (adscritos actualmente al Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico) puede concluirse que al Gobierno de Aragón no le asiste la facultad de revisarla. En supuestos de tramitación de nuevos planeamientos urbanísticos, que afectan a municipios en los que existen cauces cuya inundabilidad no ha cartografiado la Confederación Hidrográfica correspondiente, por parte del órgano urbanístico se requiere informe de dicha Confederación, así como de Protección Civil, que, en ocasiones, solicita que el promotor del planeamiento en trámite (particulares, Ayuntamientos o, incluso, el propio Gobierno) realice los estudios oportunos que, en cualquier caso, debe validar, si los considera adecuados, el órgano competente, es decir la propia Confederación.
Los artículos 18 y 16 del vigente texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón (TRLUA, decreto legislativo 1/2014) exige que se clasifiquen como suelo no urbanizable especial los terrenos que no resulten susceptibles de transformación urbanística por la peligrosidad para la seguridad de las personas y los bienes motivada por la existencia de riesgos de cualquier índole.
En cumplimiento de lo anterior cualquier tramitación de planeamiento urbanístico, sea de nueva redacción o de modificación de los instrumentos vigentes, se clasifican como suelos especialmente protegidos, lo que impide su desarrollo urbanístico, todos aquellos terrenos afectados por riesgos de cualquier tipo: inundabilidad, inestabilidad geotécnica, incendios, aludes, etc.
Ello no impide que, sin desarrollo urbanístico, puedan autorizarse algún tipo de construcciones, normalmente de utilidad pública o interés social. En tal caso previo informe de los órganos o administraciones competentes en razón de la materia (normalmente Confederaciones Hidrográficas y Protección Civil) que de considerarlas autorizables señalan, en su caso, las limitaciones que estimen oportunas.
Puede añadirse que, en colaboración con la Dirección General de Interior y Emergencias, se ha iniciado la elaboración de cartografía de riesgos centrada, inicialmente y a propuesta de la referida Dirección General, en lo relativo a deslizamientos de laderas y caídas de bloques. Se redactaron a comienzos de año los pliegos de condiciones para contratar las asistencias externas necesarias, concluido el plazo de presentación de propuestas se ha propuesto resolución del concurso a favor de la considerada mejor oferta y en estos momentos ya está en ejecución, por un importe cercano a los 700.000 €, y que presumiblemente concluirá dentro de quince meses.

Zaragoza, a 18 de diciembre de 2024.

El Consejero de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial
OCTAVIO ADOLFO LÓPEZ RODRÍGUEZ

CORTES DE ARAGÓN
Palacio de la Aljafería
50004 Zaragoza
T 976 289 528 / F 976 289 664