Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Respuestas
Respuesta escrita del Consejero de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística a la Pregunta núm. 35/23-XI, relativa al procedimiento a seguir con los contratos que mantenía la Directora General de Vivienda con varios municipios (BOCA 9, de 19 de septiembre de 2023).
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:17 (XI Legislatura)
Los contratos de servicios de redacción y elaboración de las delimitaciones del suelo urbano de los municipios de Palo y de Lascellas-Ponzano, así como los contratos de servicios de redacción y elaboración de los planes generales simplificados de los municipios de Plan y Puértolas son contratos basados en los acuerdos marco de servicios de redacción y elaboración de delimitaciones del suelo urbano (2021-2023) y de servicios de redacción y elaboración de planes generales simplificados (2021-2024), respectivamente. En estos acuerdos marco se fijan las condiciones a las que se ajustará, respectivamente, la contratación de servicios de redacción y elaboración de delimitaciones del suelo urbano y de planes generales simplificados celebrados entre el Departamento de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística (anterior Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda) con los adjudicatarios del acuerdo marco correspondiente y durante el período de vigencia de los mismos. De acuerdo con ello, en las cláusulas 2.7.3 y 2.7.4 de los pliegos de cláusulas administrativas particulares que rigen estas contrataciones se recoge el procedimiento de contratación y la asignación de municipio a cada redactor. Conforme a dichas cláusulas, los servicios de redacción y elaboración de las delimitaciones del suelo urbano de los municipios de Palo y de Lascellas-Ponzano así como los servicios de redacción y elaboración de los planes generales simplificados de los municipios de Plan y Puértolas se contratarán con la empresa adjudicataria que corresponda de acuerdo al turno establecido (el cual, de acuerdo con la cláusula 2.7.3 de los PCAP sigue un orden en función de la mayor puntuación obtenida en la clasificación resultante del acuerdo marco), y al orden de prioridad entre los municipios que establezca la empresa adjudicataria a la que en ese momento le corresponda la adjudicación del contrato de acuerdo con el turno establecido, tal y como señala la cláusula 2.7.4 de los PCAP.
Zaragoza, a 16 de octubre de 2023.
El Consejero de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística
OCTAVIO ADOLFO LÓPEZ RODRÍGUEZ