Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno
Proposición no de Ley núm. 144/24, sobre el cumplimiento del Pacto Antitransfuguismo.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:49 (XI Legislatura)
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
Alberto Izquierdo Vicente, Portavoz Adjunto de la Agrupación Parlamentaria del Partido Aragonés-Grupo Mixto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el Cumplimiento del Pacto Antitransfuguismo, solicitando su tramitación ante el Pleno de la Cámara.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Pacto Antitransfuguismo surgió en 1998 cuando las fuerzas políticas con representación parlamentaria firmaron el denominado «Acuerdo sobre un código de conducta política en relación con el transfuguismo en las corporaciones locales», posteriormente renovado el 26 de septiembre de 2000 y el 23 de mayo de 2006, al acordar, respectivamente, la primera y segunda adición al mismo.
Con fecha 11 de noviembre de 2020, se suscribió una III adenda al Pacto Antitransfuguismo, denominada «Pacto por la Estabilidad Institucional y lucha contra el transfuguismo político», a la que se suscribieron inicialmente las formaciones políticas: PSOE, Partido Popular, Izquierda Unida, Esquerra Republicana de Catalunya, PNV, BNG, Partido Aragonés, Unión del Pueblo Navarro, Podemos, Ciudadanos, PSC, Foro Asturias, Partido Regionalista de Cantabria, Galicia en Común, Catalunya en Comú y Agrupación Socialista de la Gomera.
La condición de tránsfuga se define en el acuerdo primero de la Adenda II («Un compromiso por el respeto a la voluntad de los ciudadanos y a la lealtad política de los gobiernos locales») en los siguientes términos: «A los efectos del presente Acuerdo, se entiende por tránsfugas a los representantes locales que, traicionando a sus compañeros de lista y/o de grupo —manteniendo estos últimos su lealtad con la formación política que los representó en las correspondientes elecciones locales—, o apartándose individualmente o en grupo del criterio fijado por los órganos competentes de las formaciones políticas que los han presentado, o habiendo sido expulsados de éstas, pactan con otras fuerzas para cambiar o mantener la mayoría gobernante en una entidad local, o bien dificultan o hacen imposible a dicha mayoría el gobierno de la entidad».
Añade a continuación el mismo acuerdo primero que: «Cuando surgiesen dudas sobre qué miembros de una lista y/o grupo político han incurrido en transfuguismo, será la formación política que los ha presentado la que deberá aclarar por escrito cuáles de ellos se han apartado de la disciplina del partido, a efectos de su calificación como tránsfugas».
La actualización del Pacto que se llevó a cabo en noviembre de 2020 incorpora la voluntad de extender las medidas del Acuerdo al ámbito autonómico y estatal. Las fuerzas políticas se comprometían a impulsar la urgente modificación de los reglamentos de las cámaras legislativas y los reglamentos orgánicos de las corporaciones locales para adaptarlos a los Acuerdos del Pacto.
Asimismo, se comprometían a impulsar una iniciativa legal en la que se modifiquen las normas cuyo contenido queda afectado por los Acuerdos (Ley de Bases de Régimen Local, Ley Orgánica de Régimen Electoral, Ley Orgánica de Partidos Políticos).
Hasta que se aprueben las reformas, las fuerzas políticas se comprometen a que sus respectivas mesas utilicen como criterio interpretativo la aplicación analógica de la normativa contenida en la Ley Básica de Régimen Local (LBRL) o cualquier otra que adecúe el sentido originario de que las personas tránsfugas adquieran la condición de no adscritas aun siendo mayoría en el grupo.
Se han planteado como objetivos de esta revisión reforzar el criterio de que la persona tránsfuga no pueda disfrutar de los derechos económicos y administrativos que les corresponden a los grupos políticos; extender las medidas del Pacto a los cargos públicos no electos por sufragio directo sino designados por mecanismos indirectos a través de las asambleas legislativas autonómicas o por las concejalías de su fuerza política en el partido judicial, así como a los designados en instituciones y organismos dependientes o en los que existe representación de las administraciones públicas; definir más precisamente el concepto de persona tránsfuga; o incorporar otros supuestos de deslealtad política que alientan fenómenos de transfuguismo, como la usurpación de identidad de coaliciones y agrupaciones electorales.
La Comisión de Seguimiento del Pacto Antitransfuguismo consideró que su paralización durante diez años ha puesto de manifiesto la necesidad de introducir mejoras y cambios en los compromisos de las fuerzas políticas que permitan avanzar en el esfuerzo de aislamiento y erradicación del transfuguismo.
Según el secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública del gobierno de España que impulsó dicho Pacto la legislatura anterior: «la actualización del Pacto representa un avance importante en la calidad democrática y además refuerza el criterio para que el tránsfuga no reciba premio o privilegio».
El expresidente Rajoy definió el fenómeno del transfuguismo político como una patología política de nuestro sistema que puede suponer el falseamiento de la representación política, la debilidad del sistema de partidos, favorecer la corrupción, deteriorar la cultura política democrática e, incluso, inducir a la abstención.
Por desgracia, el Partido Socialista en Biescas, ha hecho caso omiso del Pacto Antitransfuguismo que suscribieron en 1998 al aceptar el voto de concejales no adscritos para hacerse con la alcaldía pelaire tras más de dos décadas perdiendo las elecciones municipales con el Partido Aragonés.
Por todo lo expuesto se presenta lo siguiente:
PROPOSICIÓN NO DE LEY
1. Las Cortes de Aragón manifiestan su compromiso con el cumplimiento del Pacto Antitransfuguismo, y señalan la necesidad de reforzar los compromisos de las diferentes fuerzas políticas, introduciendo mejoras y cambios que permitan avanzar en el esfuerzo de aislamiento y erradicación del transfuguismo.
2. Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a instar al Ayuntamiento de Biescas a volver a la senda del cumplimiento del Pacto Antitransfuguisimo.
3. Las Cortes de Aragón reprueban a la nueva alcaldesa de Biescas, D.ª Lorena Cajal, por ayudarse de concejales no adscritos para cambiar las mayorías decididas por los vecinos de Biescas.
En Zaragoza, a 1 de marzo de 2024.
El Diputado
ALBERTO IZQUIERDO VICENTE