PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón de la respuesta escrita del Sr. Consejero de Industria e Innovación a la Pregunta núm. 760/12, relativa a la convocatoria de las Ayudas para el Desarrollo Competitivo de la Actividad Industrial de Aragón (ADIA), formulada por el Diputado del G.P. Chunta Aragonesista Sr. Soro Domingo, publicada en el BOCA núm. 63, de 11 de mayo de 2012.
Zaragoza, 6 de junio de 2012.
El Presidente de las Cortes
JOSÉ ÁNGEL BIEL RIVERA
En estos momentos y dadas tanto la importancia de las subvenciones como la complejidad de priorizar todas las solicitudes que, además, presentan grados muy diversos de preparación y resultan en muchos casos muy desiguales, lo que dificulta su análisis, la convocatoria de referencia está todavía en proceso de estudio, previo a la concesión que se realizará en un plazo muy breve de tiempo, por lo que no existen todavía solicitantes beneficiados y, por tanto, no se ha podido notificar la concesión de las ayudas.
No obstante, se recuerda que las subvenciones concedidas, tal como recoge el artículo 9 de la Orden de 11 de noviembre de 2011, del Consejero de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón, por la que se convocan para el ejercicio de 2012, en régimen de concurrencia competitiva, serán publicadas en el Boletín Oficial de Aragón, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 30 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, 21 de julio. Esa misma Orden de convocatoria también indica que la orden de concesión será notificada al interesado de forma individualizada en el plazo de diez días a partir de la fecha en que haya sido dictada, con indicación del gasto subvencionable que se habrá de justificar y del importe máximo de la subvención.
Por otra parte, aunque en la Orden de Convocatoria se recoge que, transcurrido el plazo máximo señalado sin que se haya dictado y notificado Orden expresa, el solicitante podrá entender desestimada su solicitud de subvención, de conformidad con el artículo 3 de la Ley 8/2001, de 31 de mayo, de Adaptación de Procedimientos a la Regulación del Silencio Administrativo y Plazos de Resolución y Notificación, se tiene previsto, como en anteriores ocasiones, llevar a cabo comunicaciones directas de la denegación de ayudas a los solicitantes a los que se les desestima su petición, comunicaciones que se producen, por las diversas circunstancias que concurren y el distinto grado de adecuación de los expedientes, en diferentes momentos del proceso.
Zaragoza, 29 de mayo de 2012.
El Consejero de Industria e Innovación
ARTURO ALIAGA LÓPEZ