Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno
Proposición no de Ley núm. 370/24, sobre el rechazo a la instalación de plantas fotovoltaicas flotantes en embalses situados en Aragón.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:76 (XI Legislatura)
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
Fernando Ledesma Gelas, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley, de rechazo a la instalación de plantas fotovoltaicas flotantes en embalses situados en Aragón, solicitando su tramitación ante el Pleno de la Cámara.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En el Pleno de las Cortes de Aragón de 28 de junio de 2024 con motivo del debate del Dictamen elaborado por la Comisión de Investigación sobre la implantación de las energías renovables en Aragón y sobre cómo ha actuado el Inaga en este proceso se aprobó por unanimidad una conclusión, en concreto la número 19 del siguiente tenor. «Las Cortes de Aragón instan a que el Gobierno de Aragón no autorice la instalación de plantas fotovoltaicas en los embalses aragoneses hasta que se haya elaborado el Plan Energético Aragonés 2021-2030 y la Ordenación Territorial de Energías Renovables en nuestra comunidad autónoma; y a que, tanto en el Plan Energético Aragonés 2021-2030 como en la Ordenación Territorial de Energías Renovables, no se autorice la instalación de plantas fotovoltaicas en los embalses aragoneses».
Esta propuesta dimana de un debate ya producido en las Cortes de Aragón que expresó su rechazo unánime por el Pleno de las Cortes de Aragón en sesión celebrada los días 19 y 20 de mayo de 2022 con motivo del debate de la Proposición no de Ley 236/22, sobre la autorización para instalar plantas fotovoltaicas flotantes en los embalses aragoneses.
En aquella ocasión el borrador del Real Decreto sometido a información pública tenía prevista la autorización de plantas solares en los pantanos de Moneva, El Val, Cueva Foradada, Lechago, Gallipuén, Tranquera, Sotonera, Lanuza, Búbal, El Grado, Montearagón, Ardisa, La Estanca y San Salvador.
En el Consejo de Ministros celebrado el 9 de julio de 2024 se ha aprobado el Real Decreto por el que se establece el régimen al que ha de estar sometida la instalación de las plantas fotovoltaicas flotantes en los embalses situados en el dominio público hidráulico en las cuencas hidrográficas cuya gestión corresponde a la Administración General del Estado, y por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico que desarrolla los títulos preliminar, I, IV, V, VI, VII y VIII del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
El texto publicado en el Portal de Transparencia del Gobierno de España en esta ocasión no recoge listado de los embalses que en Aragón pudieran verse afectados, lo que supone una gran indefensión e inseguridad jurídica y no haber escuchado a los ciudadanos que ya manifestaron su rechazo a las mismas.
Indefensión que se afecta a un gran espectro de la sociedad aragonés, tanto los habitantes de la zonas donde se encuentran estas masas de agua, por tener actividades económicas ligadas al uso y disfrute de las mismas, como los usuarios de los mismos, regantes, ganaderos, a los deportistas de las distintas modalidades acuáticas, turistas y por su puesto su gran impacto en el medio ambiente por afectar a la fauna y a la biodiversidad y que el mismo texto aprobado ayer en su exposición de motivos recoge dudas: «Estos sistemas de generación en ecosistemas forzados como son los embalses pueden tener efectos adversos sobre su productividad, sobre la calidad del agua o incluso sobre la biota que en ellos se asienta, por lo que se hace necesario conocer cuáles son las potenciales problemáticas asociadas a este nuevo uso del dominio público hidráulico».
Por todo ello, este Grupo Parlamentario presenta la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Primero.— Las Cortes de Aragón muestran su rechazo absoluto a la instalación de placas fotovoltaicas flotantes en los embalses de Aragón.
Segundo.— Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a que utilice todos los medios jurídicos a su alcance para impedir la instalación de placas fotovoltaicas flotantes en los embalses de Aragón.
Tercero.— Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón para que se dirija al Gobierno de España solicitando la paralización de la puesta en marcha de instalaciones de placas fotovoltaicas flotantes en embalses de Aragón, y exija al presidente del Gobierno Pedro Sánchez su inmediata rectificación, porque los embalses de Aragón necesitan agua y no placas fotovoltaicas.
Zaragoza, 10 de julio de 2024.
El Portavoz
FERNANDO LEDESMA GELAS