Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita
Pregunta núm. 503/24, relativa al vallado cinegético de la finca Bastarás.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:52 (XI Legislatura)
PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el día 20 de marzo de 2024, ha admitido a trámite las Preguntas que figuran a continuación formuladas por las señoras y señores Diputados, para su respuesta escrita.
Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 261.5 del Reglamento de la Cámara.
Zaragoza, 20 de marzo de 2024.
La Presidenta de las Cortes
MARTA FERNÁNDEZ MARTÍN
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
Álvaro Sanz Remón, Portavoz de la Agrupación Parlamentaria Izquierda Unida Aragón-Grupo Mixto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 259 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula al Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación del Gobierno de Aragón, para su respuesta escrita, la siguientes Pregunta relativa al vallado cinegético de la finca Bastarás.
ANTECEDENTES
En virtud de lo establecido en el artículo 266 del Reglamento de las Cortes de Aragón, se asumió una pregunta presentada por Ecologistas en Acción Huesca de iniciativa ciudadana que fue admitida a trámite el día 7 de febrero de 2024 por la Mesa de las Cortes.
Textualmente introduce los siguientes antecedentes:
«A raíz del expediente 102/2007, abierto contra Fimbas, S.A., por la introducción de especie alóctona en su coto de Caza (HU-10.134P) situado en su finca de Bastarás (Casbas de Huesca), en pleno Parque Natural de la Sierra y Cañones de Guara, se emite Orden del Consejero de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón en el año 2009. A través de los medios de comunicación trascendió que la orden le imponía a la empresa una sanción de 30.000 € y la anulación del coto de caza, que conlleva la eliminación del vallado cinegético que rodea la finca y el coto.
La empresa presentó varios contenciosos contra dicha orden y tanto la sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) en su sentencia de 23 de enero de 2013, como el Tribunal Supremo en sentencia de febrero de 2015, rechazaron los argumentos de Fimbas, S.A., dando la razón al Gobierno de Aragón.
A consecuencia del apoyo de los tribunales, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) emite una resolución de fecha de 2 de marzo de 2015 de anulación del coto de caza de Fimbas, S.A. —HU-10.134P— en Bastarás (Casbas de Huesca). Algunos medios de comunicación recogen que esta resolución marca un plazo hasta junio de 2017 para que la empresa elimine las especies alóctonas del coto y el censo de las especies autóctonas de caza mayor se adapte a unos parámetros normales y de dos años más para poder comprobar que se ha conseguido ese objetivo. También se indica el propósito del Gobierno de Aragón para ejecutar subsidiariamente la retirada del vallado en caso de que no lo haga Fimbas, S.A.
El plazo marcado por el propio Gobierno de Aragón finalizó en junio de 2019. El vallado cinegético sigue instalado a día de hoy.
En respuesta del Departamento de Medio Ambiente y Turismo, se manifestaba que ese no era competencia del mismo».
Por todo ello, presenta las siguientes
PREGUNTAS
— ¿Cuál es la situación actual del procedimiento tendente a conseguir la retirada del vallado cinegético de la finca Bastarás?
— ¿Cuáles son las causas de que no haya sido retirado el vallado después de tres años y medio del plazo marcado por el propio Gobierno de Aragón?
— ¿Se van a desarrollar en los próximos meses acciones encaminadas a conseguir ese objetivo?
En Zaragoza, 11 de marzo de 2024.
El Diputado
ÁLVARO SANZ REMÓN