Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Preguntas formuladas

Pregunta núm. 206/07-VII, relativa a la cantera «Telera», en el término municipal de Biescas (Huesca).

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:12 (VII Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el día 11 de octubre de 2007, ha admitido a trámite la Pregunta núm. 206/07-VII, relativa a la cantera «Telera», en el término municipal de Biescas (Huesca), formulada al Consejero de Medio Ambiente por el Diputado del G.P. Chunta Aragonesista, Sr. Fuster Santaliestra, para su respuesta escrita.

Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 189.4 del Reglamento de la Cámara.

Zaragoza, 11 de octubre de 2007.


El Presidente de las Cortes

FRANCISCO PINA CUENCA


A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

D. Bizén Fuster Santaliestra, Diputado del Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista, de acuerdo con lo establecido en el artículo 196 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula al Consejero de Medio Ambiente, para su respuesta escrita, la siguiente Pregunta relativa a la cantera «Telera», en el término municipal de Biescas (Huesca).


ANTECEDENTES


El INAGA está tramitando el expediente de concesión de uso privativo del dominio público forestal en los Montes n.º 1036 «Berbusa» y n.º 1064 «Pardina de Isabal», pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Aragón y localizados en el término municipal de Biescas (Huesca) (Expediente INAGA 220101.44/2007.01231), siendo conocido que la ubicación de la cantera prevista afecta de pleno al Lugar de Interés Comunitario (LIC) Sobrepuerto, que tiene una superficie de 3.469 Ha. Esta cantera tendrá un efecto directo e indirecto sobre los hábitats especialmente protegidos por la Directiva Hábitats. Considerando que los LIC y las Zonas de Especial Conservación a que darán lugar, se definen como espacios delimitados para garantizar, atendiendo a la Directiva 79/409/CEE, el mantenimiento en su caso, el restablecimiento en un estado de conservación favorable de los tipos de hábitats naturales de carácter comunitario y de los hábitats de las especies de carácter comunitario.

PREGUNTA


¿Entiende el Departamento de Medio Ambiente que el expediente INAGA 220101.44/2007.01231 cuyo objeto es la apertura de una cantera para la extracción de rocas ornamentales, promovido por Construcciones Telera, S.L., en montes propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón situados en el término municipal de Biescas (Huesca), se está tramitando de acuerdo a los requisitos establecidos en la citada Directiva 79/409/CEE , al quedar afectado directamente un Lugar de Interés Comunitario (LIC)?

En el Palacio de la Aljafería, a 1 de octubre de 2007.


El Diputado

BIZÉN FUSTER SANTALIESTRA

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