Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


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Respuesta escrita a la Pregunta núm. 311/00, relativa al cierre de una cabañera con alambre de espino.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:70 (V Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón de la respuesta escrita del Sr. Consejero de Medio Ambiente a la Pregunta núm. 311/00, formulada por la Diputada del Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista Sra. Echeverría Gorospe, relativa al cierre de una cabañera con alambre de espino, y publicada en el BOCA núm. 65, de 7 de julio.

Zaragoza, 14 de julio de 2000.


El Presidente de las Cortes

JOSÉ MARÍA MUR BERNAD


En primer lugar hay que decir que dicho cierre de alambre de espino ha sido llevado a cabo por la sección de Conservación de Medio Natural del Servicio Provincial de Zaragoza, con el fin de realizar trabajos de restauración de la cabañera financiados con fondos LIFE, dentro del proyecto «Restauración de Ecosistemas de Ribera en la Reserva Natural de los Galachos de La Alfranca de Pastriz, La Cartuja y El Burgo de Ebro».

El tramo donde se realizan los trabajos tiene una longitud aproximada de 1 kilómetro, entre el muro de observación de aves del Galacho de la Cartuja y una instalación hípica aneja a la cabañera. En este tramo del cordel, que discurre sobre el mismo escarpe del galacho, eran frecuentes los vertidos incontrolados de escombros. Su estado era lamentable y, desde luego, inaprovechable por el ganado ni para cualquier otro uso compatible o complementario.

Los trabajos han consistido en la extracción de los escombros depositados, que se han llevado a vertedero controlado en el CER de Zaragoza, el aporte de tierra vegetal y la plantación lineal de especies arbustivas propias de la zona como Retama sphaerocarpa , Atriplex halimus , Salsola vermiculata o Tamarix gallica . Esta plantación tiene como finalidad principal la revegetación del borde del escarpe, mejorando su condición natural y paisajística. Como medida de protección transitoria hasta que la revegetación se consolide, se ha procedido al vallado con alambre de espino de la zona de plantación.

El vallado deja espacio suficiente para el tránsito ganadero por la vía pecuaria, ya que se ha retranqueado 3 metros hacia el escarpe desde el camino que discurre por el cordel. Más bien, considerando la inestabilidad del citado escarpe, constituye una medida de seguridad para el ganado y las personas que transiten por la zona.

En resumen, el vallado objeto de esta pregunta parlamentaria no debe considerarse como una agresión más de las muchas que recibe, sino como una medida de protección y recuperación, en una zona donde el desdoblamiento de la carretera de Castellón producirá profundas alteraciones

Zaragoza, 11 de julio de 2000.


El Consejero de Medio Ambiente

VÍCTOR LONGÁS VILELLAS

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