Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Respuestas

Respuesta escrita de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte a la Pregunta núm. 2050/24, relativa a los problemas de cobertura de plazas de personal no docente en diferentes centros educativos públicos (BOCA 98, de 20 de noviembre de 2024).

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:115 (XI Legislatura) PDF

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Dirección General de Personal, Formación e Innovación, tiene entre sus competencias la cobertura del personal no docente adscrito a los centros educativos.

El procedimiento a seguir es complejo y el papel desempeñado por parte de este Departamento es diferente en función del tipo de personal:
— En cuanto al personal laboral (limpieza, conserjería, mantenimiento, cocina...), es el propio Departamento el que realiza los llamamientos de personal laboral temporal para la cobertura de puestos vacantes o de sustituciones, ya sea desde esta Dirección General en el caso de Zaragoza o a través de las Delegaciones Territoriales de Huesca y Teruel.
— En cuanto al personal funcionario de administración (jefes de secretaría o auxiliares administrativos), el Departamento solicita a la Dirección General de la Función Pública la cobertura del puesto siguiendo los procedimientos establecidos para ello, tanto para personal funcionario de carrera como para personal interino.
— Respecto del personal sanitario, desde Educación se solicita al Instituto Aragonés de Servicios Sociales que se realicen los llamamientos para la cobertura de los puestos, ya que es este órgano el que tiene encomendada la gestión de las listas de espera de Enfermeros, Fisioterapeutas y Técnicos de Cuidados Auxiliares de Enfermería.
— Y, por lo que respecta a Auxiliares de Educación Especial y Técnicos de Educación Infantil, es el propio Departamento el que tiene delegada la competencia para gestionar las bolsas de espera de estas categorías directamente.
A este respecto, cabe indicar que cada ejercicio presupuestario, la Ley de Presupuestos regula una serie de excepciones con puestos para los que no es necesario solicitar autorización del Departamento de Hacienda y Administración Pública para su cobertura.
Entre ellos, se encuentran todos los puestos (tanto de personal funcionario como laboral), adscritos a centros educativos. Por lo tanto, no es necesario hacer una solicitud formal de cobertura del puesto para iniciar el procedimiento.
Sin embargo, sí que es necesario —como medida garantista— realizar los trámites para la cobertura del puesto, independientemente del centro de trabajo, como la solicitud de publicación para comisión de servicios en el portal del empleado o la solicitud de personal interino si no hay funcionarios de carrera interesados.
Se trata de procesos con todas las garantías para los integrantes de las listas de espera, por lo que no siempre es posible responder con la celeridad que puede requerir un centro educativo.
Dicho todo lo anterior, cabe indicar que, durante la tramitación de los procedimientos, el contacto con la Dirección General de Función Pública es constante para intentar acelerar los procedimientos en la medida de lo posible con el objetivo de reducir los plazos.

Zaragoza, a 23 de enero de 2025.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte
TOMASA HERNÁNDEZ MARTÍN

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