Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Preguntas formuladas

Pregunta núm. 68/24, relativa al seguimiento de la contrata del servicio de transporte sanitario no urgente en ambulancias no asistenciales.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:38 (XI Legislatura) PDF

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

Álvaro Sanz Remón, Portavoz de la Agrupación Parlamentaria Izquierda Unida Aragón (Grupo Mixto), de acuerdo con lo establecido en el artículo 259 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula al Consejero de Sanidad, para su respuesta escrita, la siguiente Pregunta relativa al seguimiento de la contrata del servicio de transporte sanitario no urgente en ambulancias no asistenciales.

ANTECEDENTES

El personal del transporte sanitario terrestre se encuentra en una convocatoria de huelga desde enero de 2023 por la negociación del convenio colectivo que esta caducado desde 2018.
Esta situación está siendo aprovechada por la empresa adjudicataria del transporte programado para cancelar servicios o complicarlos a los usuarios para que no los requieran lo que ha supuesto una reducción de hasta 150 servicios diarios. Cientos de servicios diarios que se están dejando de hacer como altas hospitalarias, rehabilitaciones, pruebas, diagnósticas, etc. teniendo muchos pacientes que pagarse de su bolsillo, el traslado a través de cruz Roja, taxis o autobuses.
Esta reducción de servicios permite a la empresa no actualizar las plantillas y ahorrarse costes salariales y gasoil.
En la cláusula séptima del contrato se recoge »La utilización de servicios ajenos al contratista por insuficiencia de medios, desatención del servicio, desviación de pacientes, tardanza excesiva y, en general, por cualquier causa imputable al mismo, que den lugar al abono de los servicios por la Administración contratante o al reintegro de los gastos a los pacientes, serán deducidos directamente de la liquidación mensual que les corresponda, sin perjuicio de las penalidades por cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato establecidas en el Anexo XI del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Si el contratista no atendiera cualquier servicio solicitado para el transporte sanitario de un paciente, y esta situación originara gastos al paciente, el contratista deberá hacerse cargo de los mismos».
Por todo ello se realizan las siguientes
PREGUNTAS

1. ¿Cómo se ha hecho el seguimiento del cumplimiento de esta contrata?
2. ¿Cómo se ha actuado frente a la reducción de servicios que está haciendo la contrata?
3. ¿Cuántas penalidades y de qué tipo han sido impuestas a la empresa TransSalud por incumplimientos del pliego del Transporte sanitario no urgente en ambulancias no asistenciales desde enero de 2023? ¿Cuánta cuantía económica ha supuesto?
4. ¿Cuánta cuantía se ha deducido de la liquidación mensual de cada mes, desde enero de 2023, por tener que abonarse traslados que debería haber llevado a cabo la empresa adjudicataria?

En Zaragoza, a 11 de enero de 2024.
El Portavoz
ÁLVARO SANZ REMÓN

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