Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


Textos en tramitación - Proposiciones no de Ley - Para su tramitación en Comisión

Proposición no de Ley núm. 72/02, sobre las Juntas Arbitrales de Consumo, para su tramitación ante la Comisión de Sanidad y Asuntos Sociales.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:230 (V Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el día 3 de mayo de 2002, ha admitido a trámite la Proposición no de Ley núm. 72/02, presentada por el G.P. Popular, sobre las Juntas Arbitrales de Consumo, y ha acordado su tramitación ante la Comisión de Sanidad y Asuntos Sociales, en virtud de la voluntad manifestada por el Grupo Parlamentario proponente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de la Cámara, las señoras y señores Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas a esta Proposición no de Ley hasta veinticuatro horas antes de la hora fijada para el comienzo de la sesión en que haya de debatirse.

Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 201.1 del Reglamento de la Cámara.

Zaragoza, 3 de mayo de 2002.


El Presidente de las Cortes

JOSÉ MARÍA MUR BERNAD


A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

D. Manuel Guedea Martín, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular, de conformidad con lo establecido en el artículo 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre las Juntas Arbitrales de Consumo, solicitando su tramitación ante la Comisión de Sanidad y Asuntos Sociales.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Constitución Española, en la protección de los derechos e intereses de los Consumidores y Usuarios, tiende a establecer acciones obligatorias para los sectores productivos que ofrezcan al Consumidor una información completa y veraz sobre productos y servicios y fundamenten su opción de adquisición y utilización de los mismos.

La normativa contiene en términos generales obligaciones mínimas e instrumentos extrajudiciales de mediación y resolución de conflictos entre Empresarios y Consumidores, las Administraciones Públicas deben fomentar este tipo de acuerdos, promocionando aquellos servicios que garanticen la protección de los derechos e intereses de los Consumidores y Usuarios.

El Arbitraje y Consumo es en principio una institución de naturaleza contractual y de derecho privado, que se configura básicamente como un contrato por el que el consumidor o usuario, por una parte, y quien le presta bienes y servicios en cualquier régimen, por otra, acuerdan atribuir a un Colegio Arbitral, designado por la administración competente, la obligación de resolver una controversia surgida entre ambos.

Desde la puesta en marcha del sistema de arbitraje ha quedado de manifiesto las numerosas ventajas que aporta este sistema extrajudicial de resolución de conflictos en materia de consumo.

Aragón cuenta con una Junta Arbitral de Consumo, que es poco conocida entre los Consumidores y que sólo un porcentaje no muy alto de ciudadanos hace uso de su mediación, por eso consideramos que la Dirección General de Consumo debe tomar decisiones tendentes a lograr que todos los agentes implicados en el Sistema Arbitral de Consumo tengan un claro conocimiento de los efectos positivos que ello les puede reportar.

Por lo expuesto, este Grupo Parlamentario presenta la siguiente


PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a que promueva una campaña de información para la consolidación del Sistema Arbitral de Consumo como servicio público gratuito, destacando en su difusión entre los sectores interesados por ser un sistema ágil y sencillo para la resolución de conflictos privados.

Zaragoza, 26 de abril de 2002.


El Portavoz

MANUEL GUEDEA MARTÍN

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